Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/5/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 85

la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.

A 30/04/2020, El Alcalde-Presidente, Firmado: Luis Mario Aparcero Fernández de Retama.
Nº 23.194


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
EDICTO

Aprobado por la Junta de Gobierno Local en resolución el día de hoy el padrónlista cobratoria cuyo detalle abajo se especifica del año 2020 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública con TOLDOS, estableciéndose el período voluntario desde el 01 de junio al 31 de octubre de 2020.
Nº DE OBJETOS TRIBUTARIOS
TOTAL EUROS

294 .-

28.218,53.-

EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y RECURSOS: Simultáneamente se expone al público el mencionado padrón durante el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el B.O.P. quedando de manifiesto la documentación en el Negociado de Rentas y Exacciones.

Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de UN MES
Art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 110 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, ante el órgano administrativo que dictó la Resolución.

El recurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de un mes, con las excepciones de los supuestos contemplados en los apartados J y K del Art. 14 reseñado, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.

Contra la resolución del recurso podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación expresa, y en el caso de ser presunta en el plazo de SEIS MESES desde que se produzca el acto presunto.

LUGAR DE PAGO: En el Servicio Provincial de Recaudación sito en Calle Miguel de Cervantes, 36 de Chipiona.

MEDIOS DE PAGO: Los establecidos en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria.

ADVERTENCIA: Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.

A 30/04/2020, El Alcalde-Presidente, Firmado: Luis Mario Aparcero Fernández de Retama.
Nº 23.197


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
EDICTO

Aprobado por la Junta de Gobierno Local en resolución del día de hoy el padrónlista cobratoria cuyo detalle abajo se especifica del año 2020 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por Aprovechamiento de la Vía Pública con Entradas de Vehículos a Través de las Aceras y Reservas para Aparcamiento Exclusivo y Carga y Descarga VADOS, estableciéndose el período voluntario desde el 01 de junio al 31 de octubre de 2020.
Nº DE OBJETOS TRIBUTARIOS
TOTAL EUROS

2.715.-

303.317,53.-

EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y RECURSOS: Simultáneamente se expone al público el mencionado padrón durante el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el B.O.P. quedando de manifiesto la documentación en el Negociado de Rentas y Exacciones.

Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de UN MES
Art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 110 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, ante el órgano administrativo que dictó la Resolución.

El recurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de un mes, con las excepciones de los supuestos contemplados en los apartados J y K del Art. 14 reseñado, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.

Contra la resolución del recurso podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación expresa,
8 de mayo de 2020

y en el caso de ser presunta en el plazo de SEIS MESES desde que se produzca el acto presunto.

LUGAR DE PAGO: En el Servicio Provincial de Recaudación sito en Calle Miguel de Cervantes, 36 de Chipiona.

MEDIOS DE PAGO: Los establecidos en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria.

ADVERTENCIA: Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.

A 30/04/2020, El Alcalde-Presidente, Firmado: Luis Mario Aparcero Fernández de Retama.
Nº 23.203


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
EDICTO

Aprobado por la Junta de Gobierno Local en resolución el día de hoy el padrónlista cobratoria cuyo detalle abajo se especifica del año 2020 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por el Servicio de Recogida, Tratamiento y Aprovechamiento de Basuras y Residuos Sólidos Urbanos, estableciéndose el período voluntario desde el 01 de junio al 31 de octubre de 2020.
Nº DE OBJETOS TRIBUTARIOS

21.067 .-

TOTAL EUROS
2.270.389,35.

EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y RECURSOS: Simultáneamente se expone al público el mencionado padrón durante el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el B.O.P. quedando de manifiesto la documentación en el Negociado de Rentas y Exacciones.

Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de UN MES
Art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 110 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, ante el órgano administrativo que dictó la Resolución.

El recurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de un mes, con las excepciones de los supuestos contemplados en los apartados J y K del Art. 14 reseñado, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.

Contra la resolución del recurso podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación expresa, y en el caso de ser presunta en el plazo de SEIS MESES desde que se produzca el acto presunto.

LUGAR DE PAGO: En el Servicio Provincial de Recaudación sito en Calle Miguel de Cervantes, 36 de Chipiona.

MEDIOS DE PAGO: Los establecidos en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria
ADVERTENCIA: Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.

A 30/04/2020, El Alcalde-Presidente, Firmado: Luis Mario Aparcero Fernández de Retama.
Nº 23.227

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/5/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha08/05/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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