Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/4/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 62
ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
EDICTO

El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción.

Hace saber:

Que el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 12 de marzo de 2020, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General Municipal para 2.020.

Lo que se hace público para que, de conformidad con la normativa vigente, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente de su publicación pueda ser examinado en la Intervención de este Excmo. Ayuntamiento por las personas legitimadas para ello y plantearse las reclamaciones ante el Pleno que se consideren oportunas por los motivos taxativamente enumerados en el art. 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el art. 169.1 del TRLRHL, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentaren reclamaciones.

Caso de presentarse tal reclamación por cualquiera de los medios del art.
16.4 LPACAP distinto del Registro General de esta Corporación deberá de comunicarse simultáneamente por fax tal reclamación.

La Línea de la Concepción a 13 de marzo de 2020. EL ALCALDE
PRESIDENTE, Fdo. José Juan Franco Rodríguez.
Nº 18.312


AYUNTAMIENTO DE OLVERA
EDICTO

Con fecha 12 de marzo de 2020 el Pleno Corporativo, reunido en sesión extraordinaria, acordó la aprobación inicial de expediente de modificación presupuestaria nº 27/2020 de suplemento de créditos del Presupuesto en vigor de este Ayuntamiento.

De acuerdo con lo previsto por los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, 20.1 y 38.1 Real Decreto Legislativo 500/1990, de 20 de Abril, se hace público, a efectos de reclamaciones, que podrán ser interpuestas, en el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, del expediente, que se encuentra en la Intervención de este Ayuntamiento para su examen por los interesados, a que hace referencia el número 1
del artículo 170 del RDL 2/2004 y por las causas que se detallan en el número 2 del citado artículo.

15/03/2020. EL ALCALDE, Fdo.: Francisco Párraga Rodríguez.
Nº 18.543


AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
EDICTO

El Padrón de Contribuyentes obligados al pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2020, aprobado por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 26/02/2020, quedará expuesto al público en la Unidad Administrativa de Rentas de este Ayuntamiento sito en Plaza Poeta Rafael Alberti s/n de Puerto Real, por un período de UN MES, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para que los interesados legítimos puedan examinarlo y formular las reclamaciones que contra el mismo estimen oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Puerto Real a 27 de febrero de 2020. LA ALCALDESA Firmado: M
Elena Amaya León EL SECRETARIO GENERAL ACC., Fdo.: Sebastián Pizarro Colorado.
Nº 18.603


AYUNTAMIENTO DE TARIFA
ANUNCIO
MODIFICACIÓN CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA
FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TÉCNICO/A DE EDUCACIÓN DEL
AYUNAMIENTO DE TARIFA. Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 185 de 26 de Septiembre
Por la Resolución de Alcaldía 2020/640 de fecha 4 de marzo de 2020:
Asunto: Modificación Convocatoria y Bases Específicas para la formación de una Bolsa de Técnico/a de Educación del Ayuntamiento de Tarifa, se resuelve:

Primero: Considerando las eventuales necesidades de los servicios municipales, se resuelve la modificación de las bases específicas de la convocatoria para la formación de una bolsa de Técnico/a de Educación del Ayuntamiento de Tarifa, aprobadas por decreto número 2716/2019 de 12 de septiembre de 2019, en el sentido de ampliar su objeto, añadiendo un apartado g a la base primera, conforme a los siguientes términos:
- Apartado g Interinidad por vacante del puesto de persona técnica de educación.

2 de abril de 2020

Segundo: Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes por un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para aquellas personas interesadas que no presentaron instancias en el periodo de la convocatoria inicial.

Tercero: Las personas provisionalmente admitidas no tendrán que formular nuevas solicitudes de participación, en virtud del principio de conservación de actos y trámites administrativos, si bien podrán formular alegaciones en el mismo plazo de diez días, contra la ampliación del objeto de la convocatoria.

Lo que se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Tarifa y, en la página Web municipal www.aytotarifa.com.

Tarifa a 11/03/2020. El Alcalde Presidente Francisco Ruiz Giráldez. El Secretario General. Antonio Aragón Román Nº 18.639


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de uso de aeronaves por la policía local del Ayuntamiento de Chipiona.

El Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día 16 de enero de 2020, en el punto 5 del Orden del Día, el aprobó inicialmente el Reglamento de uso de aeronaves pilotadas por control remoto por la Policía Local del Ayuntamiento de Chipiona. El día 28 de enero de 2020 se publica anuncio en el BOP de Cádiz número 18, para que los interesados presentes sugerencias o alegaciones, el día 4 de marzo de 2020 la Jefa del Registro General emite informe, comunicando que no se han presentado alegaciones ni sugerencias al mismo.

Por lo que se hace público el texto íntegro de la misma que es el contenido al final del presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra la presente aprobación definitiva los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación del presente Edicto, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
REGLAMENTO DE USO DE AERONAVES PILOTADAS POR CONTROL
REMOTO POR EL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE CHIPIONA

INTRODUCCIÓN:

En virtud de lo expuesto en el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, por el que se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea, en concreto en su Artículo 3, que establece:

1. Para la realización de operaciones aéreas especializadas de formación práctica de pilotos remotos, a las organizaciones de producción que reúnan los requisitos previstos en el artículo 15.3 y 4, y a las organizaciones de formación, no les será exigible lo dispuesto en los artículos 28 y 39.

2. A las operaciones de policía atribuidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, y normativa concordante, a las operaciones de aduanas, a las de vigilancia del tránsito viario realizadas directamente por la Dirección General de Tráfico, y a las operaciones realizadas por el Centro Nacional de Inteligencia, únicamente les será de aplicación lo dispuesto en los capítulos I y II, estando en cuanto a la prohibición de sobrevuelo de las instalaciones prevista en el artículo 32 a las funciones que, en relación con dichas instalaciones, correspondan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al Servicio de Vigilancia Aduanera, a la Dirección General de Tráfico, o al Centro Nacional de Inteligencia.

Sin perjuicio de la sujeción a las disposiciones a que se refiere el artículo 20.2 y de las obligaciones de notificación de accidentes e incidentes graves conforme a lo previsto en el Reglamento UE n.º 996/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, sobre investigación y prevención de accidentes e incidentes en la aviación civil y por el que se deroga la Directiva 94/56/CE, estas operaciones se realizarán, en todo caso, conforme a las condiciones establecidas en los protocolos adoptados al efecto por el organismo público responsable de la prestación del servicio o realización de la actividad y, en el caso de las funciones de policía atribuidas a las policías locales, en los respectivos Reglamentos de Policías Locales, de modo que no se ponga en peligro a otros usuarios del espacio aéreo y a las personas y bienes subyacentes.

Además, las operaciones de los sistemas de aeronaves pilotadas por control remoto RPAS en el ejercicio de estas actividades se ajustarán a lo establecido por el organismo público responsable de la prestación del servicio o realización de la actividad que, en todo caso, será responsable de:

a Autorizar la operación.

b Establecer los requisitos que garanticen que los pilotos remotos y, en su caso, los observadores, cuentan con la cualificación adecuada para realizar las operaciones en condiciones de seguridad que, en todo caso, deberán respetar los mínimos establecidos en los artículos 33.1 y 38.

c Asegurarse de que la operación puede realizarse en condiciones de seguridad y cumple el resto de los requisitos exigibles conforme a lo previsto en este apartado.

En el ejercicio de esta habilitación normativa, este reglamento establece

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/4/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/04/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6008

Primera edición02/01/2001

Ultima edición02/05/2024

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