Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 6/3/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 44

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Igualdad y Bienestar Social Igualdad, Juventud y Educacion Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO
Con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación provincial, esta Diputación, en uso de las facultades que le confieren el artículo 34.2 y 35.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y el artículo 63 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias carácter especial, de cometido específico, a favor del Director del Área de Igualdad y Bienestar Social, Agustín Almagro Blazquez.
En virtud del artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.
Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Presidencia puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los dentro de los supuestos previstos en el mismo artículo 34.2 de la 7/1985, de 2 de abril, y en el artículo 9.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en los que se regulan las competencias que no pueden ser objeto de delegación.
Por todo ello, esta Presidencia, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas HE RESUELTO
Primero. Efectuar a favor de Agustín Almagro Blazquez, Director del Área de Igualdad y Bienestar Social, Área competente en el ámbito de Servicios Sociales de esta Diputación, una delegación específica de atribuciones para la gestión de los asuntos relacionados con el servicio de ayuda a domicilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. El alcance de la función de esta delegación se circunscribe a la emisión de la documentación referida a la liquidación mensual prevista en el artículo 22,1.b de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su redacción dada por la Orden de 28 de junio de 2017, no incluyendo ninguna facultad resolutoria.
Segundo. Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64.1 y 2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales las delegaciones del Presidente, tanto genéricas como especiales, serán realizadas mediante Decreto, y surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, salvo que en ella se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Diputación.
Cuarto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 64.4 del texto legal antes citado, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
El 15 de febrero de 2018, La Presidenta, Irene García Macías. Firmado.
Nº 10.772


Area de Servicios EconOmicos Servicio de RecaudaciOn y GestiOn Tributaria Oficina de Barbate ANUNCIO DE COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO
EDICTO
D Herminio J. Díaz Martin Jefe de la Unidad de Recaudación de Barbate del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.
HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el arto 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de ZAHARA DE LOS ATUNES E.L.A., titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTO:
1º TASA DE RECOGIDA DE BASURA INDUSTRIAL, cuyo periodo voluntario queda establecido con el siguiente periodo de cobro, desde el 03 de septiembre hasta el 30 de noviembre 2018.
2º TASA DE RECOGIDA DE BASURA DOMÉSTICA, cuyo periodo voluntario queda establecido con los siguientes periodos de cobro:
1º Trimestre de 2018: desde el 5 de marzo hasta el 14 de mayo de 2018.
2º Trimestre de 2018: desde el 4 de junio hasta el 20 de agosto de 2018.

6 de marzo de 2018

3º Trimestre de 2018: desde el 3 de septiembre hasta el 16 de noviembre de 2018.
4º Trimestre de 2018: desde el 3 de diciembre hasta el 08 de febrero de 2019.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:
CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO
SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podré realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 h. a 14:00 h.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
Mediante Plan de Pago Personalizado.
Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación de Barbate, oficina de atención al público sita en Avenida del Rio Barbate nº 23, en horario invierno de 9:00 a 13:30 horas y en horario de verano de 9:00 a 1:00 horas de lunes a viernes.
ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo dé ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que hago público para general conocimiento. En Barbate a 8 de febrero de 2018. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Fdo.: Herminio Jesús Díaz Martín.
Nº 11.018


Area de Servicios EconOmicos Servicio de RecaudaciOn y GestiOn Tributaria Oficina de Barbate ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
D Herminio J. Díaz Martin Jefe de la Unidad de Recaudación de Barbate del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.
HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el arto 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barbate, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTO:
1º.- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLE URBANOS, cuyo periodo voluntario queda establecido con los siguientes periodos de cobro:
1º SEMESTRE: desde el 14 de mayo hasta el 20 de julio de 2018.
2º SEMESTRE: desde el 03 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2018.
2º.- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES RÚSTICOS, cuyo periodo voluntario queda establecido con los siguientes periodos de cobro:
1º SEMESTRE: desde el 14 de mayo hasta el 20 de julio de 2018.
2º SEMESTRE: desde el 03 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2018.
3º.- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS
ESPECIALES, cuyo periodo voluntario queda estableció con los siguientes periodos de cobro:
1º SEMESTRE: desde el 14 de mayo hasta el 20 de julio de 2018.
2º SEMESTRE: desde el 03 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2018.
4º.-IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, cuyo periodo voluntario queda establecido con el siguiente periodo de cobro, desde el 03 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2018.
5º.- IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS E TRACCIÓN MECÁNICA, cuyo periodo voluntario queda establecido con el siguiente periodo de cobro, desde el 16 de abril hasta el 22 de junio de 2018.
6º.- RESTO DE IMPUESTOS Y TASAS, cuyo periodo voluntario queda establecido con el siguiente periodo de cobro, desde el 14 de septiembre hasta el 30
de noviembre de 2018.
7º.- CARGOS TRIMESTRALES, cuyo periodo voluntario queda establecido con los siguientes periodos de cobro:
1º TRIMESTRE 2018: desde el 12 de febrero hasta el 16 de abril de 2018
2º TRIMESTRE 2018: desde el 7 de mayo hasta el 9 de julio de 2018.
3º TRIMESTRE 2018: desde el 27 de julio hasta el 28 de septiembre de 2018.
4º TRIMESTRE 2018: desde el 15 de octubre hasta el 21 de diciembre de 2018.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:
CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO
SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podré realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 h. a 14:00 h.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
Mediante Plan de Pago Personalizado.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 6/3/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha06/03/2018

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6015

Primera edición02/01/2001

Ultima edición13/05/2024

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