Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.344 - Primera Sección
Martes 31 de marzo de 2020

ARTÍCULO 3º.- Los datos requeridos deberán presentarse conforme el desagregado indicado en el Anexo que, como IF-2020-19653910-APN-SSADYCMDP, forma parte integrante de la presente resolución, a través de la Plataforma Trámites a Distancia TAD del sistema de Gestión Documental Electrónica GDE.
ARTÍCULO 4º.- La SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES podrá publicar periódicamente en su página web y con acceso público, los precios de referencia de venta de media res y cuero vacuno.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES
a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2º de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Los incumplimientos de la presente resolución serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº274 de fecha 17 de abril de 2019.
ARTÍCULO 7º.- Encomiéndase a la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, la realización de una investigación del mercado de carne vacuna a fin de determinar la posible comisión de infracciones a la Ley Nº27.442.
ARTÍCULO 8º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y por un período de NOVENTA 90 días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Paula Irene Español NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 31/03/2020 N16203/20 v. 31/03/2020

MINISTERIO DESALUD
Resolución 680/2020
RESOL-2020-680-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2020
VISTO, el Expediente EX-2020-19455513-APN-DDMSYDS, las Leyes Nº 15.465 y Nº 27.541, sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Nº2771 del 01 de noviembre de 1979 y el Decreto Nº260 del 12 de marzo de 2020y;
CONSIDERANDO:
Que el derecho a la salud se encuentra protegido por la Constitución Nacional en los artículos 42 y 33, así como también en el artículo 75 inc 22 con la incorporación a nuestra Carta Magna, de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos.
Que en este sentido, el artículo 12 del Pacto el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: 1. Los Estados partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto, a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a la reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, el sano desarrollo de los niños; b el mejoramiento en todos los aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.
Que por Ley N 15.465 se declara obligatoria en todo el territorio nacional, la notificación de los casos de enfermedades infecciosas, siendo posteriormente reglamentada por Decreto Nº3.640/64.
Que la referida ley, en su artículo 2 previó la posibilidad de agregar otras enfermedades, suprimir alguna de las especificadas o modificar su agrupamiento.
Que en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva N27.541, se facultó a este Ministerio para instrumentar las políticas referidas a dicha emergencia y para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha31/03/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones9350

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/05/2024

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