Boletín Oficial de la República Argentina del 01/03/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Año CXXVIII Número 34.318

Buenos Aires, sábado 29 de febrero de 2020

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947.
La edición electrónica del Boletín Oficial adquiere validez jurídica en virtud del Decreto N 207/2016.

SUMARIO
Decretos COMBUSTIBLES. Decreto 196/2020. DCTO-2020-196-APN-PTE - Decreto N607/2019 y Decreto N798/2019. Modificación 1

Resoluciones Generales ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución General 4680/2020. RESOG-2020-4680-E-AFIP-AFIP - Impuesto a las Ganancias. Precios de transferencia.
Resolución General N1.122. Plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas informativas. Resolución General N4.538 y su modificatoria. Su modificación 4
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución General 4679/2020. RESOG-2020-4679-E-AFIP-AFIP - Procedimiento. Ley N27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, artículo 18. Régimen de reintegros a sectores vulnerados. Resolución General N4.676. Su modificación 5

Decretos

COMBUSTIBLES
Decreto 196/2020
DCTO-2020-196-APN-PTE - Decreto N607/2019 yDecreto N798/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2020
VISTO el Expediente NEX-2020-13183796-APN-DGDMHA, el Capítulo I del Título III de la Ley N23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y los Decretos Nros. 501 del 31 de mayo de 2018, 607 del 30 de agosto de 2019, 753 del 1 de noviembre de 2019, 798 del 28 de noviembre de 2019, 103 del 30 de diciembre de 2019 y 118
del 29 de enero de 2020,y CONSIDERANDO:
Que en el primer párrafo del artículo 4 del Capítulo I del Título III de la Ley N23.966, texto ordenado en 1998, se establecieron montos fijos en pesos por unidades de medida para determinar el impuesto sobre los combustibles líquidos.
Que en ese mismo artículo se previó que los referidos montos fijos se actualicen por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor IPC que suministre el INSTITUTO NACIONAL DE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/03/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha01/03/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones9320

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/04/2024

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