Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 30 de diciembre de 2014

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1144/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión

Pág.
5

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1145/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Administración

6

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1123/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público

6

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1125/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental

7

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1143/2014
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Integración Nacional

7

CONCURSOS OFICIALES
Anteriores

60

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

9
61

61

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

DECLARACIONES
Ley 27.038
Capital Nacional del Hidrógeno.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 10 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Declárase a la ciudad de Pico Truncado, provincia de Santa Cruz, Capital Nacional del Hidrógeno.

DECRETOS

MINISTERIO DERELACIONES
EXTERIORES YCULTO
Decreto 2575/2014
Dase por aceptada renuncia presentada al cargo de Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR y ALADI.

Bs. As., 22/12/2014
ARTÍCULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADO BAJO EL N27.038
AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Lucas Chedrese. Juan H. Estrada.

DECLARACIONES
Decreto 2392/2014
Promúlgase la Ley N27.038.

Bs. As., 10/12/2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N27.038 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M.
Capitanich. Aníbal F. Randazzo.

VISTO el Expediente N 52.424/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N815
de fecha 2 de junio de 2014, el Decreto N1973 de fecha 28 de octubre de 1986, y
Que, por su parte, el Decreto N 1973/86, reglamentario de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N 20.957 dispone en el Artículo 56 que el funcionario trasladado al exterior deberá prestar servicios en su destino DOS 2 años como mínimo, y que, si antes de ese lapso fuere trasladado a su pedido, los gastos de su traslado serán a su costa, quedando sin derecho a percibir ninguna suma en concepto de gastos ni indemnización, excepto los pasajes de regreso para él y su familia y el pago de embalaje y flete de sus efectos personales.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA
DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 56
de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Trasládase desde la Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI
al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA
D.N.I. N20.372.692.
Art. 2 Dase por aceptada la renuncia presentada por el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL
MEDINA D.N.I. N20.372.692, al cargo de Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y
ALADI, a la fecha del efectivo cumplimiento de su traslado a la República.
Art. 3 Establécese que la presente medida solo irrogará gastos en concepto de pasajes y flete, los que serán imputados a las partidas específicas del presupuesto de de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Héctor M. Timerman.

MINISTERIO DEEDUCACIÓN

CONSIDERANDO:

Decreto 2474/2014

Que mediante el Decreto N 815/14 se nombró en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la categoría A Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Juan Manuel ABAL MEDINA y se lo designó como Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI.

Recházanse recursos.

Que el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA ha presentado su renuncia al cargo de Representante Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI, a fin de asumir la banca vacante de SENADOR NACIONAL
por la Provincia de BUENOS AIRES.
Que atento la presentación de la renuncia referida corresponde tramitar el traslado desde la Representación Permanente de la República en la Representación Argentina para MERCOSUR Y ALADI del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Juan Manuel ABAL MEDINA.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.039

Bs. As., 15/12/2014
VISTO el Expediente N 525/11 y sus agregados sin acumular Nros. 5.529/09, 5.558/09, 5.576/09, 5.593/09, 5.609/09, 5.610/09, 5.616/09, 5.617/09 con UN 1 Anexo, 5.621/09, 5.631/09, 5.632/09, 5.720/09, 7.256/09 y 7.257/09 todos del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y la Resolución Conjunta N42 del 31 de marzo de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones tramitan los recursos jerárquicos formulados por los agentes Vanesa Andrea DEL CONTE D.N.I.
N22.403.017, Silvia Ariadna CANDEGABE
D.N.I. N 13.080.938, Alejandra Gabriela SANCHEZ D.N.I. N 17.715.505, Gabriela
2

VILAR D.N.I. N 20.698.001, Juan Carlos REY D.N.I. N 11.167.897, María Pía CABANTOUS D.N.I. N 14.069.325, Alejandra LOBATO D.N.I. N13.914.966, Daniel Eduardo OLIVA D.N.I. N12.771.839, María Angélica ROMERO D.N.I. N5.618.697, María Luz CAFFA D.N.I. N 18.472.457, Adriana Silvina PESO D.N.I. N10.859.542, Teresita Magdalena SALINAS D.N.I.
N 16.456.782, Daniela DOUMERC D.N.I.
N17.482.983, Carlos Francisco PASTINE
ZEBERIO D.N.I. N 10.550.473 y Andrea Laura RIDELENER D.N.I. N 13.214.856
del MINISTERIO DE EDUCACIÓN contra la Resolución Conjunta N42 del 31 de marzo de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE
GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del citado Ministerio por la cual se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098
del 3 de diciembre de 2008.
Que los citados agentes formularon dicho reclamo entendiendo que debían ser reencasillados en un nivel superior a lo estipulado en la mencionada Resolución.
Que a los casos bajo análisis les resulta aplicable lo prescripto en el inciso 4
del artículo 124 del Anexo del Decreto N2.098/08, el cual establece que el personal que revista en los anteriores Niveles A, B, C y D del Agrupamiento General que acreditara título de grado universitario correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO 4 años y que tuviera asignado el pago del suplemento por Responsabilidad Profesional o del Adicional por Mayor Capacitación según corresponda, pasan a revistar en el mismo nivel que poseen en el nuevo Agrupamiento Profesional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO
DE LA NACIÓN ha intervenido en los términos del artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N1.759/72 t.o. 1991.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N1.759/72 t.o. 1991.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Recházanse los recursos jerárquicos interpuestos por los agentes Vanesa Andrea DEL CONTE D.N.I.
N 22.403.017, Silvia Ariadna CANDEGABE
D.N.I. N 13.080.938, Alejandra Gabriela SANCHEZ D.N.I. N 17.715.505, Gabriela VILAR D.N.I. N 20.698.001, Juan Carlos REY
D.N.I. N 11.167.897, María Pía CABANTOUS
D.N.I. N 14.069.325, Alejandra LOBATO
D.N.I. N 13.914.966, Daniel Eduardo OLIVA
D.N.I. N12.771.839, María Angélica ROMERO
D.N.I. N 5.618.697, María Luz CAFFA D.N.I.
N 18.472.457, Adriana Silvina PESO D.N.I.
N 10.859.542, Teresita Magdalena SALINAS
D.N.I. N 16.456.782, Daniela DOUMERC
D.N.I. N 17.482.983, Carlos Francisco PASTINE ZEBERIO D.N.I. N10.550.473 y Andrea Laura RIDELENER D.N.I. N 13.214.856 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN contra la Resolución Conjunta N42 del 31 de marzo de 2009
de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del citado Ministerio por la cual se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098
del 3 de diciembre de 2008, habida cuenta que la normativa aplicable a los casos bajo análisis no prevé modificación alguna del Nivel Escalafonario.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/12/2014

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9374

Primera edición02/01/1989

Ultima edición22/06/2024

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