Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 12 de mayo de 2014
pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 30 de enero de 2014.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Jorge M. Capitanich.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 645/2014
Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.

Bs. As., 6/5/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP EXP-JGM
0049205/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 358
del 4 de abril de 2013 y lo solicitado por la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA
INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE
LA DEMOCRACIA de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 respectivamente.
Que mediante el Decreto Nº358 del 4 de abril de 2013 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles como Coordinadora de Articulación Estratégica de la SUBSECRETARIA
PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y
FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la Licenciada Da. Paula Cecilia MERCHAN.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, y su modificatorio, en su artículo 6, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION Nº4 del 15 de marzo de 2002.
Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido artículo 6 del Decreto Nº601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto Nº491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles a partir del 27 de septiembre de 2013, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº358 del 4 de abril de 2013, de la Licenciada Da.
Paula Cecilia MERCHAN D.N.I. Nº 21.395.445
como Coordinadora de Articulación Estratégica de la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA
INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel B - Grado 0 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 27 de septiembre de 2013.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Jorge M. Capitanich.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 617/2014
Dirección Nacional de Preinversión Municipal. Estructura organizativa.

Bs. As., 5/5/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0278258/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº24.354, los Decretos Nros. 1.022 de fecha 17 de mayo de 1993, 720 de fecha 22 de mayo de 1995, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 modificado entre otros por su similar Nº21 de fecha 10 de diciembre de 2007, 1.907 de fecha 7 de diciembre de 2010, y
BOLETIN OFICIAL Nº 32.881

3

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº1.022 de fecha 17 de mayo de 1993 se creó en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la UNIDAD DE PREINVERSION UNPRE
con el objeto de ejecutar y supervisar el Programa Multisectorial de Preinversión a financiarse con los recursos otorgados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.
Que mediante el Artículo 1 de la Ley Nº24.354 se creó el Sistema Nacional de Inversiones Públicas SNIP, cuyos objetivos son la iniciación y actualización permanente de un inventario de proyectos de inversión pública nacional, y la formulación anual y gestión del Plan Nacional de Inversiones Públicas.
Que por el Decreto Nº720 de fecha 22 de mayo de 1995 se designó a la entonces SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y
PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº24.354.
Que por el Decreto Nº1.907 de fecha 7 de diciembre de 2010 se sustituyó el Anexo Ic Organigrama del Decreto Nº1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, en la parte correspondiente a la entonces SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, incorporándose a la estructura organizativa de la mencionada Secretaría, la Dirección Nacional de Preinversión y sus aperturas organizativas inferiores, la que sería continuadora, a todos los efectos, de la UNIDAD DE PREINVERSION.
Que por el Decreto Nº 87 de fecha 11 de enero de 2012, modificatorio del Decreto Nº1.359/04, se sustituyó el Anexo Ic Organigrama correspondiente a la entonces SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, y se mantuvo en su ámbito la Dirección Nacional de Preinversión con dependencia directa.
Que la experiencia acumulada por la entonces UNIDAD DE PREINVERSION UNPRE y la actual Dirección Nacional de Preinversión, permite advertir la importancia creciente que revisten los organismos públicos de nivel municipal tanto en lo relativo a la necesidad de contribuir a mejorar la rentabilidad de la inversión pública en sus respectivas jurisdicciones, como así también en las constantes demandas para la adquisición y desarrollo de capacidades para la gestión del ciclo de los proyectos.
Que en razón de ello, la Dirección Nacional de Preinversión, actualmente, se encuentra abocada a la ejecución de estudios de preinversión en el ámbito municipal, brindando apoyo financiero y asistencia técnica a los distintos Municipios.
Que el menor desarrollo relativo que experimentan los organismos públicos municipales en materia de preinversión, con la consecuente necesidad de fortalecer sus capacidades y apoyar una mejor planificación de las Inversiones Públicas a ejecutarse en tales jurisdicciones, impone la necesidad de reorientar estratégicamente las competencias de la Dirección Nacional de Preinversión.
Que frente a las circunstancias descriptas se deben considerar las funciones asignadas por el Anexo II al Decreto Nº357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado entre otros por su similar Nº21 de fecha 10 de diciembre de 2007 a la SECRETARIA DE ASUNTOS
MUNICIPALES del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, actual MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que entre sus objetivos esenciales se destacan los de entender en los asuntos municipales y en la asistencia técnica a los municipios para la modernización de los sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión; evaluar la información sobre la realidad socioeconómica e institucional de los municipios, proponiendo asimismo la ejecución de planes, programas y proyectos referidos al desarrollo de los gobiernos locales; y colaborar en el mejoramiento de la calidad de los servicios comunitarios y el desarrollo económico y social.
Que por todo lo expuesto, resulta conveniente crear en la estructura organizativa de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con dependencia directa del titular de dicha Secretaría, una Dirección Nacional de Preinversión Municipal.
Que la mencionada Dirección Nacional tendrá como responsabilidad entender en el estudio y ejecución de proyectos de preinversión en municipios, con el objetivo de lograr una eficaz y eficiente gestión en el uso de los recursos públicos, así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad tendiente a alcanzar la concreción de los proyectos de inversión que surjan en dicho nivel de gobierno.
Que resulta necesario que la Dirección Nacional cuya creación se propicia, sea asistida en su accionar por un área que gestionará y administrará los estudios de preinversión y por otra que brindará la necesaria asistencia a los proyectos bajo estudio.
Que esta premisa responde a un criterio racional para lograr el perfeccionamiento en la utilización de los recursos públicos y mejorar la calidad de la acción estatal.
Que a tal fin es menester modificar la estructura organizativa vigente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, y del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, en lo atinente a la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, que fueran aprobadas por las normas citadas en el Visto del presente decreto.
Que en consecuencia deberán readecuarse las respectivas aperturas programáticas de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y de la SECRETARIA
DE ASUNTOS MUNICIPALES, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con la correspondiente transferencia de los cargos, dotación de personal y créditos presupuestarios que involucra la presente medida.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones involucradas han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/05/2014

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9345

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/05/2024

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