Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2014 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 17 de marzo de 2014
Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, éstos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº491
del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de noviembre de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.895.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y del Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de noviembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y D. Carlos Maximiliano BORCHES D.N.I. Nº23.924.852, para desempeñar funciones de Redactor Periodístico en la DIRECCION DE COMUNICACION INTERNACIONAL dependiente de la DIRECCION GENERAL
DE PRENSA de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la citada Secretaría, equiparado al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30
de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 144/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección de Comunicación Digital.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.847

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobada a partir del 1 de noviembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, la contratación suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y el consultor D. Guillermo STORNI D.N.I. Nº26.933.442, para desempeñar funciones de Coordinador - Rango I

Bs. As., 10/3/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM:
0059832/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2345 del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que en la DIRECCION DE COMUNICACION DIGITAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y
CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA perteneciente a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS resulta necesario aprobar la contratación del consultor D. Guillermo STORNI D.N.I. Nº26.933.442, en el marco del Decreto Nº2345 del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya prestación resulta necesaria para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Dirección.
Que por el artículo 1 del Decreto Nº 577
del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente, superior a la suma de PESOS DOCE MIL
$12.000.-.
Que en la contratación propiciada en la presente se configura el supuesto previsto en la norma citada precedentemente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº491/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION Nº4 del 15 de marzo de 2002.
Que el consultor de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de noviembre de 2013, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.895.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el artículo 1 del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

3

en la DIRECCION DE COMUNICACION DIGITAL de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la citada Secretaría, fijándose sus honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS
$24.200.-.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 145/2014
Contratación en la Subsecretaría de Agricultura.

Bs. As., 10/3/2014
VISTO el Expediente NºS05:0535256/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº25.164, el Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II del inciso c del Artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a del Anexo al Decreto Nº2.098/08, para el Nivel C.
Que los Artículos 7 y 9 del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº1.421/02 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9 y 14 del Anexo I del Decreto Nº1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004
y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6
de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/03/2014

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9376

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2014>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031