Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 12 de octubre de 2010
so de alzada interpuesto en subsidio por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº187 de fecha 30 de agosto de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y
SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, presentó con fecha 13 de octubre de 2009 su Nota Nº 95.324/25 a través de la cual interpuso, contra el Decreto mencionado en el considerando anterior, recurso de reconsideración en legal tiempo y forma, en los términos del Artículo 100 del reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que con relación al recurso interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA, es de mencionarse que atento el carácter autárquico del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y
SERVICIOS SANITARIOS ETOSS desde el PODER EJECUTIVO NACIONAL solamente corresponde efectuar el control de legalidad de los actos de dicho Organismo Regulador, ello en virtud de lo dispuesto por el Artículo 97 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que analizadas en esta instancia administrativa la procedencia formal y los elementos de juicio sostenidos por la recurrente y contenidos en la causa, se concluye que a través del recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS
ARGENTINAS
SOCIEDAD
ANONIMA
contra el Decreto Nº 1041 de fecha 5 de agosto de 2009 no se han alegado fundamentos que permitan controvertir aquellos por los cuales se rechazó el recurso de alzada en subsidio impetrado contra la Resolución Nº187 de fecha 30 de agosto de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO
DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
ETOSS.
Que, en el Anexo al Artículo 1º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, se establece que la citada Subsecretaría, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desages Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA
contra el Decreto Nº1041 de fecha 5 de agosto de 2009 por el cual se rechazó el recurso de alzada impetrado contra la Resolución Nº187 de fecha 30 de agosto de 2006 del entonces ENTE
TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio M. de Vido.
% 3 %

% 3 %

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1424/2010
Recházase un recurso interpuesto contra el Decreto Nº1194/09.

Bs. As., 1/10/2010
VISTO el Expediente Nº12.260/97 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS
Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, 1194 de fecha 8 de septiembre de 2009 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991, y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1194 de fecha 8 de septiembre de 2009, se rechazó el recurso de alzada interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº 27 de fecha 18 de marzo de 1998 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y
SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, presentó con fecha 5 de noviembre de 2009 su Nota Nº 95335/09 a través de la cual interpuso, contra el Decreto mencionado en el considerando anterior, recurso de reconsideración en legal tiempo y forma, en los términos del Artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que analizadas en esta instancia administrativa la procedencia formal y los elementos de juicio sostenidos por la recurrente y contenidos en la causa, se concluye que a través del recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra el Decreto Nº1194
de fecha 8 de septiembre de 2009 no se han alegado fundamentos que permitan controvertir aquellos por los cuales se rechazó el recurso de alzada impetrado contra la Resolución Nº27 de fecha 18 de marzo de 1998
del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS
Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Que en el Anexo al Artículo 1º del Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA
DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada Subsecretaría, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desages Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.

% 3 %

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1425/2010
Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución Nº193/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS.

Bs. As., 1/10/2010
VISTO el Expediente Nº15.646/06 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS
Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991, y CONSIDERANDO:
Que el Señor Daniel Jorge ROZEN, se presentó en sede del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y efectuó, con relación al inmueble sito en la calle Rubén Darío 4050, Partido de VICENTE LOPEZ, Provincia de Buenos Aires, el reclamo Nº 51.838 de fecha 21 de enero de 2002 relativo a un error en la facturación efectuada por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA al inmueble mencionado.
Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE
OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS consideró que el reclamo se efectuó en los términos del recurso directo, reglado por el Artículo 72 deI Marco Regulatorio, aprobado por Decreto Nº 999 de fecha 18 de junio de 1992
y concordante con el Artículo 56 deI Reglamento del Usuario Resolución ETOSS Nº83
de fecha 10 de septiembre de 1998.
Que el Directorio del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS dictó la Resolución Nº193
de fecha 30 de agosto de 2006 por la cual dispuso hacer lugar al recurso directo efectuado por el reclamante, prescribiendo además a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA a devolverle los montos correspondientes a los últimos CINCO 5 años período no alcanzado por la prescripción teniendo por fecha interruptiva la del primer reclamo ante la ex prestataria y hasta la fecha en que existió real medición de consumos en el inmueble, con más los intereses correspondientes y lo que resultase de la aplicación de la indemnización del Artículo 31 de la Ley de Defensa del Consumidor Nº24.240.
Que como consecuencia del dictado de la Resolución del entonces ENTE TRIPARTITO DE
OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS
Nº 193/06, la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA presentó con fecha 18 de octubre de 2006 un escrito a través del cual interpuso recurso de reconsideración y alzada en subsidio.
Que a través de la Resolución Nº 351 de fecha 21 de noviembre de 2006, el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y
SERVICIOS SANITARIOS ETOSS resolvió
Artículo 1º Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra el Decreto Nº 1194 de fecha 8 de septiembre de 2009 por el cual se rechazó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución Nº27 de fecha 18
de marzo de 1998 del entonces ENTE TRIPARTITO
DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio M. De Vido.
% 3 %

3

rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra los términos de la Resolución Nº193/06 de dicho Ente Regulador.
Que la recurrente basó formalmente sus impugnaciones en lo dispuesto por los artículos 68 del Marco Regulatorio aprobado por Decreto Nº999/92 y 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que analizadas en esta instancia administrativa la procedencia formal y los elementos de juicio contenidos en la causa se concluye que, resulta procedente sostener la legalidad y razonabilidad de la resolución impugnada.
Que el entonces ENTE TRIPARTITO
DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
ETOSS actuó conforme a derecho y dentro del marco de su competencia, no apareciendo su conducta como irracional que acarree la tacha de ilegitimidad y determine su revisión en la alzada, la cual debe limitarse únicamente al análisis de la legalidad del acto y no a cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia.
Que en el Anexo al Artículo 1 del Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA
DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada Subsecretaría, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desages Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 94
del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991 y el Artículo 68 del Anexo I del Decreto Nº999
de fecha 18 de junio de 1992.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recházase el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº193 de fecha 30 de agosto de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio M. De Vido.
% 3 %

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

BOLETIN OFICIAL Nº 32.005

% 3 %

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 718/2010
Danse por aprobadas contrataciones en la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Secretaría de Justicia.

Bs. As., 5/10/2010
VISTO el Expediente Nº192.157/10 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/10/2010

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9373

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/06/2024

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