Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 15
de octubre de 2010

Año CXVIII
Número 32.008
Precio $ 1,40

Sumario
DECRETOS

Pág.

DECRETOS

% 1 %

JUBILACIONES Y PENSIONES

JUBILACIONES Y PENSIONES
1482/2010
Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley N 26.649 por el cual se proponía establecer el haber mínimo garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos

1

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
1443/2010
Dase por prorrogada una designación en la Dirección General de Inmigración

5

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
1447/2010
Dase por aprobada la designación del Director Nacional de Producción Ganadera de la Subsecretaría de Ganadería de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
1446/2010
Danse por aprobadas designaciones de Directora y Coordinador de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa

5

Decreto 1482/2010
Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley N 26.649 por el cual se proponía establecer el haber mínimo garantizado en 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos.
Bs. As., 14/10/2010
VISTO el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº26.649 sancionado por el HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION el 14 de octubre de 2010, y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado Proyecto de Ley se propone establecer que el haber mínimo garantizado fijado por el artículo 125 de la Ley Nº24.241 de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, será equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO 82% del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al momento de la promulgación de dicho proyecto.
Que se pretende fijar que dicho haber mínimo garantizado se aplicará dentro de los TREINTA 30 días corridos a partir de su promulgación.

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
1449/2010
Dase por prorrogada una designación en la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción

6

1450/2010
Danse por aprobadas designaciones en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de la Secretaría de Derechos Humanos

Que a esos efectos se busca sustituir el artículo 32 de la Ley Nº24.241 a fin de fijar que la movilidad de las prestaciones, establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº26.417 se actualice por dos índices alternativos.

6

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
1448/2010
Dase por aprobada la designación de la Directora Nacional de Planificación y Coordinación del Transporte de la Secretaría de Transporte

Que asimismo el aludido texto sancionado prevé en su Título III Recomposición de Haberes la actualización de todas las prestaciones previsionales estableciendo las fechas desde las cuales se procederá a su recálculo y fijando un plazo de CIENTO VEINTE 120
días corridos desde la promulgación de la mencionada norma para su abono.

7

PERSONAL MILITAR
1445/2010
Nómbrase Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la República Argentina en Japón

7

SERVICIO EXTERIOR
1444/2010
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el Reino Hachemita de Jordania

7

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Que a más de ello, la sanción comentada postula que los valores acumulados en el mencionado Fondo no podrían superar el importe equivalente a las erogaciones de prestaciones anuales autorizadas para la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ANSES en la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional.
Que es entonces palmaria la violación del artículo 38 de la Ley Nº24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la que establece que Toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento.
Que en las condiciones en que el proyecto se ha sancionado, su promulgación implicaría prácticamente la quiebra no sólo del Sistema Previsional Argentino sino del propio Estado,
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
726/2010
Danse por aprobadas contrataciones

8

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
724/2010
Dase por aprobada una contratación en la Secretaría de Relaciones Parlamentarias

8

725/2010
Dase por aprobada una contratación en la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Que sin embargo, para afrontar los beneficios a los que se alude en el proyecto que nos ocupa se establece que deberán ser financiados con los recursos que actualmente establece el artículo 18 de la Ley Nº24.241 y sus modificatorias y de los resultados financieros de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES incluidos los rendimientos anuales del FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD FGS del SISTEMA
INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO SIPA.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini 9

Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Continúa en página 2

Director Nacional
www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº812.152
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/10/2010

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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