Boletín Oficial de la República Argentina del 22/07/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 22 de julio de 2010
180 días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por el Decreto Nº1636 del 2 de noviembre de 2009 se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA 180 días hábiles.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION, el término fijado en el artículo 1º del mencionado Decreto Nº1636 del 2 de noviembre de 2009.
Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08, deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION
NACIONAL y 1º del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada a partir del 7 de abril de 2010, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, la designación transitoria efectuada por Decreto Nº 928/08, prorrogada por sus similares Nros.
393/09 y 1636/09, del Licenciado Jorge Luis STEIMAN D.N.I. Nº11.613.838, en el cargo de Director Nacional de Gestión Universitaria Nivel A con Función Ejecutiva II, dependiente de la SECRETARIA
DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 7 de abril de 2010.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Alberto E. Sileoni.

MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1034/2010
Danse por aprobadas designaciones en el Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas Agudas de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán.

Bs. As., 19/7/2010
VISTO el expediente Nº1-2002-2095001935/07-0
del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS
DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN
ANLIS, Organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros.
26.198, 26.337, 26.422 y 26.546, los Decretos Nº1628 del 23 de diciembre de 1996, Nº277
del 14 de febrero de 1991 y Nº491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 10 de las Leyes Nros.
26.198, 26.337, 26.422 y Nº26.546, se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7º las Leyes Nros. 26.198, 26.337, 26.422 y Nº 26.546, se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el Ejercicio de los años 2007, 2008, 2009 y 2010 respectivamente, estableciéndose en las mismas que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, quedando exceptuado de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al Personal Científico y Técnico de los organismos indicados en el inciso a del artículo 14 de la Ley Nº25.467.
Que mediante el artículo 14 de la Ley Nº25.467 se crea el Consejo Interinstitucional de Ciencias y Tecnología CICYT y uno de los integrantes de dicho Consejo es la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS
E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN ANLIS.
Que por lo mencionado en el considerando anterior se entiende que los cargos que se pretenden cubrir transitoriamente no se ven afectados por la prohibición contenida en el artículo 7º de las Leyes de Presupuesto mencionadas y estarían en condiciones de ser cubiertos con carácter de excepción de lo establecido en el Capítulo II, artículo 4º, inciso c, Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº277 del 14 de febrero de 1991.
Que mediante el Decreto Nº1628 de fecha 23
de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE
SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO
DE SALUD, concentra múltiples actividades a través de los diversos Institutos Nacionales y Centros que lo integran.
Que por el expediente citado en el Visto la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS plantea la necesidad de cubrir transitoriamente las Funciones Jerarquizadas de JEFE DE DEPARTAMENTO
DE BACTERIOLOGIA y las JEFATURAS DE
TRES 3 SERVICIOS del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS pertenecientes a la Carrera Profesional, instituida por Decreto Nº277/91 y sus modificatorios.
Que las Jefaturas del DEPARTAMENTO DE
BACTERIOLOGIA del SERVICIO ANTIMICROBIANOS, del SERVICIO de ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL y del SERVICIO DE BACTERIOLOGIA ESPECIAL
del INSTITUTO DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABO-

BOLETIN OFICIAL Nº 31.949

RATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR.
CARLOS G. MALBRAN ANLIS, se encuentran incluidos como unidades orgánicas de la Estructura Organizativa aprobada por Decreto Nº1683 del 11 de septiembre de 1992 las que mantienen su vigencia en virtud de lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº1628 del 23 de diciembre de 1996, con las acciones allí asignadas.
Que resulta impostergable asegurar el desenvolvimiento Técnico - Científico de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS
E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN ANLIS a fin de adecuarla a los nuevos lineamientos en las políticas de salud.
Que por ello y en virtud de específicas razones de servicio, el Señor Interventor de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR.
CARLOS G. MALBRAN ANLIS considera imprescindible la cobertura transitoria de los cargos de Jefe de DEPARTAMENTO DE BACTERIOLOGIA y las Jefaturas de los Servicios:
ANTIMICROBIANOS, de ENFERMEDADES
DE TRANSMISION SEXUAL y de BACTERIOLOGIA ESPECIAL, todos ellos del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES
INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR.
CARLOS G. MALBRAN ANLIS.
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de las funciones jerarquizadas mencionadas precedentemente, exceptuándolas a tal efecto de lo dispuesto en el Capítulo II, artículo 4º, inciso c, Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº277 del 14
de febrero de 1991 y modificatorios.
Que la cobertura de las funciones aludidas no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que los funcionarios propuestos pertenecen a la Planta Permanente del mencionado Instituto y cumplen con los requisitos de idoneidad requeridos para dichos cargos.
Que los agentes citados han prestado efectivamente servicio en las jefaturas involucradas desde el 1º de julio de 2007, por lo que corresponde aprobar sus designaciones transitorias desde dicha fecha.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1º del Decreto Nº491/02, los artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.198 y de los artículos 7º y 10 de las Leyes Nros. 26.337, 26.422 y 26.546.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado transitoriamente en la Función Jerarquizada de JEFE
de DEPARTAMENTO DE BACTERIOLOGIA del INSTITUTO NACIONAL. DE ENFERMEDADES
INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS
E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN ANLIS, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a Dn. Marcelo Fabián GALAS, DNI. Nº17.142.324, Legajo Nº97863, Nivel C - Grado 0 de la Carrera Profesional instituida por el Decreto Nº277/91 y modificatorios, a partir del 1º de julio de 2007.
Art. 2º Dase por designada transitoriamente en la Función Jerarquizada de JEFE de SERVICIO
DE BACTERIOLOGIA ESPECIAL del DEPARTAMENTO DE BACTERIOLOGIA del INSTITUTO
NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS
AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACION

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NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS
DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE
SALUD, a Da. Raquel Margarita CALLEJO, DNI.
Nº5.867.559, Legajo Nº101.494, Nivel A - Grado 0 de la Carrera Profesional instituida por el Decreto Nº277/91, y modificatorios, a partir del 1º de julio de 2007.
Art. 3º Dase por designada transitoriamente en la Función Jerarquizada de JEFE de SERVICIO
ANTIMICROBIANOS del DEPARTAMENTO DE
BACTERIOLOGIA del INSTITUTO NACIONAL
DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS
dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E
INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a Da.
Alejandra Cecilia CORSO, DNI. Nº17.665.020, Legajo Nº102.926, Nivel D - Grado 1 de la Carrera Profesional instituida por el Decreto Nº 277/91, y modificatorios, a partir del 1º de julio de 2007.
Art. 4º Dase por designada transitoriamente en la Función Jerarquizada de JEFE de SERVICIO DE ENFERMEDADES DE TRANSMISION
SEXUAL del DEPARTAMENTO DE BACTERIOLOGIA del INSTITUTO NACIONAL de ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS, dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E
INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a Da.
Patricia Graciela GALARZA, DNI. Nº 14.857.879, Legajo Nº101.495, Nivel C - Grado 1 de la Carrera Profesional instituida por el Decreto Nº 277/91, y modificatorios, a partir del 1º de julio de 2007.
Art. 5º Las designaciones en las Funciones Jerarquizadas aludidas se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Capítulo II, artículo 4, inciso c, Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº277/91 y lo previsto en los artículos 7 y 11 de la Ley Nº26.198, y artículos 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.337, 26.422
y Nº26.546.
Art. 6º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 109 y en los Títulos IV y VI
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto Nº1133/09, dentro de los CIENTO
OCHENTA 180 días contados a partir de la fecha del dictado del presente.
Art. 7º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN ANLIS.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D.
Fernández. Juan L. Manzur.

MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1049/2010
Dase por prorrogada la designación del Director Nacional de Emergencias Sanitarias de la Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgos.

Bs. As., 20/7/2010
VISTO los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, 288 del 25 de febrero de 2008, 1495
del 19 de octubre de 2009 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y el Expediente Nº1-2002632/08-4 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/07/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/07/2010

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9324

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/05/2024

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