Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2006 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Buenos Aires, miércoles 5
de abril de 2006

Año CXIV
Número 30.880
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Por ello,
Sumario
Pág.

DECRETOS

DECRETOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
371/2006
Dase por designado transitoriamente Director de Tecnología Médica.
INVESTIGACIONES JUDICIALES
372/2006
Relévase de la obligación de guardar secreto a todos los agentes o ex agentes que hayan sido citados a prestar declaración, o puedan serlo, por orden del magistrado competente en una causa del Juzgado Federal de Rawson, Provincia del Chubut, caratulada Centro de Estudios Legales y Sociales CELS s/denuncia, o por cualquier otro tribunal federal que resulte competente en el futuro.
JUSTICIA
368/2006
Acéptase la renuncia del titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal Nº7.

SERVICIOS PUBLICOS
3

4

2

VISTO los Decretos Nº 303 y Nº 304, ambos de fecha 21 de marzo de 2006, y CONSIDERANDO:

3

375/2006
Acéptase la renuncia de un Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, Sala IV.

4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
365/2006
Dase por designada Directora de la Dirección de Aplicación de la Política Industrial dependiente de la Dirección Nacional de Industria de la Subsecretaría de Industria.

1

MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
370/2006
Dase por designada, con carácter transitorio, Directora de Asuntos Judiciales en el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación.

3

UNIVERSIDADES NACIONALES
366/2006
Homológase el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, de fecha 16 de junio de 2005.

Modifícase el artículo 2º del Decreto Nº 304/
2006, referido a la composición del capital de la sociedad Agua y Saneamientos Argentinos S.A., estableciéndose que las acciones propiedad del Estado Nacional serán intransferibles y su porcentaje no podrá ser disminuido como consecuencia de operación social alguna.
Bs. As., 4/4/2006

369/2006
Acéptase renuncia al cargo de Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal, Sala III.

SERVICIOS PUBLICOS
373/2006
Modifícase el artículo 2º del Decreto Nº304/2006, referido a la composición del capital de la sociedad Agua y Saneamientos Argentinos S.A., estableciéndose que las acciones propiedad del Estado Nacional serán intransferibles y su porcentaje no podrá ser disminuido como consecuencia de operación social alguna.

Decreto 373/2006

1

4

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Que por el artículo 2º del Decreto Nº 304 del 21 de marzo de 2006 se estableció que el NOVENTA POR CIENTO 90% del capital de la sociedad AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA creada mediante el artículo 1º del decreto citado precedentemente pertenecerá al ESTADO NACIONAL, ejerciendo dicha titularidad el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que en concordancia con la proporcionalidad establecida en el precitado artículo 2º del Decreto Nº 304/06 y en atención a la conveniencia de plasmar de manera inequívoca la voluntad política del Estado en materia de prestación del servicio de suministro de agua y de desages cloacales, es necesario precisar que se estableció que aquella proporcionalidad debía regir en forma permanente.
Que, para ello, se propicia incorporar un segundo párrafo al artículo 2º del Decreto Nº 304/06 que exprese que las acciones de que es titular el ESTADO NACIONAL serán intransferibles, no pudiendo ser disminuida la proporción fijada como consecuencia de operación social alguna.
Que, en el caso, se evidencian circunstancias excepcionales que hacen imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las Leyes.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
104/2006
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios celebrado en el marco del Decreto Nº1184/2001.

15

RESOLUCIONES

Continúa en página 2

Las acciones propiedad del ESTADO NACIONAL serán intransferibles. Está proporción no podrá ser disminuida como consecuencia de operación social alguna.
Art. 2º Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Julio M. De Vido. Aníbal D. Fernández. Nilda C. Garré. Ginés M. González García. Juan C. Nadalich. Carlos A. Tomada. Daniel F.
Filmus. Jorge E. Taiana. Alberto J. B. Iribarne. Felisa Miceli.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION
Decreto 365/2006
Dase por designada Directora de la Dirección de Aplicación de la Política Industrial dependiente de la Dirección Nacional de Industria de la Subsecretaría de Industria.

Bs. As., 31/3/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0232519/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Ley Nº 26.078 y los Decretos Nros. 993/91 T.O. 1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.078 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de la citada ley.

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº451.095

Secretario
20

Artículo 1º Incorpórase como segundo párrafo del artículo 2º del Decreto Nº 304/06 el siguiente texto:

PRESIDENCIA DE
LA NACION
DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

ASIGNACIONES FAMILIARES
125/2006-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2006 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/04/2006

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9343

Primera edición02/01/1989

Ultima edición22/05/2024

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