Boletín Oficial de la República Argentina del 29/12/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 29 de diciembre de 2005

RIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley N 24.467
en virtud de lo dispuesto por los Artículos 3 y 17 del Decreto N 943 de fecha 15 de septiembre de 1997, y por el Decreto N 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Que es atribución de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION conceder la autorización para funcionar a las Sociedades de Garantía Recíproca en virtud de lo dispuesto por el Artículo 42 de la Ley N 24.467
modificado por la Ley N 25.300.
Que la Resolución N 204 de fecha 21 de junio de 2002 de la ex-SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, aprobó un nuevo Estatuto Tipo para la constitución de las Sociedades de Garantía Recíproca.
Que CONFIABLES S.G.R. presentó ante la Autoridad de Aplicación copia autenticada del Estatuto Social y la constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, y demás información establecida legalmente.
Que CONFIABLES S.G.R. ha informado que la totalidad de sus socios partícipes fundadores resultan, en función de los niveles de facturación que al respecto impone la normativa vigente, Micro, Pequeñas o Medianas Empresas.
Que sobre la base de las operaciones que CONFIABLES S.G.R. estima concretar durante el transcurso del primer ejercicio social, los correspondientes períodos de amortizaciones de las operaciones garantizadas, sus montos, eventuales incumplimientos y recuperos, resulta conveniente autorizar la constitución de un Fondo de Riesgo adecuado a las operaciones referenciadas.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que esta Subsecretaría es competente para el dictado de la presente disposición, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 81 de la Ley N 24.467, el Artículo 55 de la Ley N 25.300, los Artículos 3 y 17 del Decreto N 943 de fecha 15 de septiembre de 1997 y el Decreto N 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
ARTICULO 1 Autorízase a funcionar a CONFIABLES S.G.R. como Sociedad de Garantía Recíproca, con sede social en la calle Uruguay N 772, Piso 4, Oficina 42 de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en los términos de la Ley N 24.467 y su modificatoria la Ley N 25.300, inscripta en la Inspección General de Justicia dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el N 13.834
del Libro 29 de SOCIEDADES POR ACCIONES, y con los CIENTO VEINTE 120 socios partícipes que se mencionan en el Anexo que con CUATRO 4 hojas forma parte integrante de la presente disposición.
ARTICULO 2 Autorízase por el plazo de UN 1 año la suma total máxima que en concepto de aportes realizados por socios protectores podrá alcanzar el Fondo de Riesgo de CONFIABLES S.G.R., estableciéndose la misma en la cifra de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000.- bajo las modalidades y condiciones establecidas en el Artículo 3 de la presente disposición.
ARTICULO 3 Los socios protectores de CONFIABLES S.G.R. podrán realizar aportes al Fondo de Riesgo por hasta la suma total máxima de PESOS SEIS MILLONES $6.000.000.-, mientras que podrán completar el máximo autorizado de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000.- en sucesivos tramos de PESOS DOS MILLONES $2.000.000 cada uno. Las referidas integraciones parciales que importen un nuevo tramo sólo podrán efectuarse siempre que el grado de utilización de dicho Fondo en el otorgamiento de garantías resulte equivalente o superior al OCHENTA POR CIENTO 80%.
ARTICULO 4 CONFIABLES S.G.R. deberá presentar en carácter de Declaración Jurada y dentro de los TREINTA 30 días corridos de producido cada aporte/retiro al Fondo de Riesgo autorizado, copia del acta de Consejo de Administración que lo trató, confirmó y autorizó, todo ello en forma unánime, firmada por el Presidente y Síndico de la Sociedad, quienes además deberán suministrar un dictamen de Contador Público Nacional, con firma autenticada por el Consejo Profesional de su jurisdicción o entidad bancaria, que identifique el aportante e indique monto del aporte, fecha de constitución, especie, titular de la cuenta y depositario de los aportes efectuados al Fondo de Riesgo, todo lo cual deberá resultar refrendado y ratificado por la Sociedad de Garantía Recíproca mediante copia de la documentación respaldatoria y declaración en tal sentido. En caso de que la integración o el retiro del Fondo de Riesgo se materialice en forma parcial deberán presentarse tantos dictámenes, observando idénticas características a las mencionadas, como aportes/retiros hubiere.
Cuando en virtud de lo establecido en el Artículo 3 de la presente disposición CONFIABLES S.G.R.
acepte de sus socios protectores nuevos aportes al Fondo de Riesgo que impliquen acceder a un nuevo tramo dentro del monto total máximo autorizado deberá la misma remitir, en forma conjunta con la información del nuevo aporte, información correspondiente al Régimen Informativo establecido con carácter general para el Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca por el período comprendido entre la última fecha informada y el momento en que operó el supuesto de procedencia que habilitó el nuevo tramo.
ARTICULO 5 La presente disposición entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. FEDERICO IGNACIO POLI, Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Economía y Producción.

ANEXO
Se detalla a continuación la nómina de los CIENTO VEINTE 120 socios partícipes fundadores de CONFIABLES S.G.R., cada uno con su respectivo Código unico de Identificación Tributaria C.U.l.T.
N

Nombre o Razón Social
C.U.I.T. N

1
2 3
4 5
6

AGROEMPRENDIMIENTOS CHIAPPORI S.R.L.
AGUET JUAN ANTONIO
AGUILAR ATILIO SEBASTIAN
AMARILLO JORGE RAUL
ARDIACA ALBERTO GABRIEL
BERNARDI CARLOS GUIDO

30-70906688-5
20-12511942-6
20-04715504-6
20-13326819-8
23-23792058-9
23-17925633-9

BOLETIN OFICIAL Nº 30.812

N

Nombre o Razón Social
C.U.I.T. N

7
8 9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73

BOCHATAY RUBEN DARIO
BOFFELLI ORLANDO MARCOS HILARIO
BOFFELLI LUCAS EXEQUIEL
BONATO TERESA MARGARITA
BONNET OMAR RUBEN
BONNOT ROBERTO RUBEN
BOUJON DARIO RAUL
BRAÑAS JORGE RICARDO
BROSSARD OSCAR RAUL
BUCHCHAMER ANDRES ALFREDO
CABALLERO ROBERTO
CARBONI MARIA HERMINDA
CARNAGHI LUIS ALBERTO
CENDON CRISTIAN HERNAN CENDON GUSTAVO ADRIAN
CHIAPPORI LUIS, MARMETTO ANGELA Y OTROS S.H.
CORONEL MARCELO MIGUEL
CORTI GUILLERMO SANTIAGO
CUENCA JOSE ISMAEL
CUESTA GRACIELA HAYDEE
DE LELLIS MIGUEL ANGEL
DI BELLA ALFREDO SILVIO MAURICIO
DI BELLA GUILLERMO EUGENIO
DI BELLA MAURICIO
DIAZ EDUARDO ALBERTO
DOULAY ADEMARCO ELVIO
DOVRADO T. PAULA JOAQUIN
EGGS VICTOR GERMAN
ELIZALDE JOSE ARTURO
ESQUIVEL ADRIANA MATILDE
EULER ROBERTO ARNOLDO
FAVRE ISIDRO EULOGIO
FERNANDEZ RODOLFO SANTIAGO
FERRO SILVIA PATRICIA
FLORES ERNESTO LUIS
FRADEI S.A.
FRANCOU RENE ORLANDO
GABRIEL STWOL
GAILLARD ANIBAL RUBEN
GAILLARD HUGO ERNESTO
GALLO ARNALDO BASILIO
GARCIA VICTOR
GEMBERO ALICIA LILIANA
GIROLA LUIS JORGE
GOMEZ CARLOS ARIEL
GOMEZ CARLOS DANIEL
JARCZAK EDUARDO ENRIQUE
KINDERKNICH RUBEN DARIO
KOLESNIK LILIA
LABAYEN MARTIN LUIS
LABORATORIOS AVIAR S.A.
LARREA DORA BEATRIZ
LAS PUMAS DE ARECO S.R.L.
LUGRIN ROBERTO CARLOS
LUPPI HECTOR OSVALDO
MAFFIOLI JORGE ANDRES
MANENTE FERNANDO JOSE
MANTOVANI GRACIELA
MARTIN MIGUEL ANGEL
MARZANO OSVALDO RAUL
MELO OSCAR ALFREDO
MIGUEL JUAN ALFREDO
MOSCATELLI ISMAEL ISIDRO
MOUNTOT SERGIO DANIEL
MUNUAIN SUSANA HAYDEE
NEGRI MARCOS MARTIN
NOTALIBERTO JOSE RAMON Y NOTALIBERTO DANIEL
JOSE S.H.
NOTARI JAVIER RAFAEL
NOVILLO RICARDO MARIA
PAPA DOMINGO
PATO EDUARDO ENRIQUE
PATO PABLO MATIAS
PAVAN JORGE RAUL
PERERA GREGORIO NESTOR
PEREZ ESTELA
PEREZ MAURICIO OSCAR
PERROUCHOUD RUBEN OSCAR
PESENTI MIGUEL ANGEL
PONZIO JORGE ANTONIO
PUSCH OMAR ALBERTO JAVIER
RACIGH GUSTAVO RENE
RACIGH RUBEN HORACIO
RACIGH WALTER DARIO
RAPATTONI HECTOR Y GALANTE RICARDO S.H.
REPETTO FACUNDO ABEL
REYNOSO MARTA BEATRIZ INES
RICAGNO FRANCO
ROCHAIX HNAS. S.H.
ROCHAIX JUAN ALBERTO
RODRIGUEZ FELICIANO DOMINGO
RODRIGUEZ HUGO ORLANDO
RODRIGUEZ JUAN CARLOS
RUIZ MODESTO
SARASTI JUAN BAUTISTA
SCHULTHEIS ABEL ALEJANDRO
SCHULTHEIS HUGO EMILIO
SICCO CLORI ANILDA
SISTE OMAR EMILIO Y RUBEN ANGEL S.H.
TECNAVICO S.A.
TERAN BALTAZAR SERGIO

23-13051483-9
20-08492011-9
20-26989728-8
27-04502050-4
20-12757524-0
20-18008258-2
20-21978974-3
20-11931978-2
20-05833847-9
20-11551845-4
20-93438261-8
23-04210104-4
20-04389834-6
20-22419982-2
20-20000485-0
33-68353494-9
20-18096926-9
20-10622101-5
20-18072009-0
23-04958559-4
20-04751087-3
20-10711231-7
20-12815095-2
20-93168743-4
20-21592463-8
20-16609048-3
20-60284934-2
20-16614505-9
20-04908259-3
27-13027399-3
20-10380769-8
20-05825520-4
20-13561781-5
27-20037793-7
23-11442314-9
30-69971071-3
20-11911216-9
20-20987241-3
20-17075610-0
20-10685797-1
20-04710156-6
20-04270328-2
27-06079017-0
20-04126179-0
20-17954899-3
20-18575576-3
20-07625811-3
20-22696776-2
27-04529108-7
20-05482330-5
33-56875328-9
27-05207711-2
30-70871759-9
20-20681558-3
20-13366188-4
20-23725694-9
20-22850969-9
27-10527813-1
20-21673292-9
20-10731399-1
20-22385050-3
20-11628538-0
20-14128144-6
20-18288020-6
23-05968569-4
20-10324444-8

74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
106

30-70434455-0
20-22850981-8
20-16597920-7
20-14776489-9
20-10746973-8
20-29392463-6
20-07852619-0
20-04602223-9
27-05271722-7
20-24576191-1
20-13051406-6
20-08418211-8
20-04750703-1
20-14936923-7
20-17777376-0
20-18495834-2
20-23254971-9
30-65008366-7
20-27459977-5
27-04510575-5
20-24072359-0
30-66631055-8
20-04739551-9
20-04540837-0
20-12615802-6
20-17055341-2
20-05178812-6
23-13299460-9
20-05826105-0
20-05829617-2
27-03999292-8
30-63667028-2
30-66180533-8
20-04907787-5

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/12/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/12/2005

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9372

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/06/2024

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