Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, miércoles 7
de julio de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.437

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
Pág.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición 405/2004-AFIP
Estructura organizativa. Su modificación.

11

Disposición 409/2004-AFIP
Rotación de Personal en áreas de la Dirección General de Aduanas.

16

BELGRANO CARGAS
Resolución 430/2004-ST
Implementación del Documento de Consulta para potenciales interesados en adquirir mediante la suscripción de acciones, un porcentaje del Capital Social de la citada sociedad anónima.

5

COMBUSTIBLES
Resolución 344/2004-MPFIPS
Instrúyese a la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión para que ejerza las funciones de coordinación, control y fiscalización del cumplimiento del Acuerdo de Estabilidad del Precio del Gas Butano Envasado en Envases de 10 Kilogramos, suscripto entre la Secretaría de Energía y las empresas productoras y fraccionadoras de Gas Butano.

6

CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Decisión Administrativa 297/2004
Apruébase una contratación suscripta por el citado organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, bajo el régimen del Decreto Nº1184/2001.

3

2

ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 3757/2004-ANMAT
Acéptanse los resultados del estudio de equivalencia in vitro y biodisponibilidad del producto Zerit/
Estavudina, llevados a cabo por la firma Bristol-Myers Squibb Argentina S.R.L.

10

IMPUESTOS
Resolución General 1700-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº18, sus modificatorias y complementarias. Nómina de sujetos comprendidos.

4

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 12/2004-IGJ
Sustitúyese el texto de considerandos y parte dispositiva de la Resolución General Nº10/2004, referida a la inscripción en el Registro Público de Comercio del cambio de sede social de las sociedades por acciones y de responsabilidad limitada.

5

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Resolución Conjunta 41/2004-SSGPySH
Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas un cargo perteneciente al citado Instituto, del ámbito del Ministerio de Defensa.

7

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 293/2004
Apruébanse contratos celebrados por la Dirección Nacional Alterna Préstamo BIRF 4423-AR, para la ejecución del proyecto de Modernización del Estado.

2

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Decisión Administrativa 299/2004
Apruébase un contrato celebrado por la citada Jurisdicción en los términos del Decreto Nº1184/2001.

3

Decisión Administrativa 301/2004
Apruébase un contrato celebrado por la citada Jurisdicción en los términos del Decreto Nº1184/2001.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 295/2004
Apruébase una contratación celebrada por la citada Jurisdicción, en el marco de los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Continúa en página 2

DECRETOS
PROGRAMA ARRAIGO
Decreto 835/2004
Créase el Registro denominado Banco Social de Tierras, en el ámbito de la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales a conformarse con la información sobre inmuebles de dominio privado del Estado Nacional que puedan ser afectados a fines sociales.

Bs. As., 6/7/2004

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Decisión Administrativa 294/2004
Apruébase una contratación efectuada por el citado organismo descentralizado, con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº1184/2001.

Decisión Administrativa 300/2004
Apruébanse una contratación y una modificación contractual de la citada Jurisdicción, celebradas en los términos del Decreto Nº1184/2001.

Precio $ 0,70

VISTO el Expediente N E-18342-2004 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, las leyes Nº 23.697;
23.967; 24.146, N 23.302 y normas modificatorias y complementarias, y el Decreto N 591/92, y CONSIDERANDO:
Que por el indicado expediente tramita un proyecto de Decreto por el que se crea, en la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES PROGRAMA ARRAIGO, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL DE LA NACION, el REGISTRO denominado BANCO SOCIAL DE TIERRAS, a conformarse con la información sobre inmuebles de dominio privado del ESTADO
NACIONAL, que a tales efectos, los órganos de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, sus empresas y entes descentralizados, o todo otro ente donde el ESTADO NACIONAL tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, deberán brindar, en los plazos y condiciones que se determinen.
Que mediante los artículos 60, 61 y 62 de la Ley N 23.697 de EMERGENCIA ECONOMICA se dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL centralizará, coordinará e impulsará las acciones tendientes a agilizar las ventas de los inmuebles del dominio privado del ESTADO NACIONAL, de sus entes descentralizados o de otro ente en que el ESTADO NACIONAL o sus entes descentralizados, tengan participación total o mayoritaria de capital o de la formación de las decisiones societarias, que no sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones o gestión.
Que, por el Artículo 62 de la misma norma, se sustituye el artículo 6º de la Ley Nº 22.423
por el siguiente: Establécese que las entidades autárquicas nacionales, empresas, sociedades del Estado, encomendarán la venta de
los inmuebles a ellas afectados, que resulten innecesarios para su gestión a la Secretaría de Hacienda, la cual imputará los importes que recaudare por dicho concepto a los recursos de la entidad. El régimen previsto en el presente artículo será de aplicación optativa para aquellas entidades que posean por sus estatutos capacidad para la realización de enajenaciones inmobiliarias. Con carácter previo a toda tramitación tendiente a la adquisición de inmuebles, los mencionados organismos deberán requerir información a la Secretaría de Hacienda sobre la existencia de bienes disponibles.
Que mediante la Ley N 23.967 se dispone, entre otros puntos, que las tierras de propiedad del ESTADO NACIONAL, sus empresas y entes descentralizados o de otro ente donde el ESTADO NACIONAL tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, ocupadas por viviendas permanentes, serán transferidas a los Estados provinciales y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, hoy GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, para su posterior venta a los actuales ocupantes o incorporación a los planes provinciales de vivienda social, para familias de recursos insuficientes.
Que, por la Ley N 24.146, se establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL deberá disponer la transferencia a título gratuito a favor de Provincias, Municipios y Comunas, de bienes inmuebles innecesarios para el cumplimiento de sus fines o gestión de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, sus empresas y entes descentralizados o de otro ente donde el ESTADO NACIONAL tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, en los términos previstos en el artículo 60 de la Ley 23.697, en los casos y con el alcance que se especifican en los demás artículos de la misma norma.
Que, por el Decreto N 591/92, se aprueba el reglamento de la Ley N 23.967, estableciéndose que las tierras propiedad del ESTADO
NACIONAL mencionadas en el artículo 1 de la referida Ley N 23.967, serán transferidas con cargo al desarrollo de planes y programas para la radicación definitiva y la regularización dominial a favor de sus actuales ocupantes y su grupo familiar.
Que, por otra par te, mediante la Ley N 23.302, se declara de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades, disponiéndose la implementación de planes que permita el acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de
www.boletinoficial.gov.ar
4

PRESIDENCIA DE
LA NACION

4

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
3

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/07/2004

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9370

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/06/2024

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