Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.003 1 Sección N 1457, El día 27 de noviembre de 2001 vuestra Autoridad autorizó la toma de vista otorgando un plazo de 10 días al efecto mediante nota ENRG/GAL N 5653; El descargo fue notificado al ENARGAS el 21 de diciembre de 2001, fecha en que operaba el vencimiento del plazo para hacerlo, mediante nota AR/FZ/mr N 1584 .
Que, acompañó como prueba de lo antedicho copia de la Nota ENRG/GAL/GR/D N 5577, por medio de la que se notificara la imputación, Nota ENRG/GAL N 5653, a través de la que se concedió la vista solicitada, fijando el plazo a tal efecto; Nota por la que se solicitó la vista del expediente N
7293/01, y escrito de descargo.
Que, corresponde destacar, prima facie, que por imperio del artículo 65 de la Ley 24.076, el ENARGAS debe regirse por las prescripciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y sus disposiciones reglamentarias, con excepción de las regulaciones dispuestas expresamente en su propio articulado.
Que, en tal sentido, frente a la solicitud de vista de las actuaciones presentada por CAMUZZI
luego de notificada la imputación, la Autoridad Regulatoria concedió un plazo de diez 10 días hábiles administrativos, de conformidad a lo establecido en los artículos 38 y 76 del Decreto 1759/72 y en los apartados 4 y 5 del artículo 1 de la Ley 19.549.
Que, la presentación de un pedido de vista de las actuaciones posee, en el marco del derecho administrativo, la virtualidad de suspender los plazos para interponer recursos durante el tiempo en que se le conceda al efecto.
Que, a tal fin, el particular tiene el derecho a defenderse con amplitud en el procedimiento administrativo artículo 1, inc. f, LNPA y un requisito elemental para ello es el acabado conocimiento de las actuaciones que puedan afectarlo.
Que, sin perjuicio de que técnicamente existen diferencias teóricas entre recurso y descargo, pues el primero es una vía impugnatoria y el segundo constituye un acto de desagravio frente a la imputación cursada, los derechos de defensa y debido proceso adjetivo deben ser resguardados en todos los procedimientos aplicables cualquiera sea su naturaleza jurídica, constituyendo la vista una estricta expresión de su ejercicio.
Que, en efecto, el propio ordenamiento jurídico aplicable diferencia los institutos de descargo y recurso. El decreto reglamentario 1738/92, establece expresamente en el Capítulo XII Contravenciones y Sanciones Artículos 71 a 73, inciso 8 que En la aplicación de sanciones se seguirá el procedimiento que al efecto establezca el Ente con el debido respeto del derecho de defensa del imputado. A
tal efecto, deberá notificársele la imputación y otorgársele un plazo no inferior a diez 10 días hábiles administrativos para la producción del descargo pertinente.
Que, análogas consideraciones se repiten en el Capítulo X de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución Régimen de Penalidades. En particular, el punto 10.2.9 dispone que En forma previa a la aplicación de la sanción, se imputará el incumplimiento a la Licenciataría y se le otorgarán 10
días hábiles administrativos para la producción del descargo pertinente Contra las decisiones condenatorias, la Licenciataria podrá interponer el recurso judicial previsto en el artículo 73 de la Ley.

Viernes 11 de octubre de 2002

19

Por ello, SE RESUELVE:
Facultar para adquirir bienes, contratar servicios no personales y resolver liquidaciones y pagos de prestaciones de cualquier naturaleza, a la Sra. Administradora General del Poder Judicial de la Nación, previa participación del Comité respectivo de la Comisión de Administración y Financiera, por valores superiores a ciento treinta y cinco mil pesos $ 135.000; a la Sra. Administradora General del Poder Judicial de la Nación hasta un máximo de ciento treinta y cinco mil pesos $ 135.000, y a la Dirección General de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Nación hasta un máximo de seis mil seiscientos pesos $ 6.600.
Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. PABLO G. HIRSCHMANN, Secretario General del Consejo de la Magistratura.
Firmado por ante mí, que doy fe. MARGARITA A. GUDIÑO DE ARGELLES. MARIA LELIA
CHAYA. CLAUDIO M. KIPER. JORGE O. CASANOVAS. DIEGO J. MAY ZUBIRIA. JUAN C.
GEMIGNANI. BINDO B. CAVIGLIONE FRAGA. HUMBERTO QUIROGA LAVIÉ. EDUARDO D.
E. ORIO. ANGEL F. GARROTE. MARCELO STUBRIN. RICARDO GÓMEZ DIEZ. MIGUEL
A. PICHETTO.
e. 11/10 N 395.884 v. 11/10/2002
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución N 94/2002-SE
ACLARACION
En la edición del 10 de octubre de 2002, donde se publicó la citada norma bajo número de aviso oficial 395.473, se omitió consignar que correspondía a la Resolución N 94/2002.
e. 11/10 N 395.473 v. 11/10/2002

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición N 471/2002
S/finalización funciones, designación y rotación de Jefaturas en jurisdicción de la Dirección General Impositiva.
Bs. As., 8/10/2002
VISTO las presentes actuaciones, y
Que, las disquisiciones doctrinarias, empero, se han inclinado pacíficamente a interpretar ampliamente los efectos de la vista, sin limitarlos estrictamente a los recursos administrativos.
Que, por ello, y no obstante que los considerandos viciados de error no le han ocasionado un perjuicio cierto a la solicitante, en tanto por imperio del principio de informalismo a favor del administrado se ha resuelto la aplicación de la sanción merituando los argumentos obrantes en el descargo, aún cuando su presentación fuere calificada como extemporánea, corresponde hacer lugar al planteo de la peticionante, en tanto medió un error al efectuar el cómputo del plazo anterior a la solicitud de vista de las actuaciones, que sí debe ser contabilizado a los efectos de verificar el transcurso del término prefijado para interponer los recursos que la Ley reglamenta.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar a lo peticionado considerando al descargo del 21 de diciembre de 2001, como presentado en tiempo y forma.
Que, el presente acto se dicta de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 59
inciso a y h de la Ley 24.076 y lo previsto en el Sub-Anexo I del Decreto 2255/92.

CONSIDERANDO:
Que por las mismas, la Contadora Pública Mabel Beatriz RODRIGUEZ solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Jefa Interina de la Región Sur, medida que cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I y de la Dirección General Impositiva.
Que a su vez, las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y II proponen diversas rotaciones, finalización de funciones y designaciones en cargos de Jefatura en sus respectivas Jurisdicciones, con el acuerdo de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III en lo que atañe a funcionarios de su jurisdicción y de la Dirección General Impositiva.
Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto Nº 491/02 y su aclaratorio, Decreto Nº 601/02 artículo 2 se ha efectuado una evaluación de las medidas de que se trata, de la cual surge que no generan una mayor erogación presupuestaria, en razón de las modificaciones que las mismas implican.

Por ello EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Rectifíquese el error material contenido en la página 3 in fine de la Resolución ENARGAS N 2645, considerando temporánea la presentación del descargo incoado en los términos del artículo 10.2.9 del Capítulo X de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución.
ARTICULO 2 Notifíquese a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Ing. HECTOR E. FORMICA, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. JOSE ANDRES REPAR, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. OSVALDO R. SALA, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 11/10 N 395.630 v. 11/10/2002

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución N 274/02
En Buenos Aires, a los 2 días del mes de octubre del año dos mil dos, sesionando en la Sala del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, con la presidencia del Dr. Juan C. Gemignani, los señores consejeros presentes, VISTO:
Lo establecido mediante las resoluciones 2/99 y 232/99 de este Consejo de la Magistratura, y CONSIDERANDO:
1 Que es necesario adecuar las autorizaciones para efectuar contrataciones a fin de lograr una mayor agilidad en la tramitación de las cuestiones administrativas que se señalan en el artículo 18, inciso i, de la ley 24.937 t.o. por decreto 816/99.
2 Que la necesidad de actualización se torna impostergable debido a la variaciones de los índices de precios.
3 Que se tuvo en cuenta a los efectos de la modificación el índice CER, que al día 12 de septiembre es del 1,3527, por lo que corresponde efectuar un aumento del 35,27 por ciento.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º, punto 1 del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º Dar por finalizadas, a su pedido, las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Contadora Pública Mabel Beatriz RODRIGUEZ Legajo N 29.089/00 en el carácter de Jefa Interina de la Región Sur.
ARTICULO 2º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Contadora Pública Gladys Mabel BERTOGLIO Legajo N 28.317/30 en el carácter de Jefa Titular de la Agencia N 54 de la Región Oeste.
ARTICULO 3º Designar a la Contadora Pública Mabel Beatriz RODRIGUEZ en el carácter de Jefa Interina de la Agencia N 54 de la Región Oeste, a quien se le asignará en su oportunidad el agrupamiento escalafonario de acuerdo a lo establecido en la Disposición N 375/00 AFIP, conforme al nivel del cargo para el que fuera seleccionada oportunamente.
ARTICULO 4º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Luis Eduardo VAGABCULOW Legajo N 33.143/56 en el carácter de Jefe Interino de la Región Posadas, quien deberá reintegrarse a las funciones de Jefe Interino de la Agencia Sede Posadas de la Región mencionada, cargo para el que fuera seleccionado por Disposición N 105/00
AFIP.
ARTICULO 5º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Hugo Adolfo HALLEY CABRERA Legajo N 34.978/42 en el carácter de Jefe Interino de la Agencia Sede Posadas de la Región Posadas.
ARTICULO 6º Designar al Contador Público Hugo Adolfo HALLEY CABRERA en el carácter de Jefe Interino de la Sección Trámites de la Agencia Sede Posadas de la Región Posadas.
ARTICULO 7º Efectuar la rotación de Jefaturas de las Unidades de Estructura que en cada caso se indica en jurisdicción de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y II y en el carácter que se detalla a continuación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/10/2002

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9337

Primera edición02/01/1989

Ultima edición16/05/2024

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