Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 15 DE ENERO DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.816

1

SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

REGISTRADO BAJO EL N 25.539
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL UNO.

e concesiones comerciales conferidas por ley o por contrato, incluyendo las concesiones para investigar, cultivar, extraer o explotar los recursos naturales.

RAFAEL PASCUAL. MARIO A. LOSADA.
Guillermo Aramburu. Juan C. Oyarzún.
ACUERDO
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
y EL GOBIERNO DE NUEVA ZELANDIA
PARA LA PROMOCION Y PROTECCION
RECIPROCA DE LAS INVERSIONES
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de Nueva Zelandia en adelante cada uno denominado la Parte Contratante;
Deseosos de crear las condiciones favorables para una mayor cooperación económica para el beneficio mutuo de los dos países y de mantener las condiciones justas y equitativas para las inversiones de los inversores de una Parte Contratante en el territorio de la otra Parte Contratante, Reconociendo que el estímulo y la protección recíproca de dichas inversiones extranjeras conducirá a la prosperidad económica de ambos países, Han acordado lo siguiente:
Artículo 1
Definiciones A los propósitos del presente Acuerdo:

a toda persona física que sea nacional o residente permanente de una Parte Contratante de conformidad con sus leyes; y
ACUERDOS
Ley 25.539
Apruébase un Acuerdo suscripto con el Gobierno de Nueva Zelandia para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones.
Sancionada: Noviembre 27 de 2001.
Promulgada de Hecho: Enero 7 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Apruébase el ACUERDO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE NUEVA ZELANDIA PARA LA PROMOCION Y PROTECCION
RECIPROCA DE LAS INVERSIONES, suscripto en Buenos Aires el 27 de agosto de 1999, que consta de CATORCE 14 artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

y por comunicados y suficientemente circulados dentro
vención, diseños industriales, marcas comerciales, nombres comerciales, procesos técnicos, derechos de diversidad de planta, know-how y fondo de comercio;

1 inversor se refiere a:

LEYES

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

ARTICULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

PRESIDENCIA DE LA NACION

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

b toda sociedad anónima, sociedad por partes de interés, compañía, empresa, organismo de negocios, u otra entidad reconocida con personería jurídica, establecida, registrada, constituida, o de lo contrario debidamente organizada de conformidad con las leyes vigentes de una Parte Contratante la cual tenga su sede central ubicada en el territorio de esa Parte Contratante.
2 inversión se refiere, de conformidad con las leyes y reglamentaciones de la Parte Contratante en cuyo territorio se efectúe la inversión, todo tipo de bien que haya invertido un inversor de una Parte Contratante en el territorio de la otra Parte Contratante de conformidad con las leyes de esta última Parte Contratante. Incluye, aunque no de modo exclusivo, cualquier:
a propiedad mueble o inmueble y cualquier otro derecho de propiedad tales como hipotecas, usufructos, garantías o prendas;
b acciones, títulos, debentures e intereses similares en empresas;
c títulos o indemnización de dinero o de cualquier cumplimiento en virtud de un contrato con valor financiero, préstamos sólo incluidos cuando estén relacionados directamente a una inversión específica;
d derechos de propiedad intelectual incluyendo especialmente los Copyright, patentes de in-

Un cambio en la forma en que se invierten los bienes no afecta su carácter de inversiones, siempre que los bienes sigan siendo invertidos de conformidad con las leyes y reglamentaciones de la Parte Contratante que los recibe.
3 ganancias se refiere a un monto de dinero obtenido o derivado de una inversión incluyendo, aunque no de modo exclusivo, beneficios, ganancias, dividendos, intereses, incrementos de capital, regalías, el producto de la liquidación, reembolsos de préstamos y aranceles;

4 territorio se refiere al territorio nacional de cualquiera de las Partes Contratantes incluyendo las zonas marítimas adyacentes y más allá del límite externo del mar territorial del territorio nacional, sobre el cual la Parte Contratante correspondiente podrá, de conformidad con el derecho internacional, ejercer derechos o jurisdicción de soberanía.
Artículo 2
Alcance de la aplicación 1 El presente Acuerdo se aplicará a las inversiones de inversores de la otra Parte Contratante en el territorio de una Parte Contratante efectuadas de conformidad con sus leyes, normas y reglamentaciones, anteriores o posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo. No obstante no se aplicará a las diferencias o controversias que surjan de las medidas tomadas por cualquiera de las Partes Contratantes con anterioridad a su entra-

SUMARIO
Pág.
ACUERDOS
Ley 25.539
Apruébase un Acuerdo suscripto con el gobierno de Nueva Zelandia para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones.
Ley 25.540
Apruébase un Acuerdo suscripto con el Gobierno de la República de la India sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones.
ACTIVIDAD NUCLEAR
Resolución 37/2001-ARN
Apruébase la Norma AR 4.1.1. Exposición Ocupacional en Reactores Nucleares de Investigación.
COMISION NACIONAL
DE VALORES
Resolución General 386/2002-CNV
Fondos Comunes de Inversión. Artículo 19 del Capítulo XXVIII de las Normas N.T. 2001.
DESIGNACIONES
Decreto 85/2002
Etica en el Ejercicio de la Función Pública.
Adóptanse medidas en relación a aquéllas que se sometan a la firma del Primer Magistrado.
ESPECIALIDADES
MEDICINALES
Disposición 73/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos biomédicos marca Bio Tau elaborados y comercializados por el establecimiento de la Sra. María Cristina Roig.
Disposición 106/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como:
Varedet 500 / Vancomicina 500 mg, lote 80343, vencimiento 10/2002.
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 78/2002
Apruébase la estructura organizativa de la citada jurisdicción.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 86/2002
Desígnase Subsecretario de Coordinación MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 79/2002
Desígnase Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos.
Decreto 80/2002
Desígnase Fiscal de Control Administrativo de la Oficina Anticorrupción.

1

3

Pág.
Decreto 81/2002
Desígnase Director de Planificación de Políticas de Transparencia de la Oficina Anticorrupción.

11

Decreto 82/2002
Desígnase Director de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción.

11

Decreto 83/2002
Desígnase Subsecretario de Justicia y Asuntos Legislativos de la Secretaría de Justicia y Asuntos Legislativos.

11

Decreto 84/2002
Desígnase Subsecretario de Coordinación.

11

MUTUALES
Resolución 23/2002-INAES
Declárase que el retiro del ahorro de los socios de las entidades mutuales que prestan el servicio de ayuda económica mutual deberá adecuarse en su operatoria a las prescripciones del artículo 2 inc.
a del Decreto N 1570/2001

12

SANIDAD ANIMAL
Disposición Conjunta 1/2002-DNFA y 13/2002-DNSA
Modificación del Anexo I de la Disposición Conjunta N 5/2001-DNFA y N 18/2001-DNSA, referente al ingreso de animales susceptibles a la Región Mesopotámica
22

SEGURIDAD RADIOLOGICA
Resolución 36/2001-ARN
Adecuación del contenido de diversas Normas de la Autoridad Regulatoria Nuclear a la nueva clasificación de instalaciones establecida en la Norma AR 10.1.1 Norma Básica de Seguridad Radiológica.

13

SERVICIOS POSTALES
Resolución 17/2002-CNC
Inscríbese a la empresa LYST S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales
12

SOCIEDADES DEL ESTADO
Decreto 87/2002
Acéptase la renuncia de la Presidenta del Directorio de la Sociedad del Estado Casa de Moneda.

11

Decreto 88/2002
Desígnase Presidente del Directorio de la Sociedad del Estado Casa de Moneda.

11

12

12

11

23

23

4

11

FE DE ERRATAS
Decreto N 1676/2001

11

11
AVISOS OFICIALES
11

Nuevos
24

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/01/2002

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/05/2024

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