Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.999 1 Sección Secretaría de Industria, Comercio y Minería
IMPORTACIONES
Resolución 672/98
Determínase que, la información contenida en los certificados de origen establecidos como consecuencia del Régimen instituido por la Resolución Nº 763/96-MEYOSP, integrará la base de datos del programa de monitoreo de importaciones. Presentación que deberán realizar los interesados, en oportunidad de la verificación a que se refiere el Artículo 11 de la mencionada Resolución.
Bs. As., 7/10/98
VISTO el Expediente Nº 061-007322/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Nros. 763 del 7 de junio de 1996
y 381 del 1 de noviembre de 1996 se ha dispuesto el alcance, contenido y condiciones de exigibilidad a la que debe ajustarse la certificación de origen como consecuencia de la aplicación de instrumentos de política comercial no preferencial y la presentación de dicho documento junto con el resto de la documentación aduanera a efectos de tramitar el despacho de ciertas destinaciones de importación.

caderías y que la verificación de los funcionarios acreditados en el exterior en los referidos consulados sea practicada por la Dirección General de Asuntos Consulares del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo normado en la Ley de Ministerios t.o. en 1992 los decretos Nros. 101
de fecha 16 de enero de 1985 y 1183 del 12
de noviembre de 1997 y en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 763/96 y lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 1316 del 17 de diciembre de 1997

EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º La información contenida en los certificados de origen establecidos como consecuencia del Régimen instituido por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 763/96 integrará la base de datos del programa de monitoreo de importaciones.
Art. 2º A los efectos de la implementación de lo dispuesto por el Artículo 1º de la presente resolución, los interesados deberán presentar UNA 1 copia fotostática de cada uno de los certificados de origen, en oportunidad de la verificación a que se refiere el Artículo 11 de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 763/96.

Que esta Secretaría ha implementado un programa de monitoreo de las importaciones con el objeto de disponer de la más amplia información que permita la confrontación de datos de distintas fuentes, con el objeto de evaluar el desempeño de ciertas importaciones y elaborar diagnósticos tendientes a implementar medidas correctivas que pudieran resultar necesarias.

Art. 3º No se dará trámite a la verificación de la intervención en los certificados de origen de los funcionarios acreditados en el exterior en consulados argentinos en caso de no cumplimentarse lo dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

Que por las resoluciones citadas en el primer considerando, se ha establecido que la legalización de los referidos certificados sea efectuada por el consulado argentino con jurisdicción en el país de origen de las mer-

2

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1183 de fecha 12 de noviembre de 1997.
Por ello, EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º Sustitúyase el Anexo I de la Resolución M.E. y O. y S. P. Nº 482/98 por el Anexo que en NUEVE 9 planillas forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alieto A. Guadagni.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 676
BIENES INTEGRANTES DE PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS INDUSTRIALES CON DESTINO A UNA PLANTA PARA LA PRODUCCION DE POLICLORURO DE
VINILO PVC, CLORO SODA Y CLORURO DE VINILO MONOMERO CVM.

Por ello,
Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en su calidad de Autoridad de Aplicación, ha dispuesto los casos y modalidades en que el certificado de origen es exigible.

Que la información contenida en los mencionados certificados de origen resulta necesaria para completar la base de datos del programa de monitoreo al que se alude en el considerando anterior por lo que se torna indispensable disponer de una copia de los mismos.

Martes 13 de octubre de 1998

Art. 4º Las copias así recepcionadas serán puestas a disposición de la Subsecretaría de Comercio Exterior de esta Secretaría, la que coordinará con la Subsecretaría de Asuntos Consulares del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO los aspectos administrativos que resultaren pertinentes.
Art. 5º La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alieto A. Guadagni.

Secretaría de Industria, Comercio y Minería
IMPORTACIONES

SUBPARTIDA
ARMONIZADA

CANTIDAD

3802.10
3815.12.

48 m3
5 m3

3902.10

4 m3

3914.00

24 m3

3917.33

5104 mts.

3926.90
3926.90

1
3

4009.50

4

7304.49

1336 mts.

7306.40

3157 mts.

7307.21
7307.22
7307.23

823
120
1558

7307.29

624

7308.90

72 t
7309.00
7310.10

43
1

7326.90
7407.10
7611.00

40
21 t 4

8108.90
8402.19
8404.10
8413.50
8413.60
8413.70
8413.70
8413.70
8414.10
8414.80
8414.80
8414.90
8414.90

1
1 1
7 3
4 34
67
11
9 7
2 5

8417.80
8417.80
8418.61

1
1 3

8419.39
8419.40
8419.40
8419.40
8419.40

1
2 1
1 3

8419.40
8419.50
8419.50
8419.50
8419.50
8419.89
8419.89
8419.89

1
1 11
13
3 1
1 2

8419.89
8419.89

2
1

8419.90

5

8421.19
8421.19
8421.21
8421.29
8421.29

8
2 2
15
2

Resolución 676/98
Modifícase la Resolución Nº 482/95-MEYOSP, en relación a los bienes integrantes de Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales con destino a una planta para la producción de policloruro de vinilo PVC, cloro soda y cloruro de vinilo monómero CVM, de la firma Indupa Sociedad Anónima, Industrial y Comercial.
Bs. As., 8/10/98
VISTO el Expediente Nº 061-004658/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la firma INDUPA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL ha sido beneficiada por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 a través de la Resolución del MINISTERIO ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 482 de fecha 23
de abril de 1998.
Que resulta necesario sustituir productos al listado de bienes del Anexo I de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 482/98 que otorgara el beneficio, a fin de mejorar el proceso de producción, reduciendo al mismo tiempo el consumo de energía eléctrica.
Que el proyecto cuenta con un informe técnico favorable, complementario del original, emitido por la PLANTA PILOTO DE INGENIERIA QUIMICA PLAPIQUI dependiente de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR y del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS CONICET.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

DESCRIPCION

Carbón activado para relleno de columnas.
Iniciador y acelerador de reacción constituido por platino paladio soportado sobre alúmina.
Polipropileno a granel para relleno arrestagotas de columnas.
Resinas de intercambio iónico para relleno de columnas.
Tubos de polímeros de cloruro de vinilo PVC, con accesorios de tubería.
Chimenea de plástico reforzado con fibra de vidrio.
Recipientes de plástico reforzado con fibra de vidrio con capacidad mayor a 300 l.
Brazos telescópicos reforzados, de caucho, con accesorios para carga y descarga de medios de transporte.
Tubos sin costura de acero inoxidable, laminados en caliente de diámetro exterior inferior a 229 mm.
Tubos con costura de acero inoxidable de diámetro exterior inferior a 406 mm.
Bridas de acero inoxidable no moldeadas Codos y manguitos de acero inoxidable, roscados.
Accesorios de tubería para soldar a tope, de acero inoxidable.
Accesorios: uniones te, reducciones, casquetes, cuplas, de acero inoxidable.
Chapas, barras, perfiles y tubos, de acero, preparados para la construcción.
Depósitos de acero de capacidad superior a 300 l.
Depósito de acero de capacidad superior o igual a 50 l. e inferior o igual a 300 l.
Discos de ruptura de acero.
Barras de cobre refinado.
Silos de almacenaje de aluminio de capacidad superior a 300 l.
Recipiente de titanio de capacidad superior o igual a 50 l.
Caldera de vapor humotubular de 8 t/h. de capacidad.
Sobrecalentador de vapor auxiliar de caldera.
Bombas volumétricas alternativas.
Bombas volumétricas rotativas.
Bombas centrífugas.
Bombas centrífugas de caudal menor o igual a 300 l/min Bombas centrífugas con caudal mayor a 300 l/m Bombas de vacío.
Compresores de aire.
Compresores de gas hidrógeno.
Silenciadores para bombas de vacío.
Silenciadores de aire de entrada y salida de compresores.
Horno industrial de pirólisis.
Incinerador de gas o líquido, a gas.
Grupos frigoríficos de compresión con condensador constituido por un intercambiador de calor con capacidad mayor a 30.000 frigorías/hora.
Secador de lecho fluidizado.
Columnas de destilación.
Absorbedora tipo columna de destilación.
Torre de destilación de cloro y agua.
Aparatos de destilación o rectificación de soda cáustica scrubbers.
Aparato destilador para remoción de amoníaco.
Intercambiador de calor mat. grafito.
Intercambiadores de calor tubulares metálicos Intercambiadores de calor de placas.
Intercambiadores de calor metálicos Torre de enfriamiento.
Calentador de salmuera filtrada.
Recipientes refrigeradores con dispositivo de circulación de fluido refrigerante.
Calentadores a vapor.
Reactor para cloración con dispositivo de enfriamiento por circulación de fluido refrigerante.
Bandejas de columnas de destilación para productos pesados, livianos y agua.
Ciclones para depuración de gases.
Decantadoras centrífugas.
Filtros para agua.
Filtros para líquidos.
Columnas filtrantes de líquidos con carbón activado.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/10/1998

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9347

Primera edición02/01/1989

Ultima edición26/05/2024

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