Boletín Oficial de la República Argentina del 09/09/1997 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 9 DE SETIEMBRE DE 1997

AÑO CV

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.726
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO O CAMPO
MINISTRO

1

ALBER TO R. PIERRI. CARLOS RUCKAUF.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.

DR. CARLOS G. OCAMPO
SECRETARIO

1994
VISTO:

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa Sumario 3 Sección Contrataciones del Estado

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 712.478

LEYES
EDUCACION

Lo establecido por el artículo 63 de la Ley Federal de Educación en cuanto a la formalización de un Pacto Federal Educativo participando como firmantes del mismo, el Estado Nacional, los Gobiernos Provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires; y CONSIDERANDO:
La Educación como un bien social prioritario para todos los argentinos;
La necesidad de coordinar esfuerzos para optimizar su eficacia y calidad en todo el Territorio Nacional;
La necesidad de garantizar la integración del Sistema Educativo Argentino, articulando las diversidades propias de las distintas regiones y jurisdicciones;
La necesidad de acordar un marco y pautas comunes para la implementación de la Ley Federal de Educación, como instrumento para abordar los profundos cambios que la realidad educativa argentina reclama;
La necesidad de avanzar en la transformación del Sistema Educativo Argentino, garantizando una eficiente asignación de los recursos presupuestarios de las jurisdicciones, asegurando su equilibrio;
Que estos objetivos requieren la convergencia de las distintas voluntades y responsabilidades para la fijación de políticas de estado que trasciendan los períodos inmediatos y las coyunturas circunstanciales;

Ley Nº 24.856
Pacto Federal Educativo. Ratificación.
Sancionada: Agosto 6 de 1997.
Promulgado: Septiembre 1º de 1997.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Ratifícase el PACTO FEDERAL
EDUCATIVO suscripto en la ciudad de San Juan, a los ONCE 11 días del mes de setiembre de 1994, por el señor Presidente de la Nación, los señores Ministros del Interior y de Cultura y Educación, y los señores representantes de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Tucumán y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y al que se incorporara el 24 de enero de 1995, el señor representante de la Provincia del Chubut, y cuya copia autenticada forma parte integrante de la presente ley.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

y por comunicados y suficientemente circulados dentro
REGISTRADO BAJO EL Nº 24.856

PACTO FEDERAL EDUCATIVO

DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación
de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Por ello;
El Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, acuerdan firmar el presente PACTO
FEDERAL EDUCATIVO.

CAPITULO I
Los miembros firmantes se comprometen a orientar sus acciones en función de los siguientes Objetivos Generales:
I. Afianzar la identidad cultural como base estructural y garantía de la Unidad Nacional, integrando las particularidades provinciales y locales.
II. Consolidar y fortalecer la vigencia de los valores establecidos en la Ley Federal de Educación.
III. Promover la Justicia Social como objetivo permanente, a través de las políticas educativas específicas pertinentes.
IV. Profundizar el rol de la Educación como motor de crecimiento impulsando el desarrollo
SUMARIO
Pág.

Pág.
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 876/97-SICYM
Declárase procedente la apertura de investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones de medidores volumétricos de gas a diafragma, originarios de la República Federativa del Brasil.

6

COMISION NACIONAL
DE VALORES
Resolución General 298/97-CNV
Incorporación del inciso h. al artículo 40, Capítulo XVI, Libro V de las Normas C.N.V. - Nuevo Texto 1997.

5

DEUDA PUBLICA
Resolución 389/97-SH
Dispónese la emisión de Bonos de Consolidación en Moneda Nacional - Segunda Serie y en Dólares Estadounidenses - Segunda Serie, de acuerdo con la opción ejercida por los beneficiarios de la Ley Nº 24.411.

5

EDUCACION
Ley Nº 24.856
Pacto Federal Educativo. Ratificación.

1

IMPORTACIONES
Resolución 877/97-SICYM
Considérase a la firma Molinos Río de La Plata S.A. continuadora del proyecto presentado por Fidear S.A., para la instalación de una planta que estará afectada a la fabricación de una nueva línea de pastas alimenticias.
Resolución 878/97-SICYM
Considérase a CMS Ensenada S.A. continuadora del proyecto presentado por UTE - Empresa de Energía y Vapor S.A.
CMS Ensenada S.A., para la instalación de una planta que estará afectada a la prestación del servicio de cogeneración de energía eléctrica y vapor.
INDUSTRIA
Resolución 881/97-SICYM
Modifícase la Resolución Nº 333/96, por la que se aprobó la solicitud de excepción en el marco de su similar Nº 824/95-MEYOSP, interpuesta por la firma Sociedad Anónima Lito Gonella e Hijo, Industrial, Comercial, Financiera e Inmobiliaria.
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 879/97-SICYM
Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma Thompson Ramco Argentina Sociedad Anónima.
JUSTICIA
Resolución 143/97-MJ
Nómbrase Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante el Tribunal
6

6

Oral en lo Criminal Federal de La Rioja.

5

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Y PREVISIONALES
Resolución 15/97-AFIP
Regímenes de Promoción. Ley Nº 23.697 y sus normas complementarias. Decretos Nros. 435/90, 804/
96 y 1125/96. Otorgamiento anticipado de Bonos de Consolidación de Deudas y Certificados de Crédito Fiscal. Utilización del remanente de Bonos de Crédito Fiscal y de Certificados de Crédito Fiscal. Garantías. Resoluciones Generales Nros. 4182
DGI y su modificatoria, 4209 DGI
y sus modificaciones y 4212 DGI.
Sus modificaciones.

3

OBRAS SOCIALES
Resolución 135/97-INOS
Dase de baja a la Obra Social del Transporte Automotor de Rosario del Registro Nacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud.
Designación de Delegada Liquidadora.

5

Resolución 136/97-INOS
Desígnase Delegado Liquidador de la ex-Obra Social de Forja Argentina S.A.

5

REGISTRO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Disposición 882/97-RNPAYCP
Modifícase el Digesto de Normas Técnico-Registrales en relación a la Verificación de los Automotores e Inscripción Inicial de Automotores Subastados.

8

SISTEMA INTEGRADO DE
JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución 67/97-SSS
Amas de Casa. Aclárase el artículo 2º de la Ley Nº 24.828.

3

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
10

Anteriores
20

7

AVISOS OFICIALES
7 Nuevos
10

Anteriores
20

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/09/1997 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/09/1997

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

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