Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/1/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 28 de enero de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 2249

A cada pregunta se le asignará una puntuación de 0,10 puntos. Se otorgará la puntuación de 0,10 puntos a cada pregunta contestada correctamente, la puntuación de 0,00 puntos a las no contestadas y restando 0,025 puntos cada pregunta contestada incorrectamente.
La puntuación máxima a obtener en este ejercicio será de 3,00 puntos y para superarlo los aspirantes deberán obtener al menos 1,5 puntos.
Los resultados del primer ejercicio de la fase de oposición se harán públicos en el tablón de anuncios electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija junto con la convocatoria del segundo ejercicio de la fase de oposición.
B. Segundo ejercicio:
Consistirá en la lectura ante el Órgano de Selección del proyecto adjunto a la solicitud de participación en el proceso relativo a descripción de alguna ruta o línea de actuación que permita fomentar el turismo a nivel comarcal, detallando los fines perseguidos e identidad con el territorio así como programación de actuaciones en orden a su difusión y divulgación en el ámbito público y privado.
El plazo para la presentación y entrega del proyecto será el mismo que el de presentación de solicitudes.
El proyecto tendrá una extensión máxima de 7 páginas en papel A4, con márgenes de 3,00 cm, y se presentará con tipo de letra y tamaño Times New Román 12, y a doble interlineado en original. El proyecto será leído por el aspirante ante el Órgano de Selección pudiendo ser interpelado por el referido Órgano.
El tiempo máximo para la lectura será de quince minutos. Los aspirantes serán convocados para la reseñada exposición al igual que para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición consistente en examen tipo test en llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquél aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarlo.
La puntuación máxima a obtener en este ejercicio será de 3,00 puntos y para superarlo los aspirantes deberán obtener al menos de 2,00 puntos.
2 Fase de concurso:
La fase de concurso, que alcanzará una puntuación máxima de 4,00 puntos, se concreta en la valoración de méritos acreditados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición relacionados con su experiencia profesional. Sólo será objeto de valoración la experiencia profesional en puestos de trabajo análogos al que es objeto de la convocatoria Agente Turismo o Agente de Dinamización Turística - Categoría de Administrativo, Grupo de Clasificación C1 o equivalente o Grupo de Cotización 5 acreditada simultáneamente a través del informe de vida laboral y contratos de trabajo u actas de toma de posesión y cese o certificados acreditativos de prestación de servicios en caso de prestación de servicios en el ámbito de la Administración Pública dichos certificados deberán ajustarse obligatoriamente al Anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978,de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública.
La reseñada experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 4,00 puntos de conformidad con los siguientes criterios:
Experiencia profesional en plaza o puesto similar al solicitado en cualquier Administración Pública: por cada mes de trabajo se concederá 0,25 puntos.
Experiencia profesional en plaza o puesto similar al solicitado en el sector privado: por cada mes de trabajo se concederá 0,10 puntos.
Los periodos de trabajo resultantes inferiores a un mes no serán objeto de valoración.
Séptima.Calificación definitiva y documentación a aportar.
El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de Oposición y fase de Concurso. La puntuación máxima será de 10 puntos 6 puntos de la fase de oposición -3 puntos el primer ejercicio y 3 puntos el segundo ejercicioy 4 puntos en la fase de concurso.
En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición, y en segundo lugar, a favor del/la aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
Se considerará aprobado el aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija la designación de suplentes siempre que se hubiere superado el proceso selectivo a efectos de posibles sustituciones. Se entenderá superado el proceso selectivo cuando la calificación final sea igual o superior a 5,00 puntos, y sin perjuicio del carácter eliminatorio de los dos ejercicios de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición y concurso, el Órgano de Selección hará pública la relación provisional de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. Dicho anuncio concretará día, hora y lugar a efectos de posibles reclamaciones o alegaciones.
Octava.Nombramiento y contratación.
Finalizado el proceso selectivo y concluido el periodo de alegaciones precitado, el Órgano de Selección hará pública la relación definitiva de candidatos con especificación de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de puntuación. Dicha relación será elevada al Sr. Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con propuesta de aceptación.
Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, a la Presidencia de la referida entidad supramunicipal a efecto del correspondiente nombramiento.
El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han superado la selección un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.
El aspirante propuesto presentará en la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija dentro del plazo máximo de tres días naturales a partir de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de edictos electrónico de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, documentación adicional a la ya aportada que fuere requerida por esta última.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el candidato propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.
Cumplidos los trámites señalados en las presentes Bases, se procederá al nombramiento a favor del aspirante seleccionado, formalizándose la contratación laboral objeto de esta convocatoria y quedando sometido al régimen de incompatibilidades previsto legalmente para los empleados públicos.
De no formalizar el contrato laboral en el plazo requerido, sin causa justificada, se entenderá, en todo caso, como renuncia a la plaza obtenida.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha28/01/2020

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031