Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 189

Viernes 16 de agosto de 2019

Mataderos:
1 vivienda por cabeza sacrificada.
Piscina Pública: 1 vivienda por cada 25 m3. de capacidad.
En el caso de usos industriales deberá justificarse la equivalencia adoptada en función de las características de la actividad.
3. Al objeto de evitar sedimentaciones y erosiones, las velocidades de las aguas residuales deberán quedar comprendidas entre sesenta centímetros y tres metros cincuenta centímetros por segundo. En caso de rebasar estos límites, deberán justificarse soluciones constructivas que atenúen las sedimentaciones y erosiones.
4. La dimensión mínima de los conductos será de treinta centímetros para la red exterior, y veinte centímetros para la red interior a los edificios y parcelas edificables.
Artículo 3.4.3.2.Criterios de diseño.
1. La red se organizará preferentemente siguiendo el sistema unitario. Su trazado discurrirá por el viario y espacios públicos no edificables, adoptándose, a ser posible, pendientes iguales a las del terreno.
2. La red irá ubicada bajo el acerado, duplicándose a ambas aceras en calles de ancho mayor de veinte metros.
Cuando la red discurra por una única acera se dispondrán conductos de paso a través de la calzada con sus correspondientes pozos de registro en la acera opuesta, cada cincuenta metros.
3. Se dispondrán pozos de registros en acometidas, encuentros de conductos, cambios de pendiente, sección o dirección y, en todo caso, cada cincuenta metros. Los pozos serán de sección circular cuando los conductos que acometan al mismo sean de diámetros inferiores o iguales a sesenta centímetros. Serán de sección rectángular cuando los diámetros de los conductos sean superiores.
4. Se dispondrán cámaras de descargas en las cabeceras de la red.
5. Se dispondrán pozos de resaltes cuando las diferencias de cotas de los tubos que acometen al pozo sea igual o superior a ochenta centímetros.
6. Se dispondrán sumideros de recogida de aguas de lluvias y riego a distancias no mayores de cincuenta metros y sin que la superficie de, recogida exceda de seiscientos metros cuadrados.
Sección 4.
Red exterior de electricidad, alumbrado público y red de telefonía Artículo 3.4.4.1.Red exterior de electricidad y alumbrado público.
1. La red exterior de distribución de electricidad en baja tensión se diseñará y calculará de acuerdo con la normativa de la compañía suministradora.
El trazado a la red discurrirá por el viario y espacios públicos no edificables, y se instalará preferentemente enterrada.
2. La red de distribución de electricidad en alta y media tensión, actuales y futuras, que discurran por áreas urbanas y por áreas urbanizables a medida que se urbanicen, se instalarán enterradas.
3. En el cálculo del alumbrado público, para lo no previsto en la normativa española se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Comisión Internacional de Iluminación C.I.E.. Las luminarias y sus soportes se atendrán a las determinaciones que establezca el Ayuntamiento.
Artículo 3.4.4.2.Red de telefonía.
Los proyectos de urbanización incluirán la ejecución de la red de telefonía. Su trazado seguirá el del viario y espacios públicos no edificables, y será preferentemente subterráneo. Su cálculo y diseño se atendrá a la normativa de la Compañía Telefónica.
Sevilla, marzo de 1997.
Félix Sánchez Lancha, Arquitecto.
Las Navas de la Concepción a 9 de agosto de 2019.El Alcalde, Andrés Barrera Invernón.
6W-5894

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/08/2019

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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