Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/12/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2
Paraná, Sala de Sesiones, 28 de noviembre de 2018
Adán Humberto Bahl Presidente H.C. de Senadores Natalio Juan Gerdau Secretario H.C. de Senadores Sergio Daniel Urribarri Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 14 de diciembre de 2018
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Ministerio de Gobierno y Justicia, 14 de diciembre de 2018. Registrada en la fecha bajo el Nº 10648. CONSTE Rosario M. Romero.
LEY Nº 10649
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1.- Declárese Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Cultural de la Provincia de Entre Ríos, al edificio del Club Social de Nogoyá, sito en calle San Martín y Centenario de la ciudad de Nogoyá.
Art. 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, o el organismo que en el futuro lo reemplace, deberá arbitrar los medios para incluir al edificio del Club Social de Nogoyá, en el Programa de Protección del Patrimonio Cultural.
Art. 3.- Establézcase que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, adoptará las medidas necesarias para la promoción y difusión de su valor histórico, arquitectónico y cultural.
Art. 4.- Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 28 de noviembre de 2018
Adán Humberto Bahl Presidente H.C. de Senadores Natalio Juan Gerdau Secretario H.C. de Senadores Sergio Daniel Urribarri Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 14 de diciembre de 2018
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Ministerio de Gobierno y Justicia, 14 de diciembre de 2018. Registrada en la fecha bajo el Nº 10649. CONSTE Rosario M. Romero.

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 1788 MPIyS
FACULTANDO A EMITIR PAGO
Paraná, 21 de junio de 2018
VISTO:
La deuda contraída con la empresa CEMYC
SRL, por la ejecución de la obra Nueva Unidad de Terapia Intensiva, Servicios de Diagnóstico y Tratamiento y Reestructuración de áreas complementarias Hospital San Martín" - Paraná, Departamento Paraná"; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 180 SSAyC, de fecha 5 de octubre de 2017 se reconoció el reclamo efectuado por la empresa CEMYC SRL, aprobándose en consecuencia la liquidación de la deuda contraída con la misma por la suma de $ 171.267,02, en concepto de intereses por pago fuera de término de los Certificados de Obra Nº 1 al Nº 7 y sus anexos; y
BOLETIN OFICIAL
Que han tomado intervención en lo que hace a sus respectivas competencias el Departamento Costos, la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, la Contaduría General de la Provincia y la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios. Asimismo, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 307/16 MPIyS; y Que corresponde encuadrar la presente gestión en las previsiones del artículo 57º del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351 - ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, como así también, en las disposiciones del Decreto Provincial Nº 3.694/91 MGJEOySP, modificado por Decreto Nº 7.846/04 MEHF, por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Facúltase a la Tesorería General de la Provincia a emitir el pago a la empresa CEMYC S.R. por un monto total de pesos ciento setenta y un mil doscientos sesenta y siete con dos centavos $ 171.267.02, en concepto de intereses por pago fuera de término de los certificados de obra Nº 1 al Nº 7 y sus anexos, correspondiente a la obra Nueva Unidad de Terapia Intensiva, Servicios de Diagnóstico y Tratamiento y Reestructuración de áreas complementarias Hospital San Martín" - Paraná, Departamento Paraná", conforme la liquidación elaborada por el Departamento Costos de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, y aprobada mediante Resolución Nº 180 SSAyC, de fecha 5 de octubre de 2017, norma legal que forma parte con su anexo I del presente decreto, debiendo la firma antes mencionada, presentar la factura debidamente conformada, previa emisión de la correspondiente orden de página para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 2º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 09 Actividad 00 - Obra 81 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 9952 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para el debido trámite.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 1789 MPIyS
HACIENDO LUGAR A SOLICITUD
Paraná, 21 de junio de 2018
VISTO:
La presente actuación iniciada por la empresa Áridos Entre Ríos SRL. en su carácter de contratista de la obra Construcción de cordones cuneta localidad de Aldea Santa Rosa, Departamento Paraná - Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que la obra fue adjudicada por Decreto Nº 3.142/14 MPIyS a la empresa Áridos Entre Ríos SRL, por un monto de $ 2.367.397,78 y un plazo de ejecución de 180 días corridos; y Que la contratista solicita se proceda a liquidar y pagar los intereses moratorios devengados por el pago fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 21 período febrero/17, obrando a fojas 5 y 6 copias de los certificados aludidos, expedidos por la Dirección de Hidráulica donde se consigna la fecha de vencimiento de cada uno; y Que a fojas 11 la Dirección General del Ser-

Paraná, viernes 21 de diciembre de 2018
vicio Administrativo Contable del MPIyS informa la fecha de página de los certificados en cuestión, de donde surge que se produjo retraso en el pago de los mismos; y Que surge del dictamen de fojas 15 y 16, de la asesora legal de la Dirección de Hidráulica, que resulta procedente reconocer el interés por la demora en que incurrió la Administración en el pago de los certificados mencionados precedentemente, aduciendo que el interés es la obligación accesoria consistente en dar una cantidad de cosas fungibles, que es rendida por una obligación de capital, y que se mide en proporción al importe o al valor de capital, y al tiempo de indisponibilidad de dicho capital para el acreedor conf. Oscar D. Mariconde El Régimen Jurídico de los Intereses - 1980, página 41, tratando de mantener intacto en su significación económica el patrimonio de la firma en virtud del Principio de la Integridad del Patrimonio artículos 14, 14 bis, 17 y 31 Constitución Nacional; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS agregó a fojas 18
Anexo I con el monto total de $ 14.996,10 en concepto de intereses moratorios por pago fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 21 y a fojas 19 y 20 el cálculo de tasa activa del Banco de la Nación Argentina de los mismos; y Que a fojas 41 obra reserva preventiva del crédito pertinente con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia, a través del contador delegado; y Que han tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, la asesora legal de la Dirección de Hidráulica y la Dirección de Asuntos Jurídicos del MPIyS, en lo que es de sus competencias, como, asimismo, se ha dado cumplimiento a lo establecido por Decreto Nº 307/16 MPIyS; y Que el presente trámite encuadra en las previsiones del artículo 57º del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, como así también en las disposiciones del Decreto Nº 3.694/91 MGJEOySP, modificado por Decreto Nº 7.846/04 MEHyF, por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar a la solicitud de liquidación y página de intereses moratorias devengados por el pago fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 21 - período febrero/17, correspondientes a la obra: Construcción de cordones cunetas localidad de Aldea Santa Rosa, Departamento Paraná - Entre Ríos, ejecutada por la empresa Áridos Entre Ríos SRL, contratista de la misma, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Art. 2º Apruébase la liquidación practicada por la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, por valor total de pesos catorce mil novecientos noventa y seis con diez centavos $ 14.996,10, en concepto de intereses moratorios, y que como Anexo I integra el presente decreto, por mora en la cancelación de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 21 período febrero/17, correspondientes a la obra: Construcción de cordones cuneta - localidad de Aldea Santa Rosa, Departamento Paraná - Entre Ríos, ejecutada por la empresa Áridos Entre Ríos SRL.
Art. 3º Facúltase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS
a efectivizar a la empresa Áridos Entre Ríos SRL, la suma de pesos catorce mil novecientos noventa y seis con diez centavos $
14.996,10, acorde a lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente texto legal, debiendo la citada empresa presentar la factura debidamente conformada y previa emisión de la correspondiente orden de página para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 4º Impútese el gasto a: Dirección de Administración 958, Carácter 1, Jurisdicción

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha21/12/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031