Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 7 de diciembre de 2018
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a invertir la suma de pesos ciento cuarenta y cuatro mil $ 144.000, con destino a afrontar gastos en concepto de pago de arancel de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música SADAIC, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Impútase el gasto correspondiente a DA: 986 Carácter 1 - Jurisdicción 60 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 - Programa 01 Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 Obra 00 - Finalidad 3 - Función 48 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente 0001 - Inciso 3
- Partida Principal 9 - Partida Parcial 9 - Subparcial 0000 - Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 3º Facúltase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin que la Tesorería General de la Provincia haga efectivo el pago autorizado en el artículo 1º a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música SADAIC, previa presentación de la factura debidamente conformada y Certificado de Libre Deuda según Resolución Nº 16/12 de la ATER, y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 1307 MDS
AUTORIZANDO DEPÓSITO
Paraná, 16 de mayo de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las mismas el señor Andrés Alcides Arapeiz solicita el pago de haberes no percibidos por su madre señora Lidia Marta Arapeiz, en virtud de su fallecimiento ocurrido en fecha 16.05.16, quien revistara como personal de planta permanente del citado ministerio;
Que el Decreto Nº 1.549/91 MEHF establece que la Administración Pública Provincial abonará a través de los Servicios Administrativos jurisdiccionales los haberes caídos y sus accesorios a las personas que acrediten su vínculo con el causante y el artículo 7º señala que el pago será dispuesto en el orden establecido en el artículo 3.565 y ss del Código Civil, asimismo el artículo 8º expresa que en el caso de existir menores el pago se efectuará al representante necesario;
Que se ha agregado en autos la documental que acredita el vínculo con la causante, fotocopia del documento de identidad, autorizaciones certificadas por escribano público para percibir los haberes de los hijos Víctor Adrián Nocera, Rita Susana Nocera, Hemán Emilio Nocera y Gabriela Verónica Nocera, partida de nacimiento de Andrés Alcides Arapeiz, corno así también constancia de declaratoria de herederos en el Expediente Judicial Nº 5.449 folio 231, año 2016, caratulado Arapeiz, Lidia Marta s/ Sucesorio ab intestato, en trámite
BOLETIN OFICIAL
ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de La Paz, habiéndose efectuado la publicación en el Boletín Oficial, conforme lo exige el artículo 4º del Decreto Nº 1.549/91 MEH;
Que la Subsecretaría de Administración de la jurisdicción, efectuó la reserva de los fondos necesarios con la intervención de la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha tomado intervención dictaminando al respecto, como así también la Dirección General de Personal;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase el depósito de la suma de pesos nueve mil ochenta y cuatro con treinta y ocho centavos $ 9.084.38. en concepto de haberes no percibidos por la extinta señora Lidia Moda Arapeiz. quien fuera personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social. ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil. Comercial y Laboral Nº 2 de La Paz, en los autos caratulados Arapeiz, Lidia Marta s/ Sucesorio ab intestato, Expediente Nº 5.449, folio 231, año 2016.
Art. 2º Impútese el egreso al siguiente crédito del presupuesto vigente: D.A. 959 Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 Finalidad 3 - Función 20 Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001
- Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1 Partida Subparcial 1001 - Departamento 84
- Ubicación Geográfica 07.
Art. 3º Facúltase a la Subsecretaría de Administración de la jurisdicción a hacer efectivo el depósito judicial pertinente por el concepto expresado en el artículo 1º.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, pase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 1343 MDS
Paraná, 18 de mayo de 2018
Aprobando el contrato de locación de obra, que adjunto pasa a formar parte integrante del presente, suscripto oportunamente entre la licenciada María Laura Stratta, MI Nº 25.014.714, y la médica Flavia Pereyra, MI Nº 22.342.421, en el cual se establecen las cláusulas, condiciones y período de ejecución de la obra encomendada en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir órdenes de pago y la correspondiente solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar los pagos mensuales que correspondan, previa presentación de la certificación de las tareas encomendadas, de conformidad a las normas impositivas y tributarias vigentes.
DECRETO Nº 1344 MDS
Paraná, 18 de mayo de 2018
Aprobando el contrato de locación de obra, que adjunto pasa a formar parte integrante del presente, suscripto oportunamente entre la licenciada María Laura Stratta, MI Nº 25.014.714, y las señoras doctora Andrea Belén Saxer, MI Nº 29.855.049, y la licenciada en Trabajo Social Magalí Ailén Rolón, MI Nº
3 34.932.639, en el cual se establecen las cláusulas, condiciones y período de ejecución de la obra encargada en el ámbito del Consejo Provincial de Prevención de las Violencias, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir órdenes de pago y la correspondiente solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar los pagos mensuales que correspondan, previa presentación de la certificación de las tareas encomendadas, de conformidad a las normas impositivas y tributarios vigentes.
DECRETO Nº 1345 MDS
Paraná, 18 de mayo de 2018
Reconociendo los gastos realizados por la Secretaría de la juventud, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, según lo dispuesto mediante Decreto Nº 3.593/17 GOB, por la suma total de $ 5.660, conforme seguidamente se detalla:
Anabel Soledad Saldaña, factura C Nº 0002-0000019, por un monto de $ 4.060, por adquisición de remeras de jersey de algodón identificadoras de la feria de las carreras itinerante Cargando Futuro.
Festejar SRL, factura B Nº 000100000401, por un monto $ 1.600,00, en concepto de alquiler de sillas plegables utilizadas para el dictado de cursos de inglés y portugués.
Facultando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir órdenes de pagos y solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y autorizando a la misma a efectuar los pagos pertinentes, previa presentación de la documentación correspondiente, debidamente conformadas por autoridad de la jurisdicción.
DECRETO Nº 1346 MDS
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 18 de mayo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 78.240/17 IAFAS R.U.2036862 - fecha: 28/07/17 caratulado: Director Obrero - Solicita que lo normado en el artículo 3 de la Resolución Nº 286/15, se haga extensivo para los agentes de casinos y salas anexas, y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social interesa la ratificación de la Resolución Nº 1.051/17 Dir.
IAFAS modificada por Resolución 1.103/17
Dir. IAFAS mediante la cual se aprueba una escala ascendente en la percepción del adicional punto único dispuesto por Decreto 3.216/16, para los agentes que, por cualquier modalidad, ingresen a prestar servicios en las Salas Tragamonedas y Casinos de la Provincia; y Que, atento a ello, han tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, sin emitir objeciones respeto a las disposiciones de la Resolución Nº 1.051/17 Dir. IAFAS modificada por Resolución 1.103/17 Dir. IAFAS; y Que, asimismo, toma intervención el secretario general de la Gobernación de la Provincia, ordenando la redacción del acto administrativo que disponga la ratificación de resolución interesada; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º R a t i f í c a s e l a R e s o l u c i ó n N º 1.051/17 Dir. IAFAS rectificada por Resolución 1.103/17 Dir. IAFAS, mediante la cual se aprueba una escala ascendente en la percep-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/12/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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