Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.414 - 092/18

PARANA, viernes 18 de mayo de 2018

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 1238 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 14 de mayo de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Direccion de Integracion Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que la peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso B: a la invalidez, justificando el estado de necesidad;
Que la Direccion de Integracion Comunitaria evaluó la presente gestión, informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º- Inciso B, por el concepto de invalidez, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Feliciano:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
González Nicolás - 12.831.474 1540 05-06
Departamento Nogoyá:
Ancianidad:
Dalinger Carlos Alberto - 11.946.156 1361
09-11
Lozada Juan José Ramón 11.946.340
1364 - 09-11
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.

E D ICION: 26 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen para continuidad del tramite a la Dirección de Integración Comunitaria y, cumplido archívense.GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 3043 MS
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 19 de septiembre de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Director del Hospital San José de Colón, informa sobre situación laboral del Dr. Héctor Edgardo Ríos DNI N 13.940.604, Legajo 144.675; y CONSIDERANDO:
Que el mencionado profesional, revista en un cargo de Médico Asistente e -Carrera Médico AsistencialEscalafón Sanidad del Hospital San José de Colón;
Que a fs. 56 y ss. obra Decreto N 1396/15
MS por el cual se aprueba el Convenio de cooperación institucional entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, el Instituto Provincial de Discapacidad y la Municipalidad de Colon, agregándose a fs. 62 Disposición Interna N 08/14 del Hospital San Benjamín de Colón, por la cual se designa al Dr. Ríos en la Junta Evaluadora de Discapacidad y a fs. 63
nota del Presidente Municipal de Colón comunicando los horarios de atención de la Junta Evaluadora de Discapacidad;
Que a fs. 64 obra Informe N 142/15 del IPRODI en el que manifiesta que el instituto no posee relación de dependencia laboral con el Dr. Ríos, ni se le abona remuneración alguna, indicando además que su afectación para integrar la Junta Evaluadora de Discapacidad en la ciudad de Colon surge desde el nosocomio;
Que a fs. 67 surge informe del nosocomio indicando que el agente de marras cumple funciones en el IPRODI los días martes y jueves, a fs. 17 desde el Hospital San Benjamín de Colon, se comunica que el Dr. Ríos, cumplió
guardias pasivas en el Servicio de Traumatología hasta el mes de diciembre de 2015, y a fs. 84 el Director Normalizador del Hospital San José de Colón, manifiesta que el Dr.
Ríos concurre al nosocomio de lunes y viernes en el horario de 11:30 a 13 horas y al IPRODI
los martes y jueves de 07 a 9:30 horas;
Que por último a fs. 85/86 de autos obran planillas de marcación del profesional, evidenciándose que la carga horaria diaria es menor a la informada desde el nosocomio;
Que conforme constancias de autos, el artículo 27 de la Ley 9892 -Régimen Jurídico de la Carrera Profesional Asistencial Sanitaria-, establece la carga horaria que deben cumplir los profesionales comprendidos en la Carrera Profesional Asistencial - Sanitaria y que el agente Dr. Ríos, en virtud de su situación de revista como Médico Asistente estaría incumpliendo con la prestación real de servicios durante 36 horas semanales inciso 3 sujetas a las necesidades del servicio, tal lo previsto en la norma, consistiendo su incumplimiento, en falta grave en el desempeño de sus funciones durante el año 2016, los días 1, 5, 8, 12, 19, 22 y 29 del mes agosto, y los días 2, 5, 9, 12, 16, 19, 22, 23, 24, 26 y 30 del mes de septiembre conforme surge de planillas de marcación de fs. 85 y 86;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, tomó la debida intervención;
Que de acuerdo a lo expresado en los considerando y ante la presunta irregularidad relevada, corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo al Dr. Héctor Edgardo Ríos, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto en el artículo 46inciso d Negligencia manifiesta, omisión reiterada o faltas graves en el desempeño de sus funciones Ley 9892 -Régimen Jurídico de la Carrera Profesional Asistencial Sanitaria-;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755
Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, la que por el artículo 121 derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha18/05/2018

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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