Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.402 - 080/18

PARANA, miércoles 2 de mayo de 2018

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY N 10572
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y
Art. 1- Adhiérase la Provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional Nro. 27.262 que prohibe el uso y/o tratamiento sanitario con cualquier tipo de plaguicidas fumigantes en los granos, productos y subproductos, cereales y oleaginosas durante la carga de los mismos en camiones y/o vagones y durante el tránsito de éstos hasta destino.
Art. 2 - Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Paraná, 10 de abril de 2018.
Sergio Urribarri Presidente Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario Cámara Diputados Adan Humberto Bahl Presidente Cámara Senadores Natalio Juan Gerdau Secretario Cámara Senadores Paraná, 26 de abril de 2018
POR TANTO:
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Ministerio de Gobierno y Justicia, 26 de abril de 2018. Registrada en la fecha bajo el N
10572. CONSTE - Rosario M. Romero
LEY N 10573
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y
Art. 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el bien inmueble constante de una superficie de ciento ochenta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados
E D ICION: 16 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
185.642 m2 equivalentes a 18ha 56a 42ca que forma parte de un inmueble de mayor extensión identificado con la Partida Nro. 17033874-1 del impuesto inmobiliario provincial, Plano de Mensura Nro. 8.060, cuya titularidad dominial figura inscripta bajo la Matrícula Nro.
813 del Registro de la Propiedad de Concordia a nombre de los siguientes condóminos: Di Matteo José, Di Matteo de Domínguez Alicia Enriqueta y Di Matteo de Aversa Lidia María, a razón de un tercio 1/3 cada uno de ellos. El inmueble en cuestión se determina dentro de los límites y linderos siguientes:
NORTE: Recta al rumbo N 81º 13 E de 783,06 metros divisoria con Di Matteo;
NORESTE: Recta al rumbo S 38 40 E de 564,68 metros divisoria con Di Matteo;
ESTE: Recta al rumbo S 0º 36 O de 235,79
metros divisoria con calle pública;
SURESTE: Recta al rumbo S 51º 20 O de 76,76 metros divisoria con Avenida Presidente Perón;
SO: Tres rectas a saber: al rumbo N 38º 40
O de 787,00 metros divisoria con Boulevard Justa Urquiza de Campos; al rumbo S 50º 09
O de 8,00 metros divisoria con Boulevard Tomás de Rocamora; y al rumbo N 13 10 O de 52,40 metros divisoria con Municipalidad de General Campos;
SUR: Recta al rumbo S 81º 13 E de 556,43
metros divisoria con Municipalidad de General Campos;
OESTE: Recta al rumbo N 0847 O de 30,00
metros divisoria con Ruta Provincial Nro. 37.
Art. 2 - El inmueble será destinado al desarrollo urbanístico de la ciudad de General Campos, lo que comprende la ampliación de la planta urbana, la construcción de planes habitacionales o viviendas de carácter social y la generación de espacios de uso comunitario.
Art. 3º - Establézcase que la presente expropiación es en beneficio de la Municipalidad de la ciudad de General Campos, Departamento San Salvador, la que deberá afrontar las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, incluyéndose la correspondiente indemnización o justiprecio del inmueble y demás gastos que se originen a los efectos de la transferencia del dominio.

Art. 4 - Facúltase a la Municipalidad de la ciudad de General Campos para llevar adelante los trámites del avenimiento y/o juicio expropiatorio si correspondiere de conformidad con los dispuesto en la Ley Nro. 6.467 y en el Decreto Nro. 2.577 MGJ.
Art. 5º - Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Paraná, 10 de abril de 2018.
Sergio Urribarri Presidente Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario Cámara Diputados Adan Humberto Bahl Presidente Cámara Senadores Natalio Juan Gerdau Secretario Cámara Senadores Paraná, 26 de abril de 2018
POR TANTO:
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Ministerio de Gobierno y Justicia, 26 de abril de 2018. Registrada en la fecha bajo el N
10573. CONSTE - Rosario M. Romero
LEY N 10574
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y
Art. 1 - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno registrado bajo Tomo 46 Folio 756 D.U., Finca N
14.213, dominio inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble con fecha 15 de febrero de 1995, Plano de Mensura Nº 24.998, Partida Inmobiliaria Provincial Nº 92.240, Partida Municipal N 1104, con una superficie total de un mil doscientos dieciocho metros cuadrados 1.218 m2., ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Distrito Primero, Municipio de San José, Manzana 33, Lote 11, con domicilio parcelario en calle Belgrano N 1.955, entre Avenida Bartolomé Mitre y Pasaje Principal D. Brouchoud;
propiedad a nombre de los esposos en prime-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha02/05/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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