Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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DECRETO Nº 535 MPIYS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 30 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el agente Salvador Valentín Flores, MI N
10.873.194, con patrocinio letrado del Dr. Carlos Roberto Vivas, interpone recurso de apelación jerárquica contra las Resoluciones N
461/13 y Nº 2290/13 de la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que de los antecedentes de las presentes actuaciones, surge que a través de la Resolución N 2304/12 DPV, de fecha 14 de setiembre de 2012, se dispuso iniciar un sumario administrativo al agente Salvador Valentín Flores, por encuadrar su conducta en las previsiones del Estatuto Escalafón Vial Ley nacional Nº 20.320, Ley Provincial Nº 8186; Arts. 21 segunda parte, Inc. c y Art. 69 Incs. 2.3 y Convenio Colectivo de Trabajo N 572/2009, Art. 61 Inc.
d, en razón de que el mismo estuvo ocupando ilegítimamente un inmueble de propiedad de la DPV durante varios años, cediéndolo luego a un tercero, conflicto que tuvo que ser dirimido en el ámbito judicial, donde la DPV debió litigar en defensa de su derecho de propiedad; y Que, en oportunidad de ser citado a prestar declaración indagatoria, el sumariado no compareció, justificando dicha incomparencia, solicitando se le fije nueva fecha de audiencia realizado ese acto procesal el agente Flores se abstuvo de declarar, solicito copias del expediente, se le corrió traslado de las actuaciones a los fines del descargo correspondiente, extremos que permiten deducir que surge, de manera incontrovertible, que el sumariado pudo ejercer su derecho de defensa; y Que dicho descargo fue presentado en forma extemporánea, por lo que se dictó la Resolución Nº 461/13 DPV, de fecha 4 de marzo de 2013, que dio por finalizado el sumario administrativo y que sancionó al agente Flores con la cesantía, por encuadrar su conducta en el Art. 21, segunda parte Inc. c y Art. 69 Incs. 2
y 3, y Convenio Colectivo de Trabajo N
572/2009, Art. 24 Inc. c y Art. 61 Inc. d; y Que contra dicha resolución, el agente Flores dedujo recurso de revocatoria invocando la violación de su derecho de defensa, que no se acreditó el perjuicio institucional y material y que la sanción impuesta fue infundada y excesiva. Dicho recurso fue rechazado mediante Resolución N 2290/13 DPV, de fecha 21 de agosto de 2013 -notificada al recurrente el día 29 de agosto de 2013 la que motivó la interposición de un recurso de apelación jerárquica; y Que dicho recurso de apelación jerárquica se dirigió a atacar a ambas Resoluciones 461/13
DPV y 2290/13 DPV no procediendo el mismo contra la primera de las normas mencionadas, por ser interpuesto en forma extemporáneo, conforme lo establecido en Art. 62 de la Ley 7060 de Procedimientos Administrativos; y Que, aclarado que se dirige a atacar sólo a la Resolución 2290/13 DPV, no surgen del mismo planteo recursivo, nuevos elementos que permitan una valoración distinta de la efectuada en oportunidad de resolver el recurso de revocatoria anteriormente mencionado puntualmente se critica la resolución en cuanto violaría el principio de legalidad, por cuanto el sumariado no pudo conocer el hecho infraccional puntual que se le reprocha, extremo que se rechaza en razón de que el mismo fuera descripto fáctico y legalmente, en su oportuna etapa procesal, cuestiona también que no le fue garantizado el derecho de defensa, alegando que no fue escuchado en el pedido de ampliación de indagatoria y tal como surge de las constancias obrantes en autos, se obró conforme al procedimiento previsto; y Que, la conducta del sumariado configuró un perjuicio institucional y material para la Dirección Provincial de Vialidad, tal cual lo demuestra la sentencia recaída en autos: Cabaña,
BOLETIN OFICIAL
Miguel Angel c/ Dirección Provincial de Vialidad de Entre Ríos s/ Posesión veinteañal Sumario, resuelta por la Cámara Civil y Comercial N 2, Sala 2, de la ciudad de Paraná, fechada el día 23 de mayo de 2008, donde quedó probado el accionar ilegitimo del agente Flores; y Que, en definitiva, no existió violación de ninguna de las garantías legales y constitucionales de legalidad, del debido proceso, y del derecho de defensa; y Que ha intervenido la Fiscalía de Estado, emitiendo dictamen de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la Resolución 2290/13 DPV, dictada en fecha 21 de agosto de 2013 por el agente Salvador Valentín Flores, DNI
Nº 10.873.194, con patrocinio letrado del Dr. Carlos Roberto Vivas, con domicilio real en Picada de Berón, Distrito Yeso, Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, y legal en la calle Urquiza Nº 1540 de la ciudad de Paraná, conforme lo expresado en los considerandos del presente decreto y, en consecuencia, ratifícase la misma en todos sus términos.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 536 MPIYS
Paraná, 30 de marzo de 2017
Adscribiendo al Consejo de Tasaciones de la Provincia de Entre Ríos, dependiente de Fiscalía de Estado, a la Sra. Mabel Raquel Saiz, DNI
Nº 14.357.077, Legajo Nº 221.885, agente de planta permanente del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, por el término de 12 meses, contados a partir del 26 de febrero de 2017.
El Consejo de Tasaciones dependiente de Fiscalía de Estado, informará mensualmente al Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, las novedades de asistencia Y puntualidad de la agente referida.
Encuadrando la presente gestión en las prescripciones de los artículos 36º Inc. e y 39 de la Ley N 9755, modificada por Ley N 9811, artículo 6º de la Ley N 10.271, y su modificatoria Ley N 10.334 y Decreto Nº 36/16 GOB.
DECRETO Nº 537 MPIYS
Paraná, 30 de marzo de 2017
Aprobando en todos sus términos los Contratos de Locación de Obras celebrados oportunamente entre el Ing. Luis Benedetto, en su carácter de Ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Y las siguientes personas:
José Matías, Martínez, Nº 30.558.563 y Luisina Macarena Arias, DNI Nº 32.833.922; cuyos originales forman parte del presente.
Encuadrando lo actuado en el artículo 27º inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 MEOySP, t.u.o. de la Ley N 5140 y concordantes, artículos 133 y 142 punto 4, apartados a y b de la Reglamentación de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto N 795/96 MEOySP y sus modificatorios, Decretos Nº 3722/08 GOB, Nº 7773/08
MGJEOySP y Nº 1738/10 MEHF.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, a abonar los honorarios pactados, a favor de las personas citadas, contra presentación de las facturas debidamente conformadas, de acuerdo a lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de los contratos aprobados en la presente norma
Paraná, jueves 12 de octubre de 2017
legal, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
DECRETO Nº 538 MPIYS
Paraná, 30 de marzo de 2017
Reconociendo y autorizando el pago al Sr.
Fabián Oscar Ortiz, por un monto total de $
96.288 en concepto de honorarios, correspondientes al cumplimiento de la obra encomendada oportunamente, en el ámbito del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, durante el periodo comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2016.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, a abonar los honorarios pactados, a favor del Sr.
Fabián Oscar Ortiz, DNI N 18.071.630, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Encuadrando lo actuado en el artículo 27º inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto N
404/95 MEOySP, t.u.o. de la Ley Nº 5140 y concordantes, artículos 133º y 142 punto 4, apartados a y b de la Reglamentación de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto N 795/96 MEOySP y sus modificatorios, Decretos Nº 3722/08 GOB, N 7773/08
MGJEOySP y N 1738/10 MEHF.
DECRETO Nº 539 MPIYS
Paraná, 30 de marzo de 2017
Reconociendo el pago de la compensación por residencia a favor del Sr. Sergio Abelardo Delcanto, DNI N 12.809.788, Director Social de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, designado por Decreto N
1340/16 MPIYS, a partir del 1 de julio de 2016
hasta la fecha del presente.
Disponiendo el pago de la compensación por residencia al Sr. Sergio Abelardo Delcanto, DNI N 12.809.788, Director Social de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, designado por Decreto N 1340/16
MPIYS, a partir de la sanción del presente y hasta tanto se mantenga la designación dispuesta por el Decreto N 1340/16 MPIYS.
Autorizando a la Dirección de Administración de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales -MPIYSa liquidar y hacer efectivo el pago de la Compensación por Residencia conforme lo dispuesto, fijando la suma máxima mensual de $ 4.800 para los primeros 12 meses del contrato, y posteriormente la suma máxima mensual de $ 4.980 acorde al Nivel III que ostenta el locatario en su calidad de Director Social de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales, contra presentación del recibo que acredite el pago al locador.
Encuadrando la gestión en las disposiciones del Decreto N 770/00 SGG modificado por los Decretos N 226/06 MGJEOSP, N 1023/06
MEHF, N 1637/08 MGJEOSP, N 988/10
MGJE, N 4753/11 GOB, N 1191/12 GOB, N
188/14 MEHF, N 13/16 MEHF y N 48/16
MEHF.
DECRETO Nº 540 MPIYS
Paraná, 30 de marzo de 2017
Aprobando en todos sus términos los contratos de locación de obras, celebrados oportunamente entre el señor Ing. Luis Benedetto, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Planeamiento Infraestructura y Servicios, y las personas citadas en anexo adjunto, los cuales se ejecutaran en el ámbito de la Dirección General de Intendencias y Servicios dependiente del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, por los períodos y montos previstos en las cláusulas segunda y cuarta de los mismos, cuyos originales forman parte integrante del presente.
Encuadrando lo actuado en el artículo 27
inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto N
404/95 MEOySP, t.u.o. de la Ley Nº 5140 y concordante, artículos 133 y 142 punto 4,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/10/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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