Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/7/2017

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Nº 26.220 - 138/17

PARANA, miércoles 26 de julio de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 2067 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 17 de julio de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que el peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso A: a la ancianidad, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º.-, Inciso A, por el concepto de ancianidad, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º.- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Gualeguaychú:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
Bonazzola, Carlos Ramón 13.316.287
2914 - 07-00
Art. 2º: El presente decreto será refrendado
E D ICION: 20 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 2068 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 17 de julio de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que el peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso A: a la ancianidad, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º.-, Inciso A, por el concepto de ancianidad, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º.- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento La Paz:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
Moreyra, José Luis 13.246.455 1531 08-10

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 2069 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 17 de julio de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que la peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso A: a la ancianidad, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º.-, Inciso A, por el concepto de ancianidad, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º.- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Paraná:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
Mendoza, María Imelda 14.357.908 4076
- 10-65

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/7/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/07/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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