Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/3/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

ello, advierte que la pretensión sustancial del agente, en cuanto a su reubicación en el tramo Sistema Computación de Datos y en la categoría 4, fue satisfecha mediante el dictado del D ecreto N 4066/2011 MEH F a partir del 01.05.2011;
Que no obstante ello, en relación al reconocimiento de las diferencias salariales reclamadas, advierte que conforme Providencia Nº 381/2015 emitida por el Departamento Contable y Presupuestario de la Dirección de Administración de la ATER en el mes de mayo del 2014 se efectivizó el pago retroactivo de la diferencia entre categoría 10 y 05 SCD por el período de 01.12.2008 al 30.04.2011 conforme fuera ordenado por la Fiscalía de Estado en Dictamen N 0111/14 y que fuera sustentado oportunamente por el Director de Sistemas Informáticos de la ATER, mediante Providencia Nº 014/08;
Qué asimismo como la pretensión de reconocimiento de intereses legales -como accesorios a las diferencias salariales reclamadasintegra el reclamo inicial del agente Martínez Uncal y en efecto se ha omitido sin justificación, brindar tratamiento a esa concreta pretensión la Asesoría Legal entiende que conforme lo actuado, y aconsejado por la Fiscalía de Estado y los antecedentes de casos análogos es procedente el reclamo del reconocimiento y pago de los intereses reclamados;
Que por último la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas manifiesta que corresponde hacer lugar parcialmente a lo peticionado resultando aplicable a las sumas liquidadas proceder a realizar el cálculo de los intereses adeudados al Sr. Martínez Uncal, calculados conforme lo dispuesto por el Decreto N 7846/04 MEHF;
Que por lo expuesto habiendo dado cumplimiento a lo ordenado por la Fiscalía de Estado en Dictamen N 0111/2014 y por las consideraciones efectuadas, debería hacerse lugar parcialmente al recurso de apelación jerárquica incoado contra la Resolución N 22/2013
ATER interpuesto por el Sr. Ignacio Marcelo Martínez Uncal en relación a los intereses legales solicitados, no así en los demás planteos que fueron satisfechos conforme lo expuesto ut supra;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar parcialmente al recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Sr. Ignacio Marcelo Martínez Uncal, contra la Resolución N 22/2013 ATER en relación a los intereses legales solicitados, no así en los demás planteos que fueron satisfechos, en razón de las argumentaciones vertidas en los considerandos del presente acto administrativo.
Art. 2º Remítase las presentes actuaciones a la Dirección de Administración de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, para el dictado de un acto administrativo atento a que el pago de la diferencia salarial no tiene norma legal que lo sustente y proceder a realizar el cálculo de los intereses adeudados al Sr.
Martínez Uncal, conforme lo dispuesto por el Decreto N 7846/04 MEHF.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Administradora Tributaria de la Provincia, para la notificación fehaciente del interesado.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
DECRETO Nº 3005 MDS
Paraná, 6 de octubre de 2016
Adscribiendo a prestar servicios en el ámbito del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Delegación Piedras Blancas, de la Subsecretaría de Justicia, a la agente Mercedes Ma-

bel Mansilla, MI N 23.452.905, Legajo N
171.663, personal de la planta permanente de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a partir del 16.01.16
y por el término de 1 año ya que la mencionada age nt e f ue au to riz ada por R esolución N º 3094/09 MSAS a prestar servicios en el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Piedras Blanca, la que dejo de tener vigencia a partir del 15.01.16 en virtud de la sanción del Decreto Nº 36/15 GOB.
DECRETO Nº 3006 MDS
Paraná, 6 de octubre de 2016
Ratificando la Resolución interna N 016/15, de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, y reconociendo las funciones de Jefe División Viáticos dependiente del Area Tesorería de la mencionada Subsecretaría desempeñadas por el agente Ricardo Martín Monzón, Legajo N 164.833, MI
N 29.620.921, a partir del 02.11.15 y hasta la fecha del presente.
Asignando, a partir de la fecha del presente y con carácter transitorio, hasta tanto resulte necesario conforme lo establecido por el Decreto N 7376/08 GOB, las funciones de Jefe de División dependiente del Área Tesorería, al Ricardo Martín Monzón, Legajo Nº 164.833, MI
N 29.620.921.
Otorgando el Adicional por Responsabilidad F u n c i o n a l e s t a b le c id o p o r e l D e cret o N
4458/90 MEOSP -Anexo Ipunto G al agente Juan José Fleitas, a quien se le reconocen y asignan las funciones.
Encuadrando la gestión en lo establecido por los Decretos N 4458/90 MGJOSP, Decreto Nº 5384/03 GOB y Decreto Nº 2426/04 GOB.
La Subsecretaría de Administración jurisdiccional arbitrará las medidas tendientes a la liquidación y efectivización del adicional por responsabilidad funcional que corresponde por el concepto expresado, conforme a la legislación vigente en la materia.
DECRETO Nº 3018 MDS
Paraná, 6 de octubre de 2016
Concediendo licencia extraordinaria sin goce de haberes, al Sr. Julio César Galarza, MI N
10.824.692, Legajo N 105.795, agente de la planta de personal permanente de la Dirección de integración Comunitaria del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del 01.02.16 y mientras ocupe el cargo de Director General de Desarrollo Institucional, para el que ha sido designado en la Municipalidad de Paraná, mediante Decreto Municipal Nº 415/2016, con retención del cargo del que es titular, encuadrando la gestión en las disposiciones del artículo 4 de la Ley N 7960, según las disposiciones estatuidas en el Art. 52 de la Ley N 9755 y 14 de la Ley N 9811.
DECRETO Nº 3054 MDS
Paraná, 13 de octubre de 2016
Aprobando la distribución de partidas de Copa de Leche Reforzada, destinadas a los Comedores de Establecimientos Educacionales y Comedores Infantiles de toda la Provincia, beneficiarios del Programa Plan Nacional de Seguridad Alimentaria -RAN-, correspondiente al mes de septiembre/16 por un total de $ 9.304.786,41, que se efectivizarán a través del Sistema de tarjeta SI.DE.CRE.E.R. S.A., a ser atendido con cargo a Fondos Provinciales, a favor de cada uno de los establecimientos detallados a fs. 2/108 y 109/133, de autos respectivamente, y de acuerdo al siguiente detalle:
Comedores Escolares $ 9.088.652,41 - detalle de fs. 2 a 108.
Comedores Infantiles $ 216.134,00 - detalle de fs. 109 a 133.
Autorizando el pago a favor de la firma SI.DE.CRE.E.R S.A, por los servicios prestados en concepto de Compensación de Gastos de Implementación y Ejecución del Programa de acuerdo al convenio oportunamente aprobado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto N 3937/15 MDS hasta la suma de $ 40.050,00, o monto inferior, de
Paraná, viernes 31 de marzo de 2017
acuerdo a los consumos que realmente se plasmen en la liquidación.
Encuadrando la presente gestión en las disp o s i c i o n e s c o n t e n i d a s e n e l D e c re t o N
3937/15 MDS.
Estableciendo que la Dirección de Comedores, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Alimentarías del Ministerio de Desarrollo Social, será el organismo responsable de la distribución de partidas a los diversos comedores, establecimientos escolares e infantiles de la provincia, como asimismo de que éstos cumplan con las disposiciones del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Funcionamiento de Comedores Escolares.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional emitir órdenes de pagos hasta un máximo de $ 9.344.836,41, o el monto inferior que resulte de las liquidaciones efectivas y resumen general que realizará y remitirá SI.DE.CRE.ER.S.A. a la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, autorizando a la Tesorería General de Provincia a hacer efectivos el/los pago/s y/o transferencia/s de fondos pertinentes a favor de la firma SI.DE.CRE.ER.S.A..
DECRETO Nº 3055 MDS
Paraná, 13 de octubre de 2016
Reconociendo la suma total de $ 1.481,70, en concepto de deuda de Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble sito en calle Alameda de la Federación N405 de esta ciudad, en el que funcionan dependencias del Ministerio de Desarrollo Social, monto al que cabe adicionar las multas que se apliquen y los intereses por mora en el pago que se devenguen, por el período de ocupación extracontractual comprendido entre el 01.09.15 y el 30.06.16, que fuera reconocido mediante Decreto Nº 1690/16 MDS.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional a efectuar los pagos de los conceptos que se reconocen por el presente, a favor de la Administración Fiscal MunicipalA.F.I.M.-, CUIT N 30-71120736-4.
Facultando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a confeccionar las respectivas órdenes de pago y emitir solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia a fin de hacer efectivos los pagos y/o transferencias de fondos pertinentes, previa presentación de la documental requerida, en concordancia con las normativas legales y tributarios vigentes.
DECRETO Nº 3061 MDS
Paraná, 14 de octubre de 2016
Autorizando el pago de la suma de $
6.257,98, en concepto de haberes no percibidos por el extinto Sr. José Eduardo Alanís, quien fuera personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social, a favor de su esposa Sra. Carmen Eulalia Terra, MI N
11.772.717, con domicilio en España y Romero, casa Nº 8 de Gualeguaychú.
Encuadrando la presente gestión en las prescripciones del Art. 53 de la Ley N 9755 y su modificatoria N 9811 y Art. 2 del Decreto Nº 1549/91 MEH.
Facultando a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción a hacer efectivo el pago pertinente por el concepto expresado.
DECRETO Nº 3099 MDS
Paraná, 18 de octubre de 2016
Adscribiendo para prestar servicios en el ámbito del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda IAPV al agente Ariel Leonardo Busatto, MI N 23.884.005, Legajo Nº 171.467, personal de la planta permanente de la Subsecretaría de Políticas Alimentarias del Ministerio de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente y por el término de 12 meses.
El Instituto de Planeamiento y Vivienda IAPV, a través del Área correspondiente deberá remitir mensualmente la documental que acredite la efectiva prestación de servicios por parte del agente ante el Área Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/3/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha31/03/2017

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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