Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 6 de marzo de 2017
DECRETO Nº 2658 M.P.
RECONOCIENDO TAREAS
Paraná, 9 de septiembre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, interesa el reconocimiento de tareas realizadas desde el 4 de enero al 31 de mayo y la aprobación del contrato de locación de obra suscripto con la señora Rosina Pamela Córdoba, DNI Nº 34.680.656, entre el 1 de junio y hasta el 31 de diciembre del corriente año; y CONSIDERANDO:
Que la gestión se fundamenta en la necesidad de contar con una 1 profesional capacitada a quien encomendar la ejecución de los trabajos consistentes en imputación de expedientes, cédulas de notificación a denunciantes y denunciados y cualquier otra tareas que resulte imprescindible para asegurar el marco normativo de protección a los derechos de los consumidores; y Que la reconocida capacidad e idoneidad de la señora Rosina Pamela Córdoba avalan su contratación en forma directa para la ejecución de la obra objeto de las misma, conforme sus antecedentes curriculares que se encuentran agregados en autos; y Que el director general de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial manifiesta expresamente la imposibilidad de asignar la obra que se encomienda a la locadora a otros agentes de la Administración Provincial, cuya planta se ha visto reducida en los últimos años; y Que para atender el costo emergente de la gestión se cuenta con crédito suficiente en la respectiva partida del presupuesto vigente, habiéndose procedido a imputar el gasto según consta en volantes agregados en estos actuados; y Que obra en autos la certificación de las tareas realizadas durante el período comprendido entre el 4 de enero al 31 de mayo de 2016, emitida por el director general de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial; y Que la presente gestión cuenta con la expresa autorización del señor gobernador; y Que han tomado intervención de su competencia la Dirección General de Personal y la Contaduría General de la Provincia, dependientes del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, la Subsecretaría de Administración y Despacho y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependientes del Ministerio de Producción; y Que corresponde encuadrar la presente gestión en la excepción prevista por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º de la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto Nº 404/95 MEOSP y el concordante artículo 142º, punto 4º, incisos a y b de su Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP y modificatorios especialmente el Decreto Nº 3.368/15
MEHF y en el Decreto Nº 3.722/08 GOB y sus modificatorios Decretos Nos. 7.773/08
MGJEOSP y 1.738/10 MEHF;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócense las tareas realizadas por la señora Rosina Pamela Córdoba, DNI
Nº 34.680.656, durante el período comprendido entre el 4 de enero al 31 de mayo, de acuerdo a la certificación de trabajos realizados y a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Apruébase el contrato de locación de obra celebrado entre el Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, señor Juan Carlos Albornoz, y la señora Rosina Pamela Córdoba, DNI Nº 34.680.656, el que agregado forma parte integrante del presente.
Art. 3º Encuádrase la presente gestión en la excepción prevista por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º de la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto Nº 404/95 MEOSP y el concordante artículo 142º, punto 4º, incisos a y b
BOLETIN OFICIAL
d e s u D e c r e t o R e g l a m e n t a ri o N º 7 9 5 / 9 6
MEOSP y modificatorios especialmente el Decreto Nº 3.368/15 MEHF y en el Decreto Nº 3.722/08 GOB y sus modificatorios Decretos Nos. 7.773/08 MGJEOSP y 1.738/10 MEHF.
Art. 4º Impútase el costo de la gestión a las siguientes partidas del presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2016 - Ley Nº 10.403: Dirección de Administración 965 - Carácter 1 - Jurisdicción 15 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 20 - Subprograma 00 Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 4 - Función 71 - Fuente de Financiamiento 11 Subfuente 0001 - Inciso 3 - Partida Principal 4 Partida Parcial 1 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07, por un importe total de pesos setenta y dos mil $ 72.000.
Art. 5º Autorízase a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción a efectivizar a la señora Rosina Pamela Córdoba, previa emisión del respectivo libramiento de fondos con cargo a la Tesorería General de la Provincia y de la facturación emitida de conformidad a las normas legales y tributarias vigentes, los honorarios devengados a su favor como consecuencia del reconocimiento efectuado en el artículo 1º y el contrato aprobado por el artículo 2º del presente decreto, con cargo a dicho organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión de los recibos firmados de conformidad por la beneficiaria en el legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
Art. 6º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, archívese y con copia del presente pasen las actuaciones a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos G. Schepens
DECRETO Nº 2659 M.P.
RATIFICANDO CONVENIO
Paraná, 9 de septiembre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones, mediante los cuales la Dirección General de Agricultura, dependiente de la Secretaría de Producción Primaria, interesa la ratificación del convenio suscripto en fecha 30 de mayo de 2016 entre el Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos COPAER y el Ministerio de Producción; y CONSIDERANDO:
Que tal instrumento se ha suscripto con el objeto de coordinar, completar y ejecutar las acciones inherentes a la aplicación de la Ley Nº 6.599 de Plaguicidas, y sus normas reglamentarias y complementarias; y Que la Dirección General de Agricultura es el organismo de aplicación de la antes citada Ley, la cual la faculta a suscribir convenios con instituciones como el COPAER; y Que las empresas que se dedican al expendio y/o aplicación de fitosanitarios deben obligatoriamente contar con el asesoramiento técnico de un ingeniero agrónomo o persona con título concurrente; y Que el Decreto Nº 279/03 SEPG en los artículos 19º y 20º establece entre otras obligaciones de ese profesional, el realizar cursos de capacitación y/o actualización sobre la materia; y Que idéntica obligación se establece para el profesional de la agronomía que asesora a productores y/o usuarios de plaguicidas artículo 21º, cuya capacitación debe ser brindada por una institución competente; y Que mediante la Ley Nº 8.801 se sanciona el régimen del ejercicio de los profesionales de agronomía y se crea el COPAER, al que le otorga el deber de velar por la eficacia y corrección del ejercicio profesional de aquellos individuos alcanzados por la norma, debiendo para ello prevenir las irregularidades y sancionar los excesos profesionales, en función de proteger el interés publico; y
3 Que conforme el convenio de marras, el COPAER tiene a su cargo, entre otras tareas, el registro de Profesionales de la Agronomía habilitados para desempeñarse como asesores técnicos actuantes en el marco de la Ley Nº 6.599 de Plaguicidas, debiendo presentar ante la Dirección General de Agricultura el padrón anual de profesionales habilitados para ello, actualizado en forma periódica, en tanto que dicho organismo se compromete a informar el listado de los profesionales firmantes de recetas agronómicas a los efectos de verificar su habilitación; y Que, además, el COPAER realizar sic la planificación, organización y realización de cursos de capacitación y/o actualización que se denominara Programa Anual de Capacitación Profesional y que su aprobación será requisito esencial para el desempeño como asesor técnico; y Que han tomado la intervención que les compete la Dirección General de Agricultura y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase el convenio suscripto en fecha 30 de mayo de 2016 entre el Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos COPAER, representado por su presidente, ingeniero agrónomo Gabriel Guiano, y por su secretaria, ingeniera agrónoma Carina Gallegos, y el Ministerio de Producción, representado por su titular señor Carlos Guillermo Schepens, y el señor Lucio Martín Amavet, en su carácter de rector general de Agricultura, a través de cuyas doce 12 cláusulas se establecen las mutuas responsabilidades y facultades para desarrollar tareas conjuntas a fin de coordinar, completar y ejecutar las acciones inherentes a la aplicación de la Ley Nº 6.599
de Plaguicidas, sus normas reglamentarias y complementarias y que agregado, forma parte integrante de la presente norma legal.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 3º Comuníquese al COPAER, publíquese y archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección General de Agricultura, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos G. Schepens
DECRETO Nº 2687 M.P.
RECONOCIENDO TAREAS
Paraná, 13 de septiembre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Recursos Naturales de la Secretaría de Producción Primaria del Ministerio de Producción interesa el reconocimiento de tareas realizadas desde el 4 de enero al 31
de mayo de 2016 y la aprobación del contrato de locación de obra suscripto con el señor Leopoldo Matías Rey, DNI Nº 29.395.791, entre el 1 de Junio y hasta el 31 de diciembre del corriente año; y CONSIDERANDO:
Que la gestión se fundamenta en la necesidad de contar con un 1 técnico capacitado a quien encomendar las tareas de asesoramiento legal en la aplicación de las disposiciones vigentes y de la cual esa Dirección General es autoridad de aplicación, normas complementarias y demás requerimiento letrado y toda otra tarea que resulte imprescindible para asegurar el fomento del desarrollo productivo provincial; y Que la reconocida capacidad e idoneidad del señor Leopoldo Matías Rey avalan su contratación en forma directa para la ejecución de la obra objeto de la misma, conforme sus antecedentes curriculares que se encuentran agregados en autos; y Que el director general de Recursos Naturales manifiesta expresamente la imposibilidad de asignar la obra que se encomiendan al locador a otros agentes de la Administración

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha06/03/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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