Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2016

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/
E-mail:decretosboletin@entrerios.gov.ar - imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar
Nº 26.074 - 232/16

PARANA, jueves 15 de diciembre de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 3568 MEHF
DEROGANDO DECRETO
Paraná, 22 de noviembre de 2016
VISTO:
Lo tramitado con motivo del Programa de Emisión de Títulos de Deuda Pública, denominado Títulos de la Deuda Pública ER 2016, las Leyes provinciales Nº 10.403, Nº 10.090, Nº 10.408, Nº 10.433 y la Nº 10.448; y CONSIDERANDO:
Que por los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 10.403 se faculta al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público mediante la obtención de préstamos, colocación de títulos o bajo cualquier otra modalidad, en Pesos o su equivalente en moneda extranjera, con destino a la refinanciación y/o reestructuración de los servicios de la Deuda Pública por hasta la su ma de pe sos t re s m il d ie z m illones $
3.010.000.000, y al financiamiento del déficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales, por hasta la suma de pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y tres millones cuatrocientos setenta y dos mil $ 2.443.472.000;
Que por los artículos 1 y 2 de la Ley N
10.090, modificados por Ley N10.408, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a concretar operaciones de crédito público por hasta la suma de pesos seis mil millones $
6.000.000.000, mediante la contratación de préstamos o a través de la emisión y colocación de títulos de la deuda pública, y a disponer de hasta el 25% de la suma autorizada para cancelación, pre-cancelación y/o rescate par-

E D ICION: 24 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
cial de la deuda pública consolidada, como así para la atención del déficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales;
Que por el Artículo 4º de la Ley Nº 10.433 y su modificatoria la Ley Nº 10.448, se autorizó al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público, mediante la obtención de préstamos, colocación de títulos o bajo cualquier otra modalidad de financiamiento, para ser destinado a otorgar préstamos a los Municipios de la Provincia, en iguales condiciones y alcances que las obtenidas para su propio financiamiento, por un monto equivalente al dieciséis por ciento 16% de los recursos obtenidos por la Provincia en la colocación de los títulos públicos 2016, y por hasta la suma de dólares estadounidenses ciento tres millones u$s 103.000.000;
Que las normas citadas, contemplan que a efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del endeudamiento, el Poder Ejecutivo se encuentra autorizado para afectar y/o ceder los derechos de la Provincia a percibir las sumas provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nº 25.570
o aquel otro régimen que lo sustituya;
Que mediante Decreto Nº 1.597/16 MEHF, se dispuso la creación de un Programa de Emisión de Títulos de la Deuda Pública ER 2016
el Programa por un valor nominal de dólares estadounidenses cuatrocientos cincuenta millones u$s 450.000.000 ampliables hasta el monto límite autorizado por la Legislatura;
Que es decisión de este Poder Ejecutivo, modificar el Programa de Emisión de Títulos de la Deuda Pública ER 2016 atento al escenario de posibles ofertas a través del mercado
nacional e internacional, y/o gestionar todo tipo de financiamiento utilizando cualquiera de las operatorias autorizadas por la Legislatura provincial, y/o mediante la obtención de préstamos por hasta el monto límite autorizado por la misma, pagadero en moneda de curso legal o su equivalente en moneda extranjera;
Que corresponde a este Poder Ejecutivo hacer uso de la autorización legislativa consignada y en consecuencia disponer la regularización del Programa de Emisión de Títulos de la Deuda Pública ER 2016 y determinar las condiciones generales a las que debe sujetarse el mencionado programa, como asimismo las condiciones generales de los préstamos a concretar;
Que se entiende necesario facultar al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas para que en función a la oportunidad conveniente realice todas las gestiones tendiente a la concreción de las operatorias indicadas en el párrafo precedente, dicte las reglamentaciones, disposiciones, resoluciones y aclaratorias correspondientes, defina los términos y condiciones particulares de cada financiamiento bajo la operatoria que mejor considere realice las gestiones inherentes y suscriba toda la documentación que resulte necesaria para perfeccionar las mismas;
Que ha tomado intervención la Contaduría General de la Provincia, emitiendo informe de competencia;
Que asimismo ha tomado intervención la Fiscalía de Estado, en lo que es de su competencia, no encontrando reparos que formular para la continuidad del trámite;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Ar t. 1 º.- D e ró guese el D ecreto Nº1.597
MEHF, del 21 de Junio de 2016.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/12/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031