Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/8/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 25.762 - 155/15

PARANA, martes 25 de agosto de 2015

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 106 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de enero de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Susana, Farinon; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 3 de diciembre de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.578.599, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 13 de agosto del 2014 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Susana, Farinon, con domicilio legal en calle Avda. Alameda de la Federación N 621, de
E D ICION: 18 Págs. - $ 5,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
esta ciudad, por haber incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 107 MT
NO HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de enero de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Lorena Andrea, Ferrando;; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 3 de diciembre de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.562.282, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 1 de diciembre
del 2014 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, no es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, por encontrarse el organismo en cuestión dentro de los plazos del Art. 35 de la Ley 7060 para diligenciar trámites administrativos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º No hacer lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Lorena Andrea, Ferrando, con domicilio legal en calle Avda. Alameda de la Federación N
621, de esta ciudad, por encontrarse el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos dentro de los plazos del Art. 35 de la Ley 7060 para diligenciar trámites administrativos.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 108 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de enero de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Silvia Raquel, Pierotti; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 3 de diciembre de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/8/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha25/08/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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