Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/
E-mail:decretosboletin@entrerios.gov.ar - imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar
Nº 25.513 - 142/14

PARANA, jueves 7 de agosto de 2014

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES
DECRETO Nº 1339 MEDyPA
INSTITUYENDO REGIMEN
Paraná, 21 de mayo de 2014
VISTO:
La decisión del Poder Ejecutivo Provincial de fijar una política uniforme de apoyo al Deporte Federado y a las Instituciones que lo representa en el ámbito provincial; y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Ley N 8347
vigente desde el día 1 de febrero de 1990 el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a través del Poder Ejecutivo atiende las distintas manifestaciones del deporte en el ámbito provincial; y Que la Ley N 8347 creó el Consejo Provincial del Deporte el Fondo Provincial del Deporte, el Registro de Instituciones Deportivas, el Carnet de Salud para Deportistas y Seguro Social del Deportista. Asimismo designó al órgano de aplicación de la ley y dispuso la adhesión de la Provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional N 20.655 de Fomento y Desarrollo del Deporte; y Que el Gobierno de la Provincia efectiviza su acción orientando, asistiendo, ordenando y fiscalizando las actividades deportivas que se desarrollan en la Provincia conforme a los planes, programas y/o proyectos que se elaboran por él o en los que tenga participación directa o indirecta; y Que para la promoción de las actividades deportivas y tal lo dispuesto por el artículo 3

EDICION: 24 Págs. - $ 3,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
de la Ley N 8347, el Poder Ejecutivo debe fomentar la participación de deportistas en competencias regionales, nacionales e internacionales; y Que el Fondo Provincial del Deporte está destinado a las acciones que se relacionan con gestionar, auspiciar, apoyar, fomentar, promover y ejecutar actividades tendientes al cumplimiento de los objetivos y finalidades establecidas, de acuerdo a planes, programas y proyectos que se acuerden y aprueben; y Que el fondo FO.PRO.DER. se integra con los siguientes recursos: a Los que provengan de participación y/o aportes de la Nación; b El producido de las operaciones realizadas con recursos del Fondo; c El importe que resulte del 12% doce por ciento de las utilidades netas por juegos y apuestas de IAFAS.; d El patrimonio de instituciones o entidades deportivas disueltas y que por sus estatutos, no tengan previsto otro destino; e Los Aportes del Tesoro Nacional y/o Provincial o de Rentas Generales que fije anualmente la Ley de Presupuesto, y f Los saldos de los ejercicios vencidos, que pasaron a la cuenta del fondo en concepto de recursos del año anterior; y Que mediante Decreto N 5335 de fecha 11
de septiembre de 2008, este Poder Ejecutivo instituyó un régimen de apoyo a instituciones deportivas de la Provincia de Entre Ríos que participen de los Torneos de Primera División, Primera B Nacional, Argentino A y Argentino B de Fútbol, Liga Nacional A, Torneo Nacional de Ascenso, Liga Nacional de Básquetbol, Ligas Nacional A 1 y Nacional A 2
de Vóleibol, organizados y fiscalizados por la Asociación del Fútbol Argentino, la Asociación de Clubes de Básquetbol y la Asociación de Clubes de la Liga Argentina de Vóleibol. Posteriormente, el día 8 de octubre de 2009, a través del dictado del Decreto 3904, se dispuso la inclusión de la disciplina deportiva Ciclis-

mo para las competencias de alcance nacional que organice y fiscalice la Federación Argentina de Ciclismo en Pistas y Rutas, y mediante Decreto N 2800 de fecha 27 de agosto de 2013 la disciplina deportiva de atletismo para las competencias de alcance nacional organizadas por la Confederación Argentina de Atletismo; y Que en los considerandos del citado decreto se expresa que a través de sus Áreas de Deporte Social, de Deporte Federado y de Políticas Deportivas y de Planificación, el Gobierno Provincial viene ejecutando acciones deportivas promocionales que incluyen -anualmentea miles de jóvenes entrerrianos: Ello constituye la base estructural de la inclusión social del deporte; a modo ilustrativo pueden considerarse comprendidos los Juegos Nacionales Evita, los Juegos Deportivos Entrerrianos, Abuelos en Acción, Entre Ríos Camina y sus similares. Asimismo, se establece el propósito del Poder Ejecutivo Provincial de fomentar la participación de deportistas en competencias regionales, nacionales e internacionales, esto es, la de aquellos supuestos donde instituciones deportivas y deportistas entrerrianos representan a la Provincia de Entre Ríos fuera de ella, de un modo institucional en competencias de carácter oficial que organizan entes con reconocimiento nacional y cuya organización y objetivos concuerden con los postulados que como metas procuran las Leyes Nacional N
20.655 de Fomento y Desarrollo del Deporte y Provincial N 8.347, y que el aporte al sostenimiento de certámenes deportivos de alta competencia, de los que participen instituciones deportivas y deportistas entrerrianos, se muestra como un elemento de real importancia en la promoción tanto de la calidad como de la cantidad de deportistas e instituciones provinciales provocando que los niños se vuelquen al deporte por carácter imitativo y por la expecta-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/08/2014

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2014>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31