Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2013

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/
E-mail:decretosboletin@entrerios.gov.ar - imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar
Nº 25.352 - 220/13

PARANA, viernes 29 de noviembre de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10250
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Modifícase el inciso c del artículo 252º del Código Fiscal t.o. 2006 el que quedará redactado de la siguiente manera:
c En los juicios sucesorios, se hará efectiva la tasa mínima prevista por la Ley Impositiva al momento de la presentación y dentro de los diez 10 días, de quedar firme el auto que disponga la aprobación definitiva del inventario y su avalúo o manifestación de bienes, se abonará la diferencia de la tasa, sin perjuicio de integrarse cualquier diferencia si se comprobara la existencia de otros bienes.
Art. 2º: Comuníquese, etc.
Paraná, Sala de Sesiones, 8 de octubre de 2013
Ester González Vicepresidente 1 H.C. de Senadores a/c de la Presidencia Lautaro Schiavoni Prosecretario H.C. de Senadores José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 24 de octubre de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
EDICION: 22 Págs. - $ 3,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
Ministerio de Gobierno y Justicia, 24 de octubre de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10250. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10264
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Aret. 1: Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia a donar al Centro de Jubilados de Arroyo Barú, representado por su Presidente el señor René José María Bernardi, DNI N
5.820.843, un inmueble de su propiedad ubicado en el Departamento Colón, Distrito Cuarto, ciudad de Arroyo Barú, Manzana 16, en la intersección de las calles Avenida Francisco Ramírez y Bruno Alarcón s/n, con una superficie de ochocientos metros cuadrados 800,00
m2, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de Colón al Tomo 40, Folio 657, Finca 6960 N 238, dentro de los siguientes límites y linderos: NORTE: Calle sin nombre.
ESTE: Calle sin nombre. SUR: Carlos Delate.
OESTE: Carlos Rocha.Art. 2: Esta donación se realiza con el cargo de que el inmueble descripto precedentemente sea destinado al funcionamiento y desarrollo de las actividades específicas del Centro de Jubilados de Arroyo Barú.
Art. 3: Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes a la transferencia del dominio del inmueble.
Art. 4: Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Paraná, 19 de noviembre de 2013
José Angel Allende Presidente H.Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores
Paraná, 22 de noviembre de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 22 de noviembre de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10264. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10265
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Sustitúyase el Articulo 5 de la Ley Impositiva N 9622, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 5.- Fíjase en pesos quince mil $
15.000 el monto de valuación fiscal límite para la exención del bien de familia, establecida en el Artículo 146, Inciso n del Código Fiscal T.O. 2006.
Art. 2º: Sustitúyase el Artículo 6 de la Ley Impositiva N 9622, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 6.- Fíjase en pesos cuatro mil quinientos $ 4.500 los importes a que refieren los Incisos p y q del Artículo 146 del Código Fiscal T.O. 2006.
Art. 3º: Sustitúyase el Artículo 10 de la Ley Impositiva N 9622, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 10.- Fíjase en pesos cuatro mil $
4 . 0 0 0 y e n p es os cient o ses ent a m il $
160.000 los importes a los que refieren el primer y segundo párrafo, respectivamente, del Artículo 189 Inciso v del Código Fiscal T.O. 2006.
Art. 4: Sustitúyase el Artículo 11 de la Ley

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/11/2013

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2013>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930