Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2013

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Nº 25.210 - 078/13

PARANA, jueves 2 de mayo de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 531 MGyJ
RECHAZANDO SOLICITUD
Paraná, 21 de marzo de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la interna penada Arquiel Ivana, LP Nº 4029/07, quien actualmente se encuentra gozando del beneficio de Libertad Condicional otorgado, solicitando la conmutación de pena; y CONSIDERANDO:
Que la peticionante fue condenada en fecha 13 de octubre de 2006 por la Excma. Cámara Primera en lo Criminal-Sala Segundade la ciudad de Paraná, a la pena de nueve años y seis meses de prisión y accesorias legales del Art. 12 del Código Penal, por el delito de Homicidio Simple, Arts. 79 y 45 del Código Penal;
Que obra en el presente expediente Informe Pronóstico elaborado por el Consejo Correccional de la Unidad Penal Nº 6, de donde surge su opinión favorable al pedido de Conmutación de Pena realizado;
Que el Excmo. Superior Tribunal de Justicia, después de haber evaluado lo peticionado a fs.
1, informó favorablemente, por considerar que se encuentran reunidas las condiciones para hacer lugar a la gracia pretendida;
Que es una facultad privativa del Poder Ejecutivo conmutar o indultar a las penas impuestas de acuerdo a lo normado en el Art. 175º, inciso 4º de la Constitución de la Provincia, por ello y en atención a lo antes expuesto resulta procedente rechazar el pedido formulado;

EDICION: 22 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Rechácese la solicitud de conmutación de pena efectuada por la interna penada Arquiel Ivana, LP Nº 4029/07, actualmente con el beneficio de libertad condicional, de conformidad a lo expresado en los considerandos de la presente norma.
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 536 MGJ
Paraná, 21 de marzo de 2013
Disponiendo el pase a retiro obligatorio por invalidez, con goce de haberes del Sargento de Policía Dn. Juan Raúl Avallone, clase 1971, MI Nº 22.023.646, Legajo Personal Nº 21.810, Legajo de Contaduría Nº 116.822, del numerario de la Jefatura Departamental San Salvador, conforme a lo establecido por los artículos 247º, 248º Inc. d, 253º Inc. 2 apartado a y 258º Inc. 2 apartado b de la Ley 5654/75
reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto Nº 5553/75.
DECRETO Nº 537 MGyJ
DISPONIENDO BAJA
Paraná, 21 de marzo de 2013
VISTO:
La Sentencia dictada en fecha 25 de Abril de 2011 por el Juzgado en lo Correccional Nº 2
local a cargo del Dr. Daniel Julián Malatesta;
CONSIDERANDO:
Que a través del referido veredicto judicial, se resolvió en la causa LE Nº 6319, Fº 183/84

caratulada; Gabriel, Dardo Rubén - Severidades, vejaciones, y lesiones graves en concurso ideal - Roldán, Jorge Alberto - Aguilar, Ramón Isidoro S/ Severidades, vejaciones y lesiones graves en concurso ideal en comisión por omisión; declarar a Gabriel Dardo Rubén, autor material y responsable del delito de severidades, vejaciones y lesiones graves en concurso ideal y en consecuencia Condenarlo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial por el doble tiempo; y declarar a Aguilar Ramón Isidoro, autor material y responsable del delito de severidades, vejaciones y lesiones graves en concurso ideal en comisión por omisión, y en consecuencia Condenarlo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial por el doble tiempo;
Que entre tanto, se anexa copia legalizada de sentencia dictada en fecha 07 de Agosto de 2012 por la Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, en el marco de los autos: Gabriel, Dardo R. - Aguilar, Ramón I. s/ Recurso de casación, que resolvió rechazar los recursos de casación articulados por los defensores técnicos de los condenados;
Que, mediante el Oficio Nº 364 de fecha 19
de Noviembre de 2012, procedente de la Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Excmo. Superior Tribunal de Justicia rubricado por el Secretario Dr. Rubén A. Chaia, se informa que en fecha 07/08/12 se dictó sentencia desestimando el recurso extraordinario interpuesto, y devueltos los autos a su origen;
Que en este orden de exposición, deviene pertinente destacar, que actualmente los Oficiales de Policía Gabriel y Aguilar, revistan en situación de Activo-Pasivo impuesta por ministerio de la Resolución DAI Nº 890 de fecha 14

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha02/05/2013

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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