Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/05/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Mayo de 2017

BOLETIN OFICIAL N 5564

Que han tomado intervención los Organismos de Control, Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 0002317;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar la presente Contratación Directa con la firma PATAGONIA BLOCK S.A. CUIT N 30-71010570-3, por la suma de Pesos Dos Millones Noventa y Nueve Mil Quinientos Cuarenta con 11/100
$ 2.099.540,11 para la ejecución de la obra de regularización del sistema de suministro y distribución de energía eléctrica del Establecimiento de Ejecución Penal N 2 de la ciudad de Gral. Roca, y el Contrato que como Anexo forma parte de la presente, conforme lo expresado en los considerandos de la presente.Art. 2.- Aprobar el gasto emergente por la suma de Pesos Dos Millones Noventa y Nueve Mil Quinientos Cuarenta con 11/100 $
2.099.540,11.Art. 3.- Comprometer los Créditos a la Jurisdicción 30, Programa 11
Subprograma 0, Proyecto 1, Actividad 53 y Partida 421, Código de Financiamiento 10, Rentas Generales.Art. 4.- Abonar por Tesorería General de la Provincia, luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley Provincial H N 3.186, a la firma PATAGONIA BLOCK
S.A. CUIT N 30-71010570-3, por la suma de Pesos Dos Millones Noventa y Nueve Mil Quinientos Cuarenta con 11/100 $ 2.099.540,11, pagaderos de la siguiente manera conforme a la cláusula cuarta del Contrato: Treinta por ciento 30% del total en forma de adelanto, tras la firma del contrato, y el saldo restante. en cuotas mensuales conforme a certificados de avance de obra.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Ministro de Seguridad y Justicia.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Olicial y archivar.WERETILNECK. C. Váleri. G. Pérez Estevan.

Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por el Señor Ministro de Seguridad y Justicia Dr. Gastón Pérez Estevan, con domicilio en calle 25 de Mayo 1.127 de la Ciudad de Viedma, en adelante el COMITENTE, por una parte, y la Empresa PATAGONIA BLOCK S.A. CUIT N 30-710105703, representada en este acto por el Director Apoderado Sr. Ernesto Gabriel Jiménez Sobarzo, con domicilio en calle Avenida La Plata N 468 de la Ciudad de Cipolletti, en adelante el CONTRATISTA, por la otra parte, se acuerda en celebrar el presente Contrato, sujeto a las siguientes Cláusulas:
Primera: Regimen Legal. El presente Contrato se encuadra en los términos de Urgencia previstos por el Artículo 9, Inciso d de la Ley J
N286. A todo otro efecto legal, de interpretación y aplicación de condiciones, se aplicará lo establecido en la Ley de Obras Públicas J N 286 y Decreto reglamentario.
Segunda: Objeto. El COMITENTE encomienda al CONTRATISTA, y este acepta, la ejecución de la obra identificada como RECONVERSION
SISTEMA DE PROVISION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA
ETAPA I - ESTABLECIMIENTO DE EJECUCION PENAL N 2
GENERAL ROCA, que se tramita por Expediente N87687-MSJ2016.
Tercera: Precio. Sistema de Contratación. El precio de la presente contratación queda fijado en la suma de Pesos Pesos Dos Millones Noventa y Nueve Mil Quinientos Cuarenta con 11/100 $ 2.099.540,11. El CONTRATISTA declara que el precio incluye sus propias determinaciones respecto de Gastos Indirectos, Gastos Generales, Costo Financiero, Beneficio y Sellados, Derechos, Tasas e Impuestos IVA incluido. La obra se ejecutará por el sistema de Ajuste Alzado.
Cuarta: Forma de Pago. Retenciones. El COMITENTE abonará al CONTRATISTA el treinta por ciento 30% del precio de la obra en concepto de anticipo, tras la firma del Contrato, y el saldo restante en cuotas mensuales, conforme a la certificación de avance de la obra que se verifique.
En cada caso, el COMITENTE efectuará la retención del cinco por ciento 5% correspondiente a la Garantía de Conservación o Fondo de Reparo de la obra.
Quinta: Plazo de Ejecución. El CONTRATISTA se obliga a finalizar la totalidad de la obra objeto de este Contrato en el plazo de ciento ochenta 180 días corridos, a contarse a partir de la emisión de la Orden de Inicio de los trabajos.

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Sexta: Obligaciones del Contratista. La suscripción del presente por el CONTRATISTA implica que, con anterioridad a elaborar su precio y formular su Oferta, ha inspeccionado y estudiado el sitio donde se desarrollará la Obra, sus condiciones generales y particulares, los alcances establecidos para la misma por el COMITENTE, y que el CONTRATISTA reconoce como consignados en la Memoria Técnica, Planos Generales y de Detalles, Especificaciones Técnicas, Listado de Rubros e información en texto y gráficos complementarios en respuesta a consultas, todo lo cual ha tenido a la vista y han formado parte de su análisis y evaluación para determinar el precio y el Plan de Trabajos, reuniendo todos los datos que puedan influir en la ejecución de los trabajos, los costos, el ritmo de ejecución y/ o duración de la Obra. El CONTRATISTA está obligado a ejecutar las obras objeto del presente Contrato de manera que a juicio del COMITENTE, sus diversos Rubros e ítems resulten completos y adecuados a sus fines, y de acuerdo a las reglamentaciones en vigencia y a las reglas del arte. El CONTRATISTA
ejecutará los trabajos aportando materiales, mano de obra y equipos, en la cantidad necesaria para desarrollar las tareas, incluyendo, en cada caso, los especiales que fueran necesarios para la garantía de calidad de la obra en su conjunto. Las instalaciones y los insumos serán los apropiados para su destino en obra, respondiendo a normativas y reglamentos vigentes de entes prestatarios u organismos reguladores o de control; los insumos serán de marca reconocida y avaladas u homologadas por Normas IRAM. El CONTRATISTA se obliga a respetar los términos y secuencia de la planificación establecida en el Plan de Trabajos, sea en cuanto a plazos como a si hubiere sectorización o zonificación, pudiendo proponer modificaciones al mismo mediante oportuna comunicación al COMITENTE, quedando esas modificaciones sujetas a acuerdo con este último.
Séptima: Representantes Técnicos. En nombre del COMITENTE la Representación Técnica será ejercida por una autoridad de rango profesional de la Dirección de Logística e Infraestructura del Ministerio de Seguridad y Justicia, cuya designación será comunicada al CONTRATISTA. El CONTRATISTA, a su vez, designará un Representante Técnico de rango profesional y comunicará su designación al COMITENTE. Ambos Representantes Técnicos estarán habilitados para efectuar y suscribir comunicados referidos a la obra Ordenes de Servicio y Notas de Pedido, y a elaborar y suscribir Actas de Medición, Certificados Parciales discriminados y Certificados Resumen en todos los casos correspondientes a períodos mensuales, Actas de Recepción Provisoria Parciales por sector, zona, trabajo o instalación, Acta de Recepción Provisoria General y Acta de Recepción Definitiva.
Octava: Redeterminaciones de Contrato Variaciones de Costos. En lo referente al reconocimiento por parte del COMITENTE de las Redeterminaciones de Contrato o Variaciones de Costos que pudieran producirse durante la ejecución de la obra contratada, se procederá conforme lo establecido en los regímenes vigentes en aplicación por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro. No se aplicará la presente Cláusula al anticipo del treinta por ciento 30% del precio de la obra, por lo que no corresponderá reconocer por parte del COMITENTE las Redeterminaciones de Contrato o Variaciones de Costos que el CONTRATISTA pudiera alegar por ese porcentaje del precio adelantado.
Queda establecido como mes base para el cálculo de Redeterminaciones de Precios o Variaciones de Costos el de Septiembre de 2016.
Novena: Documentos del Contrato. El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre el COMITENTE y el CONTRATISTA desde el momento de su suscripción y durante el desarrollo de la obra, hasta su Recepción Definitiva. Los documentos que regirán el Contrato son los consignados a continuación:
La Resolución de Adjudicación.
La Garantía de del cumplimiento del Contrato, por un valor equivalente al cinco por ciento 5% del monto contractual, presentada en cualquiera de las formas vigentes en aplicación por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro.
El formulario de Propuesta y la Planilla de Cotización discriminada por Rubros e Ítems.
El Plan de Trabajos en los términos requeridos por el COMITENTE.
El Acta u otro documento habilitante al suscriptor del Contrato a proceder a tal fin.
El Formulario de Contrato propiamente dicho. El CONTRATISTA
procederá al pago del sellado de ley que corresponda al Contrato en la jurisdicción del COMITENTE. debiendo presentar a este último la constancia de tal pago, para la prosecución de trámites administrativos posteriores.
La Orden de Inicio de los trabajos.
Las comunicaciones intercambiadas entre COMITENTE y CONTRATISTA.
Las Especificaciones. Planos y Gráficos elaborados por el COMITENTE, y los elaborados por el CONTRATISTA, aprobados por el COMITENTE.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/05/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha18/05/2017

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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