Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 5 de Octubre de 2015

Nº 5395

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AÑO LVI
EDICION DE 24 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

DECRETOS

DECRETO Nº 1482
Viedma, 17 de septiembre de 2015.
Visto, el contenido del Expte. N 126.612-J-2014 del registro de la Jefatura de Policía, y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo se inicia a raíz de la nota N 284, de fecha 1 de abril de 2014, a través de la cual la Secretaría Legal y Técnica, ordena a la Jefatura de Policía que se cumplimente lo ordenado en la Sentencia N 244, de fecha 11 de junio de 2012, dictada por la Cámara de Trabajo de Viedma, en los autos caratulados: Gorostarzu, Carlos Raúl c/Provincia de Río Negro s/
Contencioso Administrativo, Expte. N 479/02;
Que mediante la misma, se ordena anular el Decreto N 996/01 y la Resolución N 2503/00 JEF, estableciendo su inmediata reincorporación a la Repartición Policial e imponiendo a la parte demandada en mérito a las prescripciones del Decreto N 697/11, el tratamiento y solución del ascenso que le hubiere correspondido a Carlos Raúl Gorostarzu, D.N.I. N
11.255.080;
Que del análisis del Legajo Personal del citado Oficial Superior, se desprende que en fecha 1 de enero de 1999, fue promovido al grado de Comisario Mayor, y de acuerdo al Anexo N IV de la Ley L N 679, al 31 de diciembre de 2001 contaba con el tiempo mínimo para ser tratado por la Junta de Calificaciones Colegiada Art. 3 del Reglamento de las Juntas de Calificaciones - Decreto N 1727/85 y 1269/91; debiendo impulsarse su inmediata convocatoria a sesión extraordinaria para cumplimentar lo dispuesto en la Sentencia N 244 del registro de la Cámara Laboral de esa ciudad;
Que asimismo el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, en fecha 24 de junio de 2014, dictó la Sentencia N 35, en el marco del Expediente N
26116/12, resolviendo el Recurso de Casación presentado oportunamente por la Fiscalía de Estado, haciendo lugar a la parte demandada, disponiendo revocar la Sentencia definitiva impugnada exclusivamente en cuanto ordena el pago de diferencias salariales;
Que teniendo en cuenta el fallo judicial dictado por el Órgano Supremo de la Provincia antes citado, no se abonarán diferencias salariales, no obstante ello, se deberán realizar las contribuciones patronales y los aportes personales, una vez que haya sesionado la Junta Colegiada y con su conclusión proyectando el ascenso al grado inmediato superior del Comisario Mayor Carlos Raúl Gorostarzu, con el objeto que la recategorización administrativa obtenga su materialización en la órbita previsional;
Que corresponde remitir copia del presente a la Unidad de Control Previsional y a la Secretaría Administrativa dependientes de la Jefatura de Policía, a fin que opere la baja del sistema de liquidación el haber previsional y se genere el alta en el sistema de liquidación de haberes del personal policial en actividad al Comisario Mayor Carlos Raúl Gorostarzu;
Que por intermedio de la Resolución N 3208 JEF, de fecha 20 de mayo de 2015 del registro de la Jefatura de Policía se anuló la Resolución N
2503 JEF, de fecha 22 de agosto de 2000, a través de la cual se dispuso el Pase a Situación de Disponibilidad al Comisario Mayor del Agrupamiento Seguridad, Escalafón General Carlos Raúl Gorostarzu, D.N.I. N 11.255.080, Clase 1954, Legajo Personal N 299, por aplicación del Art. 113, Inc. a de la Ley del Personal Policial N 679 texto consolidado Ley N 4540, de conformidad a lo resuelto en la Sentencia dictada por la Cámara de Trabajo;
Que corresponde en esta instancia dar cumplimiento a lo ordenado mediante Sentencia N 244 cuya copia obra a fs. 06/24, anulando el Decreto 996/01;

Que en base a la Resolución N 3208 JEF, de fecha 20 de mayo de 2015
y el dictado del presente, a través de la Jefatura de Policía deberá procederse a aplicar ambas decisiones con el objeto de reencauzar la situación administrativa del Sr. Carlos Raúl Gorostarzu, D.N.I. N 11.255.080, integrando oportunamente la Junta de Calificación Colegiada para el inmediato tratamiento de los ascensos que pudieran corresponder;
Que asimismo deberá notificarse a las dependencias administrativas pertinentes con el objeto de evitar un perjuicio económico a la Administración Pública;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Letrada General de la Jefatura de Policía y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N 03397/15;
Que el presente Decreto se dicta conforme las facultades conferidas en el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Anular el Decreto N 996, de fecha 17 de agosto de 2001, a través del cual se le otorga el Retiro Obligatorio por aplicación del Capítulo III, Art. 4, Apartado 2, Inc. c de la Ley N 2432 texto Consolidado Ley N 4413, a partir del 22 de agosto de 2001.
Art. 2º - Disponer la reincorporación a la Policía de Río Negro a partir de la firma del presente Decreto al Comisario Mayor Carlos Raúl Gorostarzu, D.N.I. N 11.255.080.
Art. 3º - Establecer que el citado Oficial Superior reviste en Actividad, servicio Efectivo a partir del 22 de agosto de 2000, conforme lo establece el Art. 109, Inc. a de la Ley L N 679, por los motivos expuestos en el Considerando.
Art. 4º - Disponer que en el término de treinta 30 días desde la fecha de suscripto el presente, se proceda a la integración de la Junta de Calificación Colegiada, para efectuar el tratamiento y solución del ascenso que le hubiere correspondido al citado Oficial Superior.
Art. 5º - Remitir copia del presente a las dependencias administrativas pertinentes con el objeto de evitar un perjuicio económico a la Administración Pública.
Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Seguridad y Justicia.
Art. 7º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETINECK.- G. Pérez Estevan.
oOo DECRETO Nº 1493
Viedma, 17 de septiembre de 2015.
Visto, el Expte. N 120295-SC-2015 del registro de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Turismo Cultura y Deporte y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita el otorgamiento de un adicional especial funcional para adquirir indumentaria de trabajo, de carácter no renumerativo y no bonificable, por única vez, de pesos ochocientos cincuenta $ 850,00
para los agentes de diferentes localidades que revisten y prestan funciones como personal transitorio de la Ley L N 1844 de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte;
Que es política de la Secretaría de Cultura garantizar a todos los agentes las condiciones de seguridad laboral, acorde a la legislación vigente;
Que el Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la provincia de Río Negro, Ley L N 3487, establece en el Anexo I, Art. 23, Inc. n que el personal deberá usar indumentaria de trabajo que le provea en carácter de agente público;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/10/2015

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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