Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 22 de Diciembre de 2008

Nº 4683

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 26 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 26

DECRETOS

DECRETO Nº 1198
Viedma, 02 de Diciembre de 2008.Visto, el Expediente N 133.242-A-05, del Registro de Vial Rionegrina Sociedad del Estado, y;
CONSIDERANDO :
Que por las citadas actuaciones, se tramita el Expediente Caratulado: Tramo ex ruta Nacional N 3, Sierra Grande Arroyo Verde Puerto Lobos y su nueva designación como Ruta Provincial N 2 y la necesidad de avanzar en la definición de la incorporación a la red vial provincial como Ruta Provincial N 2, las Leyes J
N 3.109 y J N 3.110;
Que habiendo sido definida como de importancia estratégica la apertura de la ex ruta Nacional N 3, se comenzó procurando un Convenio con la Dirección Nacional de Vialidad, la que atento no constarle que figurara el tramo en cuestión en sus registros como parte de su red vial determinada por el Decreto PEN N 1.595/79, finalmente señaló el Jefe de Distrito XX
de ese Organismo a fojas 45, por Nota N 0577/5 que tal cesión carecía de objeto;
Que continuado el trámite por el Departamento Tierras de Vial Rionegrina Sociedad del Estado, finalmente obtiene como respuesta del Registro de Propiedad Inmueble que no existen en la ruta motivo de este expediente, inmuebles donde el titular dominial sea el Estado Nacional, fojas 49;
Que a fojas 54 la Dirección Nacional de Vialidad certificó toda la documentación suya agregada al trámite, haciendo lo mismo a fojas 56 la Dirección General de Tierras y Colonias e Información Territorial;
Que reunida toda la documentación y de acuerdo al proyecto de la Gerencia de Estudios y Proyectos de Vial Rionegrina Sociedad del Estado, se dictó la Resolución N 1.261/07 del Presidente del Directorio de esa Sociedad, por la que se aprobó la traza entre Sierra Grande Arroyo Salado y Arroyo Verde Puerto Lobos y ordenó proceder a su rehabilitación como Ruta Provincial N 2;
Que por el mismo acto se declaró de Utilidad pública los predios afectados por la traza, los que fueron notificados fehacientemente, conforme constancias de fojas 75/79 y 81/82, conforme lo normado en e Artículo 62 de la Ley Q
N 279;
Que atento las constancias del trámite corresponde ratificar la Resolución N 1.261/07 del Presidente del Directorio de Vial Rionegrina Sociedad del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de Vial Rionegrina Sociedad del Estado, Secretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relaciones Interprovinciales, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 0150108;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar la Resolución N 1.261/07 del Presidente del Directorio de Vial Rionegrina Sociedad del Estado, que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar Razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. F. Verani.-

Anexo I
Resolución Nº 1261
Expte. Nº 133242-A-05
Viedma RN, 24 de agosto de 2007.
VISTO : Las gestiones realizadas ante la Dirección Nacional de Vialidad por trámite Interno N 2.849/2004, a partir de la solicitud efectuada por el Sr. Gobernador de la Pcia. de Río Negro, Dr. Miguel Angel SAIZ, en lo referente a la necesidad de conexión entre Sierra Grande Playas Doradas y Puerto Lobos, para lo cual se requiere la reapertura de la ex ruta Nac. N 3, tramo Arroyo Salado Arroyo Verde, dejada sin efecto a partir de la habilitación de la nueva traza en el año 1954;
y CONSIDERANDO:
Que del informe de Vialidad Nacional por Nota N 0577/5, de Fs. 042 a 044 se deja constancia que la Red Nacional de Caminos es definida por el DECRETO N
1.595/79 y el tramo Arroyo Salado Arroyo Verde de la ex ruta nacional N 3 no está incluido en dicha red y, por lo tanto, la D.N.V. no tiene actualmente jurisdicción legal sobre ese camino, lo cual toma innecesaria la transferencia de jurisdicción nacional o provincial;
Que de los informes de la Dirección de Catastro e Información territorial de Fs.
22 a 33 surge que en los inmuebles afectados por esta ruta y alli incluidos no existen parcelas donde el titular sea el Estado Nacional Argentino, lo cual es avalado por el informe del Registro de la Propiedad Inmueble del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro de Fs. 047.
Por ello:
El Presidente del Directorio de Vial Rionegrina S.e.
RESUELVE
ARTICULO 1.- Aprobar la traza de la ex ruta Nac. N 3, tramo Sierra Grande Arroyo Salado Arroyo Verde Puerto Lobos de fs. 21, entre las Progresivas:
Km 0,00 y Km 44,940, y proceder a su rehabilitación como Ruta Provincial Primaria N 2 Camino Costero.
ARTICULO 2.- Declarar de Utilidad Pública los predios afectados y detallados de fs. 27 a 35 y reclamar ante los organismos provinciales pertinentes, la liberación de la traza mediante la aplicación de Artículo N 65 de la Ley Provincial N 279, ya que los mencionados predios tienen origen fiscal y la notificación a los propietarios afectados por la vía oficial correspondiente.
ARTICULO 3.- Gestionar el correspondiente Decreto del Poder Ejecutivo Provincial -Provincial para incorporar a la red vial el tramó mencionado en el Art. 1.
ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese, tómese razón y pase a conocimiento de la Dirección de General de Tierras y Colonias a sus efectos, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido archívese.
Cdor. Miguel Ulises Pedranti, Presidente Directorio.
oOo DECRETO Nº 1200
Viedma, 03 de Diciembre de 2008.Visto, el Expediente N 101.367-SIPN-08, del Registro del Ministerio de Familia, el Decreto N 128/04 de creación en el ámbito del Ministerio de Familia, del Programa Social Comer en Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto citado se crea en el ámbito del Ministerio de Familia el Programa Comer en Familia, siendo éste la autoridad de aplicación del mencionado Programa;
Que el objetivo general del mencionado Programa es brindar asistencia alimentaria a la población beneficiaria en sus hogares, preservando y/o recuperando de este modo, la dignidad e integración del ámbito familiar como espacio genuino de contención y desarrollo familiar;
Que dicho Programa tiene por destinatarios a familias en riesgo social, con menores de catorce 14 años a cargo y/o personas discapacitadas, y/o mujeres embarazadas y/o adultos mayores de sesenta y cinco 65 años;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha22/12/2008

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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