Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/12/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4682

Viedma, 18 de Diciembre de 2008

Capítulo II
REGIMEN DE COBRO DEL SERVICIO MEDIDO
Art. 11. - Los valores de consumo de agua potable registrados se liquidarán mensualmente de acuerdo a los siguientes precios unitarios según los casos:
CATEGORIAS A Residencial y C No Residencial
Art. 12. - Los valores establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado IVA.
Capítulo III
SERVICIOS ESPECIALES
Art. 13 - Instalaciones Eventuales: El abastecimiento de agua potable a instalaciones desmontables o eventuales, de naturaleza o funcionamiento transitorio, se liquidará a razón de 1,48 $/m.
Art. 14. - Agua para riego de espacios públicos: No se efectúa liquidación tarifaria, pudiéndose determinar un valor a aplicar en una futura revisión.
Art. 15. - Cargo de conexión, infraestructura y mejoras: Al otorgarse una nueva conexión de abastecimiento de agua potable o desages cloacales, en el área
servida por EL CONCESIONARIO corresponderá liquidar al Usuario, en concepto de infraestructura, derecho e inspección, los siguientes valores:
Conexión de agua:
$ 2.900,00
Conexión de cloacas:
$ 450,00
Art. 16. - Cargo de desconexión de servicios: Al momento de ser autorizada la desconexión o no conexión del servicio según lo establecido en el Artículo 10 del Marco Regulatorio, el Usuario deberá pagar un cargo de desconexión equivalente a seis 6 meses de prestación de los servicios que tuviera para el primer caso o de seis 6 meses de los servicios que le hubiese correspondido tener en el segundo caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del presente Régimen Tarifario.
Dicho pago debe efectuarse con anterioridad al momento de su efectiva desconexión o no conexión, debiéndose saldar también todo cargo impago existente a dicho momento. A partir de la desconexión o no conexión se continuará abonando un mínimo correspondiente a la categoría baldío por los servicios disponibles, según el Artículo 11 - Categoría Baldío - del presente Anexo.
Art. 17. - Cargo de reconexión de servicios: El valor que correspondiera liquidar en concepto de derecho de reconexión del servicio de agua potable se determina en Setenta y Cinco Pesos $ 75,00.
Art. 18. - Cargo de ampliación de redes: Denomínase como tal al régimen para el financiamiento del costo de ampliaciones de las redes domiciliarias construidas por EL CONCESIONARIO para la incorporación de nuevos usuarios en áreas no servidas de la concesión. Este cargo es adicional al establecido en el Artículo 15
del presente Anexo.
Dicho régimen es alternativo de toda otra acción que asegure la incorporación de los Usuarios en tiempo y forma, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 40 del Contrato de Concesión.
Toda acción emprendida por EL CONCESIONARIO, en el contexto del presente régimen de financiamiento, debe contar con la aprobación previa de EL
DEPARTAMENTO.
La financiación otorgada a los Usuarios por EL CONCESIONARIO deberá contemplar el pago que correspondiere en cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La liquidación se efectuará juntamente con la de los servicios de abastecimiento de agua potable ylo desages cloacales prestados a dichos Usuarios, discriminando claramente el importe.

oOo Provincia de Río Negro CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
Junta de Disciplina Docente C.P.E. R.N.
Resolución Nº 203/08
Se hace saber por este medio a la Sra. Alaniz, Noelia, Cuil N 27-26633434-1 que la Junta de Disciplina Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución N 203JD/08, del Expediente N 137816/JD/08, que en su parte pertinente dice:
Viedma, R. N. 10 de Diciembre de 2008.
Visto: El Expediente N 137816-JD-08, del registro del Consejo Provincial de Educación - Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro - s/
Presunto abandono de cargo docente Alaniz, Noelia - Escuela de Formación Cooperativa y Laboral N 6
San Carlos de Bariloche y la Resolución N 199/JD/
08, y ;
CONSIDERANDO:
Por ello, La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1º - Modifícase el artículo 1 en la Resolución N 199/JD/08 por el siguiente texto Aplicar a la docente Alaniz, Noelia, Cuil N 27-26633434-1, la sanción prevista en el Art. 61 inciso g de la Ley 391 Estatuto del Docente y su modificatoria Ley 2445, Cesantía en todos los cargos y/u horas que desempeña por el término de dos 2 años a partir de la notificación de la presente.
Art. 2º - Notificar fehacientemente a la interesada por medio de la publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la provincia de Río Negro.
Art. 3º - Registrar, comunicar y archivar.
Mirta Adriana Venchi, Presidente JDD.- Mabel Noemí González, Secretaria JDD.- María de los A.
Migone, Vocal JDD.

Provincia de Río Negro DIRECCIÓN DE BOLETÍN OFICIAL
Resolución Nº 004
Viedma, 15 de diciembre de 2008.
Visto, la necesidad de establecer el costo de suscripción del Boletín Oficial para el período comprendido entre el 1/01/2009 al 30/06/2009, y CONSIDERANDO:
Que a fines de seguir manteniendo el servicio de suscripciones que brinda el Boletín Oficial, es necesario fijar el costo de suscripción para el primer semestre del año 2009;
Que habiéndose evaluado los valores de mercado de los diferentes insumos necesarios para la impresión del Boletín Oficial, se estima prudente introducir una modificación en el servicio mencionado;
Que surgen nuevos montos en el costo de las publicaciones a efectos de seguir manteniendo dicho servicio que brinda la Dirección del Boletín Oficial por ello se hace necesario el dictado de la presente norma;
Que lo solicitado se encuadra en el punto 1 Inc. b del Art. 67 el Reglamento de la Ley Nº 847, fusionada en la Ley H Nº 3186, consolidada por las Leyes K Nº 4270 y K Nº 4312 donde se faculta a la Comisión Administradora, de quien depende este Organismo Desconcentrado, para fijar los precios de venta y las tarifas que se presten.
Por ello, La Comisión Administradora del Boletín Oficial y Fiscalizadora de los Talleres Gráficos RESUELVE:
Artículo 1º - Fijar para el primer semestre del año 2009 el monto de la suscripción del Boletín Oficial en la suma de pesos ciento cuatro $ 104,00, debiendo ser abonada antes del 17/01/2009, establecer el valor de los gastos de envío al interior en la suma de pesos trescientos cincuenta y uno $ 351,00 y el valor del ejemplar del día en la suma de pesos dos $ 2,00.
Art. 2º - Registrar, comunicar y cumplido, archivar.
Adriel Vicente.- Jorge Alberto Gionde.- T.U.A.P.
Julio Tomás Gironde - Comisión Administradora Boletín Oficial.

Resolución Nº 005
Viedma, 15 de diciembre de 2008.
Visto, la solicitud presentada por diferentes suscriptores de contar con las ediciones de los Boletines Oficiales en soporte magnético; y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proceder a fijar el valor del servicio del Boletín Oficial en soporte magnético para el primer semestre del año entrante;
Que lo solicitado se encuadra en el punto 1 Inc.
b del Art. 67 del Reglamento de la Ley Nº 847, fusionada en la Ley H Nº 3186, consolidada por las Leyes K Nº 4270 y K Nº 4312 donde se faculta a la Comisión Administradora de quien depende este Organismo Desconcentrado para fijar los precios de venta y las tarifas que se presten.
Por ello, La Comisión Administradora del Boletín Oficial y Fiscalizadora de los Talleres Gráficos RESUELVE:
Artículo 1º - Fijar para el primer semestre del año 2009 los montos a abonar por el servicio del Boletín Oficial en soporte magnético de acuerdo al siguiente detalle:
Zip con devolución del mismo
CD, 1 por semana
CD sin devolución
CD Digesto Ley 4270
CD Digesto Ley 4312

$ 308,00
$ 350,00
$ 650,00
$ 30,00
$ 30,00

Costo de envío al interior, o fuera de la Provincia, en la suma de pesos trescientos cincuenta y uno $
351,00.
Art. 2º - Los montos previstos en el artículo anterior deberán abonarse antes del 17/01/2009.
Art. 3º - Registrar, comunicar y cumplido, archivar.
Adriel Vicente.- Jorge Alberto Gionde.- T.U.A.P.
Julio Tomás Gironde - Comisión Administradora Boletín Oficial.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/12/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha17/12/2008

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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