Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/01/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 03 de Enero de 2008

Nº 4582

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,80
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 44 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 44

LEYES

LEY Nº 4244
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Título I
PRESUPUESTO DE RECURSOS Y GASTOS
DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Artículo 1º.- Fíjase en la suma de pesos tres mil doscientos dieciocho millones ochocientos diecisiete mil cuarenta y cinco $ 3.218.817.045 el total de Gastos Corrientes, de Capital y Aplicaciones Financieras del Presupuesto General de la Administración Provincial Administración Central y Poderes del Estado y Organismos Descentralizados y Entes de Desarrollo para el Ejercicio Fiscal 2008 conforme al detalle de Planillas Anexas N 1 a 8, que forman parte integrante de la presente Ley.
Art. 2º.- Estímase en la suma de pesos tres mil doscientos dieciocho millones ochocientos diecisiete mil cuarenta y cinco $ 3.218.817.045 el Cálculo de Recursos Corrientes, de Capital y Fuentes de Financiamiento destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo al detalle que figura en las Planillas Anexas Nº 9 a 12, que forman parte integrante de la presente Ley.
Art. 3º.- Los importes que en concepto de Gastos y Recursos Figurativos se incluyen en la Planilla Anexa Nº 13 que forma parte integrante de la presente Ley, por la suma de pesos un mil cuarenta y un millones setecientos ocho mil trescientos noventa y ocho $
1.041.708.398, constituyen autorizaciones legales para comprometer las erogaciones a sus correspondientes créditos según el origen de los aportes y contribuciones para las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Provincial hasta las sumas que para cada caso se indican en la Planilla Anexa mencionada.
Art. 4º.- Estímase el Esquema Ahorro-InversiónFinanciamiento de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa Nº 14, que forma parte integrante de la presente Ley, estableciéndose que el superávit financiero estimado para el ejercicio fiscal 2008, asciende a la suma de pesos tres millones ciento cinco mil quinientos ochenta $ 3.105.580.Art. 5º.- Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y Financiamiento de la Lotería para Obras de Acción Social para el Ejercicio Fiscal 2008, conforme las Planillas Anexas Nº 15 y 16, que forman parte integrante de la presente Ley, fijándose en dieciocho 18 el número de cargos de la planta de personal permanente, en treinta y seis 36 el número de cargos de personal temporario y en uno 1
el número de categorías retenidas, cuya distribución indicativa figura en la Planilla Anexa N 22.

Art. 6º.- Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y Financiamiento del Instituto Autárquico Provincial del Seguro para el Ejercicio Fiscal 2008, conforme las Planillas Anexas Nº 17 y 18, que forman parte integrante de la presente Ley, fijándose en veintitrés 23 el número de cargos de la planta de personal permanente, cuya distribución indicativa figura en la Planilla Anexa N 22.
Art. 7º.- Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y Financiamiento del Instituto Provincial del Seguro de Salud para el Ejercicio Fiscal 2008, conforme las Planillas Anexas Nº 19 y 20, que forman parte integrante de la presente Ley, fijándose en doscientos ochenta y uno 281 el número de cargos de la planta de personal permanente, en noventa y cinco 95 el número de cargos de personal temporario y en ocho 8 el número de categorías retenidas, cuya distribución indicativa figura en la Planilla Anexa N 22.
Art. 8º.- Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y Financiamiento de los Fondos Fiduciarios que se incluyen como Anexo al presente Artículo y forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 9º.- Estímase el Esquema Ahorro Inversión Financiamiento del Sector Público Provincial no Financiero de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa Nº 21 que forma parte de la presente Ley.
Art. 10.- Fíjase en trescientos veintisiete 327 el número de cargos de la planta de personal permanente y en cinco 5 el número de categorías retenidas del Poder Legislativo, facultándose a su Presidente a distribuirlos analíticamente, constituyendo la Planilla Anexa N 24 una distribución indicativa de cargos.
Fíjase el número de cargos de personal temporario en el equivalente a diecisiete mil 17.000 puntos.
Art. 11.- Fíjase en ochenta y cuatro 84 el número de cargos de la planta de personal permanente, en tres 3 el número de cargos de personal temporario y en trece 13 el número de categorías retenidas del Tribunal de Cuentas, facultándose a su Presidente a distribuirlos analíticamente, constituyendo la Planilla Anexa N 24 una distribución indicativa de cargos.
Art. 12.- Fíjase en veinticinco 25 el número de cargos de la planta de personal permanente y en catorce 14 el número de cargos de personal temporario de la Defensoría del Pueblo, facultándose a su titular a distribuirlos analíticamente, constituyendo la Planilla Anexa N 24 una distribución indicativa de cargos.
Art. 13.- Fíjase en dieciocho 18 el número de cargos de la planta de personal permanente, en ocho 8
el número de cargos de personal temporario y en tres 3 el número de categorías retenidas de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, facultándose a su titular a distribuirlos analíticamente, constituyendo la Planilla Anexa N 24 una distribución indicativa de cargos.

Art. 14.- Fíjase en un mil quinientos cincuenta y cinco 1.555 el número de cargos de la planta de personal permanente y en trescientos nueve 309 el número de cargos de personal temporario del Poder Judicial, facultándose al Superior Tribunal de Justicia, quien podrá delegar parcialmente en el Administrador General del Poder Judicial a distribuirlos analíticamente, constituyendo la Planilla Anexa N 24 una distribución indicativa de cargos.
Art. 15.- Fíjase en veintisiete mil setecientos veintinueve 27.729 el número de cargos de la planta de personal permanente, en nueve mil setecientos veintidos 9.722 el número de cargos de personal temporario, en ciento veinticinco 125 el número de categorías retenidas y en ciento cinco mil seiscientos treinta y seis 105.636 la cantidad de horas-cátedra del Poder Ejecutivo. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar la distribución analítica de los cargos por Jurisdicciones y programas presupuestarios, constituyendo la Planilla Anexa N 23 una distribución indicativa de cargos.
Art. 16.- No se podrán aprobar incrementos en los cargos de la administración publica provincial y horas cátedra que excedan los totales determinados por la presente Ley.
Exceptúase de dicha limitación a las transferencias de cargos entre Jurisdicciones y/u Organismos Descentralizados y a los cargos correspondientes a las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Provincial.
Quedan también exceptuados, la modificación de cargos que deriven de la aplicación de sentencias judiciales firmes y en reclamos administrativos dictados favorablemente. Las excepciones previstas en el presente Artículo serán aprobadas por decreto del Poder Ejecutivo.
Art. 17.- Salvo decisión fundada del Poder Ejecutivo, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Entes de Desarrollo y Entes Autárquicos no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a la misma.
Art. 18.- Establécese la suma de pesos dieciséis millones ochocientos noventa y nueve mil novecientos ochenta $ 16.899.980, cualquiera sea la fuente de su financiamiento, el importe máximo a abonar en concepto de pago de sentencias judiciales firmes durante el ejercicio fiscal 2008.
Título II
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
DE LAS NORMAS SOBRE LOS GASTOS
Art. 19.- Modificaciones presupuestarias dentro de una Jurisdiccion. Se podrán disponer dentro de una misma Jurisdicción transferencias de créditos entre partidas principales, parciales y subparciales, inclusive

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/01/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha03/01/2008

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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