Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 2.- Este Subsidio será imputado en la Partida 1-3-05-02-05-0000 SUBSIDIOS VARIOS. Art. 3.-COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.-

AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 49
CORDOBA, R.A. LUNES 13 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Carrilobo Cba., 24 de febrero de 2023
FDO: DANIEL O. TAPPERO-Intendente Municipalidad de Carrilobo, HECTOR
J. MEINARDI-Secretario de Gobierno y Hacienda Municipalidad de Carrilobo.1 día - Nº 439679 - s/c - 13/03/2023 - BOE

Carrilobo Cba, 17 de febrero de 2023
FDO: DANIEL O. TAPPERO-Intendente Municipalidad de Carrilobo, HECTOR
J. MEINARDI-Secretario de Gobierno y Hacienda Municipalidad de Carrilobo.1 día - Nº 439678 - s/c - 13/03/2023 - BOE

DECRETO N 009/2023
VISTO: La solicitud de ayuda económica presentada ante este Departamento Ejecutivo Municipal por la Sra. ZABALA ANDREA ISABEL, D.N.I.
N 25.087.915, domiciliada en calle Av. Gral Roca N71 de esta Localidad, para ser destinada a solventar gastos médicos;
CONSIDERANDO:
Que, el solicitante es persona de escasos recursos económicos y la especial condición de vulnerabilidad en la que se encuentra;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CARRILOBO EN USO DE SUS
FACULTADES DECRETA
Art. 1.- OTORGUESE un Subsidio NO REINTEGRABLE de PESOS
SIETE MIL $7.000,00 a favor de Sra. ZABALA ANDREA ISABEL, D.N.I.
N 25.087.915, domiciliada en calle Av. Gral Roca N71 de esta Localidad, para ser destinada a solventar gastos médicos;
Art. 2.- Este Subsidio será imputado en la Partida 1-3-05-02-01-00-00
AYUDAS SOCIALES. Art. 3.-COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECRETO N 011/2023
VISTO: Que el artículo 21 de la Ley Organiza de Municipios N 8102, que da sustancia a las sesiones legislativas ordinarias, las prevé en el periodo comprendido entre el 1º de Marzo hasta el 30 de Noviembre de cada año, CONSIDERANDO:
Que, parte del cuerpo gubernamental y Concejo se encontraban de receso y que su presencia es imprescindible para logar el quorum y la legitimidad necesaria, previo acuerdo de las partes, se hace ejercicio de la facultad de prórroga, POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CARRILOBO EN USO DE SUS
FACULTADES DECRETA
Art. 1.- PRORROGUESE la apertura de sesiones legislativas correspondientes al año 2023, al día martes 14 de Marzo del corriente año, por las razones expresadas en el considerando, Art. 2.-COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.Carrilobo Cba., 01 de marzo de 2023
FDO: DANIEL O. TAPPERO-Intendente Municipalidad de Carrilobo, HECTOR
J. MEINARDI-Secretario de Gobierno y Hacienda Municipalidad de Carrilobo.1 día - Nº 439680 - s/c - 13/03/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha13/03/2023

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1425

Primera edición31/07/2018

Ultima edición11/05/2024

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