Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
AÑO CVI - TOMO DCLXII - Nº 39
CORDOBA, R.A. VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretario de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO

1 día - Nº 249862 - s/c - 21/02/2020 - BOE
1 día - Nº 249866 - s/c - 21/02/2020 - BOE

DECRETO N 0670/19

DECRETO Nº 0671/19
Cosquín, 10 de diciembre de 2019
Cosquín, 10 de diciembre de 2019

VISTO: La Ordenanza No 2572/04 por la cual se crea el Programa Municipal de Becas, y la necesidad de designar personal para prestar servicios en este Municipio como Beneficiarios del Programa Municipal de Becas, correspondiente al mes de diciembre de 2019.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza No 2572/04 se crea el Programa Municipal de Becas, destinado a personas residentes en la ciudad de Cosquín que se encuentren desocupados, perciban o no ayuda económica provenientes de otros Programas Laborales Nacionales o Provinciales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la nómina del personal beneficiado, las tareas de capacitación a desempeñar y el horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal,
D E C R ETA
Artículo 1o.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/12/2019 y el 31/12/2019, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación, afectadas a la realización de Peñas, tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente.
Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.

Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO: El Expediente No 2019-2793-1 Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, mediante el cual se solicita la contratación de los servicios de la Abog. Martínez Arias, Silvia Nora, para desempeñar tareas de asesoramiento legal, en el área de la Secretaría Legal y Técnica del municipio, por el período comprendido desde el 01/12/2019 al 31/12/2019.
Y CONSIDERANDO:

Que corresponde que la contratación de que se trata sea aprobada por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante acto administrativo en el que conste el monto afectado, el respaldo presupuestario y las obligaciones que se generen.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica, ha emitido informe, el que se encuentra incorporado en el expediente en cuestión.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
D E C R ETA

Artículo 1o.- APRUEBASE el Contrato de Prestación de Servicios de fecha 12/12/2019, suscrito con la Abog. MARTINEZ ARIAS, SILVIA NORA, CUIT No 27-17809777-1, Matricula profesional No 1-27956, con domicilio en calle Pio XII No 372 de esta ciudad, por el período, retribución global, funciones y demás condiciones establecidas en el mismo, que adjunto al presente Decreto forma parte integrante como Anexo I.
Artículo 2o.- EL gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida 1.3.34.322, jurídicos, contabilidad y auditoría del presupuesto municipal de gastos vigente.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento quienes corresponda y gírense las presentes actuaciones al área respectiva.
Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO
1 día - Nº 249867 - s/c - 21/02/2020 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha21/02/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1441

Primera edición31/07/2018

Ultima edición06/06/2024

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