Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/02/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXII - Nº 27
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 05 DE FEBRERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Oliva-Córdoba; incluyendo gestiones ante ECOGAS, aperturas de zanjas, colocación de cañería, tapado y verificación de servicios, precio por metro lineal $1500 con IVA incluido.
Se autoriza al Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de locación de obra que se adjunta a la presente y forma parte integrante de la misma como Anexo II, y toda la documentación que sea necesaria.
Art. 7.- MODIFCASE el art 7 de la Ordenanza N076/2019, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Establézcase que el monto de los trabajos referidos en el Art.3º, serán pagados obligatoriamente como contribución por mejoras por los propietarios, poseedores o tenedores de los inmuebles que por su ubicación se encuentran con frente directo o indirecto a calles situadas en la zona beneficiada por dichos trabajos., cuyo valor será igual para todo tipo de servicio sea este residencial, comercial, industrial, etc. y que ascenderá a la suma de Pesos cincuenta mil 00/100 $ 50.000,00 por unidad de vivienda o inmueble baldío, según sea el caso.

Estarán sujetos al pago establecido precedentemente todos los inmuebles, inclusive los de propiedad Nacional, Provincial o Municipal.

El cobro de las contribuciones por mejoras podrá ser efectuado conforme a las siguientes modalidades:
1Al contado, la suma de PESOS: CINCUENTA MIL $50.000, que podrá hacerse en un solo pago al comienzo de la obra, o en dos de VEINTICINCO MIL PESOS $25.000 cada uno, el primero al inicio de la obra y el segundo al finalizar la misma en el tramo correspondiente al inmueble.

ORDENANZA N 002/2020
Carrilobo, 6 de Enero de 2020
VISTO: La oferta realizada por el Sr. Díaz Mario Hugo D.N.I. 6.434.234 de compra de un tractor SOMECA 40 HP, con motor que marcha pero con dificultad, en desuso que pertenece a la Municipalidad de Carrilobo, Y CONSIDERANDO:

I.- Que según informe emitido por la Secretaria de Gobierno y Hacienda, dicho bien se encuentra en desuso y no tiene la Municipalidad necesidad del mismo.
II.- Que se ha procedido a efectuar una tasación del mismo, la cual forma parte integrante de esta ordenanza habiendo sido realizada por el Sr.
Rubén Andión, Corredor Publico Inmobiliario MP: 816 arrojando un Valor en Mercado entre los $28000 a $30.000.
III.- Que con fecha 23/12/2020 el Sr. Díaz Mario Hugo ha realizado una oferta por escrito de compra del citado bien ofreciendo abonar la suma de pesos treinta mil $30.000.
IV.- Que el valor ofrecido se ajusta al precio de tasación.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 49 inc.15 de la ley 8102
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA D ORDENANZA
ART.1º.- DESAFÉCTASE del dominio público el siguiente bien: tractor SOMECA 40 HP, con motor que marcha pero con dificultad, en desuso, sin faltantes y con algunos repuestos y accesorios a incorporar.-

2 En cuotas, conforme el siguiente plan:
ART.2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a vender el bien descripto en el artículo anterior al Sr. Díaz Mario Hugo D.N.I. 6.434.234 en la suma de pesos treinta mil $30.000.-

-12 meses + 26% recargo 63.000
-18 meses +39% recargo 69.500
-24 meses + 52% recargo 76.000
Los pagos deberán realizarse directamente a la Municipalidad de Carrilobo.

Art. 8 Comuníquese, publíquese, dese al R.M. y archívese.

FDO: ALEJANDRO D. GOLA-Presidente Honorable Concejo Deliberante, LILIANA M. CLARA-Vice 1 Presidente Honorable Concejo Deliberante, ARTURO A. CHIAPPERO - Vice Presidente 2 Honorable Concejo Deliberante, MARGARITA ROSA POLI-Secretaria Honorable Concejo Deliberante, VERONICA MARIA DOTTO-Concejal Honorable Concejo Deliberante, BRUERA GRACIELA DEL VALLE-Concejal Honorable Concejo Deliberante, JEREMIAS R. BRUSA-Concejal Honorable Concejo Deliberante, MARCOS U. FUMERO-Concejal Honorable Concejo Deliberante.

ART.3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que fuera necesaria para formalizar la venta autorizada.
ART.4º.- Los fondos derivados de la venta ingresarán al presupuesto vigente en la partida 2-3-01-01 VENTA DE HERRAMIENTAS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS.

ART.5º.- DE FORMA.-

FDO: ALEJANDRO D. GOLA-Presidente Honorable Concejo Deliberante, LILIANA M. CLARA-Vice 1 Presidente Honorable Concejo Deliberante, , MARGARITA ROSA POLI-Secretaria Honorable Concejo Deliberante, VERONICA MARIA DOTTO-Concejal Honorable Concejo Deliberante, MARCOS U. FUMERO-Concejal Honorable Concejo Deliberante.

1 día - Nº 249022 - s/c - 05/02/2020 - BOE

1 día - Nº 249024 - s/c - 05/02/2020 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/02/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/02/2020

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1436

Primera edición31/07/2018

Ultima edición28/05/2024

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