Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/12/2018 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

de hasta pesos un millón cien mil $ 1.100.000 con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el artículo 1º.
ARTÍCULO 3.- El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al MINISTERIO DE GOBIERNO DE CÓRDOBA, SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES E INSTITUCIONALES - FONDO DE
DESARROLLO URBANO, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1º y al mismo tiempo y ante 2
los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.
ARTÍCULO 4.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo: ALEJANDRO DANIEL GOLAPRESIDENTEZOELI BOSIO DONNET VICEPRESIDENTE I TERESITA BEATRIZ TOLOSA VICEPRESIDENTA 2- LUIS RAFAEL GALLARDO CONCEJAL ESTEFANIA
MARIA ZEMOCONCEJALVERONICA MARIA DOTTOCONCEJALGERMAN VILLAR SECRETARIA.1 día - Nº 188702 - s/c - 17/12/2018 - BOE

ORDENANZA N 057/2018
Carrilobo, Cba 6 de Noviembre de 2018
VISTO: Que es necesario realizar con urgencia una obra a los fines de encauzar correctamente el agua de lluvia, y teniendo en cuenta que es la calle José Manuel Estrada la que por la pendiente natural de la localidad funciona como desage pluvial, sumado a ello el hecho de que la misma forma parte de la circunvalación donde frecuentemente transitan vehículos de gran porte, Y CONSIDERANDO:
Que si bien están pendientes de realización obras de cordón cuneta previamente autorizadas por este Concejo Deliberante, la necesidad de realizar de forma inminente esta obra se encuentra justificada por las razones expuestas en los vistos, Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º AUTORICESE al DEM a realizar la ejecución de la obra CORDÓN CUNETA, en el área comprendida por las calles:
- JOSE MANUEL ESTRADA: entre calles San Martin y Semana Santa de 1987.- JOSE MANUEL ESTRADA: entre calles Semana Santa de 1987 y Av.
General Roca.-

AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 244
CORDOBA, R.A. LUNES 17 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

suelo según indican los niveles de planos de proyecto en cunetas.
CORDON CUNETA: ejecución de cordón cuneta moldeados in-situ de Hormigón Armado con Hormigón Tipo H21 y estructura de 1 varilla Hierro FE diam. 6 longitudinales, de 15 cm de espesor por 85 cm de ancho y cordón de 15 cm de alto.
Art. 3º APRUEBASE el proyecto de CORDON CUNETA confeccionado por el INGENIERO CIVIL HORACIO A. CARRION Mat.2919, el cual arroja un costo total de pesos setecientos cuatro mil trescientos cincuenta y ocho con 38/100 $704.358,38.
Art. 4º DECLARASE la obra de utilidad pública y de pago obligatorio, y ESTABLÉCESE que el monto total a que ascienden los trabajos descriptos serán pagados obligatoriamente por los propietarios de los inmuebles que por su ubicación se encuentran en la zona beneficiada por dichos trabajos bajo el régimen de contribución por mejoras. Estarán obligados al pago establecido precedentemente todos los inmuebles inclusive los de propiedad nacional y provincial incluyendo sin excepción toda clase de entidad o institución de cualquier índole que sea. Solo y exclusivamente la propiedad beneficiada por las obras responde al pago de esta contribución por tratarse de una mejora especial.
Art. 5º EL monto total de los trabajos necesarios para realizar la obra indicada en el art. 1 de la presente ordenanza serán pagados conforme se define en el art. 4 de la presente y a esos efectos se efectuará el siguiente sistema de prorrateo para formular las cuentas: El precio estará dado en función de los metros de frente de la propiedad por el valor fijado para la obra.
Art. 6º PARA todos los casos no previstos por esta ordenanza para el prorrateo de las cuentas y para aquellos en que la aplicación en ellas contenidas signifique una inequidad a criterio del DEM, queda éste facultado para su reglamentación y adecuación según corresponda, ad referéndum del Concejo Deliberante.
Art. 7º QUEDAN liberados del prorrateo todos los terrenos municipales destinados a servicios públicos y por ende exentos de pago, incluyendo las plazas, paseos públicos y todo espacio verde de dominio público municipal.
Art. 8º ADOPTASE como número de unidades de vivienda tributarias alcanzadas por la presente ordenanza, las que surgen del padrón oficial de esta Municipalidad en el sector establecido por el art.1. Art. 9º EL cobro de la contribución por mejoras que genera la obra será realizada por la Municipalidad de Carrilobo a los propietarios beneficiados por la misma.
Art.10º FIJASE el precio a abonar en la suma de 4,50 bolsas de cemento portland por metro cuadrado. Este precio incluye la incidencia de bocacalle. El precio del cemento será el vigente en plaza en los comercios locales del rubro al momento de emisión del certificado de deuda.

Art. 2º LAS obras y trabajos a ejecutar para cumplimentar el artículo anterior son:

Culminación de la obra de cordón cuneta con la realización de 1126,14
metros lineales de cordón cuneta, distribuidos en las calles mencionadas.
La obra incluye cruces de calle y badenes.
EJECUCIÓN DE SUBRASANTE: Rebaje, nivelación y compactado de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Se establecen las siguientes formas de pago:
A Pago de contado, en cuyo caso se efectuará una bonificación del diez por ciento 10% sobre el monto total.
B En seis 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con entrega de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/12/2018 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha17/12/2018

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1423

Primera edición31/07/2018

Ultima edición09/05/2024

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