Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXI - Nº 54
CORDOBA, R.A. MARTES 12 DE MARZO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

APROSS

tos que se trata.

Resolución N 49
Córdoba, 11 de marzo de 2024
VISTO: las Instituciones prestadoras Médicos Asistenciales, vinculadas contractualmente con la Administración Provincial del Seguro de Salud APROSS, bajo la modalidad por presupuesto, y CONSIDERANDO:
Que atento la necesidad de optimizar diversos aspectos operativos y de gestión de esta Administración respecto a la reasignación o redeterminación de presupuesto de dichas instituciones.
Que en ese sentido la máxima autoridad de esta Administración es su Directorio, el artículo 22 de la Ley Nº 9277 de creación de la Apross determina que, sobre las decisiones de este, cualquiera sea la forma en la que se consagren, deben adoptarse con la firma del Presidente y de al menos dos 2 de sus miembros, salvo expresa delegación del mismo.
Que conforme los términos de los instrumentos legales que vinculan a los prestadores con esta Administración, se prevé la redeterminación de precios para el cálculo de futuros ajustes presupuestarios.
Que el inciso q del artículo 26 de la citada Ley Nº 9277 autoriza al Directorio a delegar en alguno de sus miembros y/o en algunas de sus dependencias la responsabilidad sobre materias determinadas de administración, con plazo fijado para su ejercicio, contemplado asimismo en el artículo 3
de la Ley Nº 5350. TO Ley Nº 6658 y modificatorias por la Ley Nº 10618.
Que, con el objeto de aportar mayor celeridad a los trámites administrativos, atento principios procesales de eficacia que rigen a la Administración Pública, resulta menester en esta instancia delegar al Director General de Coordinación Operativa, la resolución de Redeterminación de presupues-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que, para consideración de los supuestos comprendidos en la presente delegación, las actuaciones deberán adjuntarse con informes técnicos, dictamen de Subdirección Asuntos Legales, de corresponder pronunciamiento de Sindicatura y proyecto del acto administrativo confeccionado por División Despacho, todo ello suscripto por los responsables de las áreas competentes.
Por ello, la normativa citada y lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N
9277;
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL
SEGURO DE SALUD R E S U E L V E:
Artículo 1.- DELEGASE en el Director General de Coordinación Operativa, Sr. Carlos María NOUZERET, DNI N 26.237.651, por el término de un 1 año, la facultad de resolver en representación de esta Administración, las solicitudes de redeterminación/reasignación presupuestaria formuladas por las Instituciones prestadoras Médicos Asistenciales, vinculadas contractualmente con la Administración Provincial del Seguro de Salud APROSS, bajo la modalidad por presupuesto.Artículo 2º.- INSTRUYASE a la Dirección General de Coordinación Operativa, Dirección General de Prestación Asistencial y Control de Gestión, Dirección de Administración, Subdirección Asuntos Legales y Sindicatura a efectos de implementar lo dispuesto precedentemente.Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y ARCHIVESE.FDO.: PABLO VENTURUZZI, PRESIDENTE - LUCILA PAUTASSO, VICEPRESIDENTE - SEBASTIAN GARCIA PETRINI, VOCAL

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha12/03/2024

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4141

Primera edición01/02/2006

Ultima edición16/05/2024

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