Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2021 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 77
CORDOBA, R.A. JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Públicos de la Provincia de Córdoba, para conformar un listado de profesionales que actuará, previo sorteo, en las Subastas Electrónicas de bienes no judicializados y/o de los bienes que el Tribunal Superior de Justicia autorice a realizar.
ARTICULO 2.- INVITAR al Colegio respectivo a dar difusión institucional de la citada convocatoria, a los profesionales matriculados que aspiren a integrar la lista y que reúnan los requisitos que se enunciaran posteriormente. Asimismo, se solicitará la colaboración de dicha Institución a fin de verificar los antecedentes y documentación de los postulantes para la conformación del listado pretendido.

2.- Designación del Martillero en cada caso: Conocida la decisión de realizar una subasta electrónica en el marco del presente acuerdo, la Oficina de Subastas dependiente del Área de Administración efectuará el sorteo electrónico entre los postulantes inscriptos. Se comunicará la designación al favorecido en el sorteo a la dirección electrónica constituida, quien deberá aceptar el cargo ante la Oficina de Subastas Electrónicas. A partir de ese momento, el Martillero designado asumirá todas las tareas propias para la oferta pública de los bienes a subastar publicidad, visitas, etc. El Martillero designado volverá a integrar el listado disponible luego de que se haya agotado las designaciones de la totalidad de los postulantes inscriptos.

ARTÍCULO 3.- APROBAR el reglamento para la conformación de la lista de Martilleros Corredores Públicos, para la realización en la plataforma de Subastas Electrónicas del Poder Judicial de bienes no judicializados y otros:

Asimismo, el Martillero deberá indicar horario para la atención al público durante el período de publicación de los bienes a subastar, informando también teléfonos, fax o cualquier otra vía de comunicación con la que cuente el postulante.

1.- Inscripción mediante la presentación de solicitud en la Oficina de Subastas Judiciales, acompañado del Documento de Identidad y del carnet que acredita la matriculación en el Colegio respectivo. La solicitud debe contener los siguientes datos: a Datos personales: nombre y apellido, nacionalidad, estado civil, documento de identidad, domicilio real y legal constituido dentro de la circunscripción para la que se postula al momento de la inscripción, y correo electrónico donde se realizarán válidamente todas las comunicaciones; b Título habilitante; c Inhabilitaciones: Declaración jurada de no estar incurso en causal de inhabilitación; d Declaración jurada de no registrar sanción firme en el desempeño de la actividad profesional. En caso contrario, indicará los autos y juzgados en donde se hubieran impuesto; e Declaración jurada de no tener proceso penal seguido en su contra. En caso contrario, debe indicar la causa penal, su estado y lugar de radicación; f Antecedentes profesionales: Los interesados deberán contar con un mínimo de cinco 5 años de antigedad en la matrícula, organizados profesionalmente para ello y en forma permanente; g Condición tributaria ante la AFIP; h Certificado de Antecedentes y/o Reincidencia; y i Cuotas y fianza al día en el Colegio Profesional, j certificado habilitante del Colegio Profesional.

3.- Actuación del Martillero: el Martillero designado será el encargado de realizar todas las gestiones pertinentes para la concreción del procedimiento de la subasta a su cargo hasta su finalización, ante la Administración General, ante los interesados y los adquirentes de los bienes subastados.

La inscripción se realizará a través del sitio web de Justicia Córdoba ante el Área de Servicios Judiciales dependiente de la Administración General, completando el formulario que a tales efectos se pondrá a disposición de los interesados.

Registro de Sanciones: La Oficina de Subastas Judiciales llevarán un legajo personal por cada profesional, donde se registren las observaciones y/o sanciones impuestas, y todo otro dato que se considere pertinente para evaluar el desenvolvimiento profesional.
ARTÍCULO 4.- COMUNÍQUESE al Área de Administración, a la Oficina de Subastas Judiciales y al Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, a fin de que tomen los recaudos para implementar lo dispuesto en el presente dispositivo.
ARTICULO 5.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia y dase la más amplia difusión. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

CAJA DE JUBILACIONES PENSIONES Y
RETIROS DE CÓRDOBA
Resolución N 22 - Letra:F
Córdoba, 6 de abril de 2021

Y CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Ley N 8024 T.O. Decreto N 407/2020 establece que los haberes de las prestaciones serán móviles en relación con las variacio-

VISTO: Que resulta necesario proceder a la aprobación de los índices de movilidad correspondientes a aquellos beneficios comprendidos en los sectores que han experimentado variaciones salariales, tanto ascendentes como descendentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley N 8024.

nes del nivel sectorial de las remuneraciones del personal en actividad.
Que el artículo 51, apartado a, del Decreto N 408/2020, reglamentario de la Ley N 8024 T.O. Decreto N 407/2020 dispone que la movilidad de cada sector o repartición será igual al aumento promedio de los salarios de los trabajadores activos de dicho sector o repartición. A tal fin, el instrumento que se defina una nueva escala salarial -decreto, resolución, acordada, convenio
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2021 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/04/2021

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4162

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/06/2024

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