Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2021 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 77
CORDOBA, R.A. JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO DOSCIENTOS OCHENTA - SERIE A
En la ciudad de Córdoba, a treinta días del mes de marzo del año dos mil veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con intervención de los Señores Fiscales Generales Adjuntos de la Provincia a cargo de la Fiscalía General Dres. José Antonio GOMEZ DEMMEL y Héctor René DAVID y con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 113 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, que prescribe: RECESO de los Tribunales. Períodos. Los Tribunales de la Provincia vacarán y durante los ocho días hábiles que fije el Tribunal Superior de Justicia, en concordancia con el receso escolar de invierno.
Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación resolvió aprobar el Calendario Escolar 2021, fijando el receso escolar invernal entre el 12 y el 26 de Julio de 2021
cfr. Resolución Ministerio de Educación Nº 560 del 01/12/2020 - BOE04/12/2020.

Que a la par, consultadas las Autoridades Ministeriales de que se trata en el último tiempo a propósito del calendario fijado, han expresado que no se prevé modificación alguna.
Atento a todo ello y en uso de las atribuciones conferidas, el Tribunal Superior de Justicia;

ESTABLECER como horario laboral el comprendido entre las 8:00 y las 14:00 horas, a excepción del personal obrero que laborará de 07:00 a 13:00 horas.
2. REQUERIR a las Delegaciones de la Administración General del Interior de la Provincia que comuniquen a la brevedad las festividades patronales que coincidan con los días fijados, a los fines de adecuar los recesos para dichos Centros Judiciales.
3. CONVOCAR al personal interesado a inscribirse en el listado de voluntarios a prestar servicios durante el receso, hasta el 30 de abril próximo.
4. DISPONER que el personal afectado a la Dirección General de Policía Judicial cumplirá funciones en el horario normal y habitual asignado por el titular del Ministerio Público y el Director de la citada Dirección.
5. COMUNÍQUESE a todos los Centros Judiciales, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial, a la Federación de Colegios de Abogados y a los Colegios de Abogados. Incorpórese en la página web del Poder Judicial y en el Portal de Aplicaciones y dese con asistencia de la Oficina de Comunicación amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la intervención de los Señores Fiscales Generales Adjuntos a cargo de la Fiscalía General de la Provincia y la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL

RESUELVE:

- DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL - LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL - M. DE LAS
MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI,
1. FIJAR el receso del mes de julio para los Tribunales de la Provincia desde el día 12 al 21 de julio - ambos inclusivede 2021.

VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL SEISCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO - SERIE A.
En la ciudad de Córdoba, a trece días del mes de abril del año dos mil veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con un listado de Martilleros que se encuentren Matriculados en el Colegio de Martilleros Corredores Públicos de
disponer la aplicación de la Plataforma de la Subasta Electrónica para la venta de determinados bienes en el ámbito del Sector Público, que sean susceptibles de ser ofrecidos en remate público, destacando la satisfactoria experiencia recogida desde su implementación de esa plataforma para los bienes judicializados.
Que para la venta en remate público, se requiere intervención de un profesional matriculado, cuya actividad se encuentra regulada por la Ley N 7191.
Por ello y lo dispuesto por los arts. 166 inc. 2º de la Constitución Provin-

la Provincia de Córdoba, conforme lo previsto por la Ley N 7191, para su actuación, en el marco de la utilización de la plataforma de subastas electrónicas de bienes no judicializados y/o los que por indicación del TSJ se disponga realizar a través de dicha plataforma.

cial y 12 inc. 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, el Tribunal Superior de Justicia:

Y CONSIDERANDO:
Que este Tribunal Superior de Justicia se encuentra facultado para
ARTÍCULO 1.- EFECTUAR la convocatoria pública a los Martilleros y Corredores Públicos, matriculados en el Colegio de Martilleros Corredores
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RESUELVE:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2021 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/04/2021

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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