Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/12/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 291
CORDOBA, R.A. JUEVES 24 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 125
Córdoba, 22 de diciembre de 2020
VISTO: Las Resoluciones N46/2020, N47/2020, N48/2020, N49/2020, N50/2020, N52/2020, N54/2020, N56/2020, N62/2020, N66/2020, N70/2020,N72/2020, N74/2020, N78/2020, N87/2020, N92/2020, N97/2020, N103/2020 y N111/2020 dictadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba y la difícil situación sanitaria en la que se encuentra el país como consecuencia del constante e ininterrumpido avance del virus coronavirus COVID-19, cuyas proyecciones no hacen sino prever que ha de continuar de igual manera.
Y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Federal, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N260/2020 ha ampliado la declaración de Emergencia Sanitaria, estableciendo una serie de medidas de acción, que resultan de aplicación en todo el territorio Nacional. En especial, ha dispuesto el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio medianteel Decreto Nº297/2020, el cual ha sido consecutivamente prorrogado y se ha extendido mediante Decreto Nº 1033/2020 hasta el día31de Enero de 2021, reiterando para la Provincia de Córdoba el mencionado decreto, el Distanciamiento SocialPreventivo y Obligatorio.
Que, en dicho contexto el Gobierno Provincial ha generado una serie de normativas en el ámbito local, siguiendo las medidas de acción adoptadas a nivel Federal, adhiriendo a la Emergencia Nacional mediante la Ley Nº 10.690
y en especial ha decretado el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria mediante el Decreto N156/2020, y en su consecuencia mediante el Decreto N157/2020, el Poder Ejecutivo, ha instruido a todas las jurisdicciones públicas provinciales para que actúen en forma coordinada con las autoridades sanitarias de la Provincia acatando las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, disponiendo entre otras cuestiones el receso administrativo mediante Decreto Nº195/2020, cuya vigencia ha sido prorrogada continuamente hasta el 31 de Enero de 2021-Decreto Nº 888/2020.
Que este Tribunal de Cuentas mediante las Resoluciones citadas en el Visto, y con el objeto de actuar conforme las decisiones adoptadas a nivel nacional y provincial en el marco de la emergencia sanitaria ha establecido una serie de medidas, y en especial resolvió la exclusión del control preventivo de aquellos actos administrativos que dispongan gastos dentro del marco de la emergencia sanitaria declarada y/o con el fin de cubrir necesidades hasta índice treinta 30, con el objetivo de poder dar una respuesta inmediata a la sociedad que se traduzca en un accionar eficaz y eficiente de este órgano de control externo.
Que, frente las circunstancias excepcionales que está atravesando el país como consecuencia de la irrupción del virus coronavirus COVID-19, las medidas de aislamiento y distanciamiento social revisten un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto social y sanitario de COVID-19, sin perjuicio de las disposiciones artículo IV de la Resolución N47/2020 de este Tribunal.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que, asimismo, resulta oportuno instrumentar el sistema de otorgamiento de licencia anual ordinaria a los agentes de este Organismo, en aras de un ordenado manejo de los recursos humanos y materiales con miras a la racionalización del gasto público, sin resentir la prestación de servicios.

Que además, el Gobierno Provincial, siguiendo los lineamientos de lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, decidió declarar asueto administrativo para toda la Administración Pública Provincial, los días 24 y 31 de diciembre de 2020, a fin de coadyuvar a la celebración de las festividades de fin de año.

Por ello, y las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley N 7630 y en acuerdo plenario;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
EN SESIÓN DE LA FECHA;
RESUELVE:
I.
EXTÍENDASE, la vigencia de lo dispuesto en el artículo I de la Resolución Nº 46/2020 desde el 21 de Diciembre hasta el día 31 de Enero de 2021, disposición que en su contenido manda excluir del control preventivo ciertos actos administrativos que dispongan gastos dentro del marco de la emergencia sanitaria declarada y/o con el fin de cubrir necesidades para paliar los efectos del impacto social de dicha situación.
II. PRORRÓGUESE, la vigencia de las ResolucionesN47/2020, N48/2020, N49/2020, N50/2020, N52/2020, N54/2020, N56/2020, N62/2020, N66/2020, N70/2020, N72/2020, N74/2020, N78/2020, N87/2020, N92/2020, N97/2020, N103/2020 y N 111/2020 dictadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba desde el 21 de Diciembre hasta el 31 de Enero de 2021, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional y Provincial y las medidas dispuestas a tal fin; sin perjuicio de lo dispuesto en el punto IV de la Resolución N47/2020 de este Tribunal.
III. DISPÓNESE el otorgamiento de las licencias anuales ordinarias al personal, conforme las normas que las regulan y teniendo presente lo establecido en el artículo precedente, las que deberán materializarse a partir de la fecha de la presente resolución, con excepción del personal que resulte necesario para el cumplimiento de las tareas consideradas indispensables.
IV. DECLÁRESE asueto administrativo en el ámbito del Tribunal de Cuentas, los días 24 y 31 de Diciembre de 2020.
V. PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.
FDO.: MARIA ANDREA ABRAMO, PRESIDENTA - LUCIANA A. SIGNORINI, SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN LEGAL - CARLOS MARTIN PEREYRA, PROSECRETARIO DE FISCALIZACIÓN LEGAL - JULIO CÉSAR OCHOA, VOCAL - DAVID
A. CONSALVI, VOCAL.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/12/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/12/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4164

Primera edición01/02/2006

Ultima edición24/06/2024

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