Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/02/2019 - 1º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 24
CORDOBA, R.A. LUNES 4 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º:DISPONGASE una SEPTIMAPRORROGA de un mes calendario para el SINCERAMIENTO LABORAL AUTOMATICO dispuesto por Res. 89/2017, Res. 425/2018, Res. 586/2018, Res. 716/2018, Res.
1045/2018, Res.1259/2018 y 1654/18; plazo que será contado desde el 1º al 28 de Febrerode 2019. El Sinceramiento se debe realizar por aplicativo destinado a ese fin, sin posibilidad de rectificativa, ingresando la información a la Base de Datos de la Provincia de Córdoba a modo de Declaración Jurada que realiza el empleador en un solo acto y con emisión de acuse de la transacción. Los datos objeto del Sinceramiento son los correspondientes al Empadronamiento, los datos de carga de domicilios y trabajadores, y las presentaciones de documentación laboral sujeta a rúbrica.
Artículo 2º:DISPONGASE un plazo de presentación de los acuses emitidos por el aplicativo destinado al Sinceramiento Laboral Automático de tres meses calendarios, que serán contados desde el 1º de Marzo hasta el 31
de Mayo del 2019. Una vez finalizado el período establecido en el art. 1º
de la presente normativa, el aplicativo habilitará un botón llamado ACUSE
SINCERAMIENTO El acuse es un reporte que detalla los movimientos/
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detalle de las rectificaciones realizadas por el empleador, más las justificaciones y descargos del mismo. Generado el Acuse no hay posibilidad de Rectificativa. A los fines de su presentación, los empleadores en opción digital deberán presentar los acuses en Bandeja Destinada a tal fin con firma digital; y los empleadores en opción papel deberán imprimir acuse y presentar en papel, con firma ológrafa, por duplicado, ante las Delegaciones, según su zona de rúbrica. La información generada por el empleador en el ACUSE del SINCERAMIENTO, es considerada una Declaración Jurada que emite el empleador.
Artículo 3º: RATIFIQUESE lo dispuesto por el art. 3º de la Res. 89/2017.Artículo 4º: PROTOCOLICESE y PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
FDO ELIZABETH BIANCHI DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES LABORALES HIGIENE SEGURIDAD E INSPECCIÓN DEL TRABAJO
Atención al Público:
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