Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 29 de noviembre de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLXII - Nº 224
CORDOBA, R.A., MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Convocan a concurso de antecedentes y oposición conveniente suprimir la Prueba Informática por cuanto el contenido de la misma ha sido objeto de evaluación a los agentes ya sea en la oportunidad de su ingreso al Poder Judicial o en ocasión de haber rendido y aprobado el examen informático en otros concursos, pero incluir al momento de realizar el Programa de Formación para el Desempeño como Personal de Conducción, un capítulo respecto del manejo de soluciones informáticas necesarias para el cumplimiento del cargo.
4.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N 588 Serie "A" del 13/03/2001, modificado por Acuerdos Reglamentarios N 696 Serie A de fecha 17/12/03, N 706 Serie A de fecha 16/03/04 y N 870 Serie A de fecha 13/03/07
corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, precisar la jerarquía del cargo a cubrir, la integración y funciones del Tribunal Examinador, lugar y horario de entrega de solicitudes y plazo de presentación y acreditación de los requisitos fijados, fechas para la recepción de las pruebas, pautas de corrección y evaluación de antecedentes y demás aspectos vinculados con el concurso.
Por ello, SE RESUELVE:
Artículo 1. LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar el orden de mérito de postulantes en condiciones de ser designados en cargos definitivos, interinos o suplentes de Prosecretarios Letrado para las Fiscalías de Instrucción para el Centro Judicial de la Capital pertenecientes a la Primera Circunscripción Judicial.
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio, tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban cubrirse.
Los llamamientos en cargos suplentes se efectuarán una vez provistos los correspondientes a cargos vacantes y de conformidad a las disponibilidades existentes. El cese de la sustitución en tal
del mes de junio del año dos mil once, con la Presidencia de la Señora Vocal Dra. Aída Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO
Armando Segundo ANDRUET h, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
VISTO: Que por Acuerdo Reglamentario Nº 1058 Serie A de fecha 07-06-2011 se estableció la individualización de los Tribunales y Asesorías del la Centro Judicial de la Capital y aquellos del interior de la Provincia especializados en materia de Niñez, Juventud y Violencia Familiar.Y CONSIDERANDO: Que en el instrumento reseñado en el visto del presente se omitió establecer la individualización de las Secretarías de los Juzgados mencionados, lo que torna indispensable dictar el pertinente acuerdo, adecuando la nominación de las mismas, como así también resulta conveniente suprimir la Mesa Única de Entradas de los Juzgados de Violencia familiar y poner en funcionamiento la de los Juzgados de Niñez, Juventud y Violencia Familiar del Centro Judicial Capital.Por ello y lo dispuesto por el art. 166 in. 2 de la Constitución Provincial, SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER la siguiente individualización de las Secretarías de los Juzgados de Niñez, Juventud y Violencia Familiar del Centro Judicial Capital y de aquellos del interior de la Provincia especializados, a saber:
Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de Segunda Nominación: Secretaría Nº 1, Secretaría Nº 2 y Secretaría Nº 9
Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de Tercera Nominación Secretaría Nº 3, Secretaría Nº 4 y Secretaría Nº 10
Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de Quinta Nominación Secretaría Nº 5, Secretaría Nº 6 y Secretaría Nº 11
Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de Octava Nominación Secretaría Nº 7, Secretaría Nº 8 y Secretaría Nº 12
Los Juzgados de Menores los Centros Judiciales de Río Cuarto y San Francisco, que cuentan con dos Secretarías, una de prevención y otra Correccional, se denominarán:
Juzgados de Niñez, Juventud y Violencia Familiar Secretaría Niñez, Juventud y Violencia Familiar y Secretaría
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Prosecretarios Letrado para las Fiscalías de Instrucción para el Centro Judicial de la Capital pertenecientes a la Primera Circunscripción Judicial.
Acuerdo Nº 670 - Serie A. En la ciudad de Córdoba,
a ocho días del mes de noviembre del año dos mil once, bajo la Presidencia de la Sra. Vocal Decana Dra. María Esther CAFURE
DE BATTISTELLI, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Armando Segundo ANDRUET h, María de las Mercedes BLANC G de ARABEL con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia Doctor Darío E. VEZZARO y la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Doctor Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de Prosecretarios Letrado para las Fiscalías de Instrucción para el Centro Judicial de la Capital pertenecientes a la Primera Circunscripción Judicial.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en función del rango del cargo aludido, la convocatoria deberá tomar en consideración sus características propias, la especificación de las aptitudes requeridas para cada rol, en orden a la conducción, organización y administración de los ámbitos de ejercicio funcional en su escenario sociocultural dimensión gerencial administrativa-comunitaria y las incumbencias funcionales del cargo dimensión técnico jurídica del rol; a la vez, todo ello, enmarcado en el contexto normativo general que regula los concursos de promoción en los niveles funcionales o de conducción en el área jurisdiccional.
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de promoción a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos, inherentes al rol.
3.- Se establecen modificaciones a las Pruebas de Oposición previstas en el artículo 7 del Acuerdo Reglamentario Nº 588 A, del 13/03/2001. Con fundamento en la autorización dispensada por el artículo 8, primer párrafo, in fine, del Acuerdo Reglamentario N
588 A, del 13/03/2001, en cuanto habilita a este Cuerpo, a propuesta de la Fiscalía General a suprimir otras evaluaciones sin alterar el puntaje total establecido En este orden se estima
Acuerdo Reglamentario Nº 1060 Serie A. En la ciudad de CÓRDOBA, a ocho días

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/11/2011

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4141

Primera edición01/02/2006

Ultima edición16/05/2024

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