Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MINISTERIO DE FINANZAS

MINISTERIO de AGRICULTURA, GANADERÍA y ALIMENTOS

RESOLUCION N 360
RESOLUCION N 522
Córdoba, 17 de noviembre de 2010.VISTO:El Expediente Nº 0436-058474/10, registro de este Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, en el que se tramitara la declaración de Emergencia y/o Desastre agropecuario mediante Decreto Nº 61/10.
Y CONSIDERANDO:
Que obra agregada copia del mencionado Decreto por el cual se declarara en Emergencia y/o Desastre agropecuario a zonas de la Provincia de Córdoba.
Que luce acompañada copia de la Resolución N
269/10, por la que se aprobaran, oportunamente, listados de Números de Cuenta Catastral correspondientes a los productores agropecuarios afectados en el marco del Decreto referenciado.
Que consta el informe del Área de Emergencia Agropecuaria de la Secretaría de Agricultura, del que surge un nuevo listado de productores que se presentaron en el plazo establecido por la convocatoria pero que no entraron en los listados correspondientes a la Resolución Nº 269/10 por no haber llegado a tiempo a esa área técnica desde las Agencias Zonales. Añade que hay tres productores que fueron excluidos de la Resolución Nº 269/10 por errores cometidos en el ingreso de datos, los que se incluyen en el listado cuya aprobación, ahora, se persigue. Finalmente y para evitar perjuicio a los productores que se presentaron en tiempo y forma, recomienda dictar nuevo instrumento legal complementaria del Decreto Nº 61/2010 aprobando los mencionados listados e incluyendo a los nominados para que puedan gozar de los beneficios previstos en el citado instrumento legal.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales opinando que se trata de un error de la Administración que es menester subsanar no existiendo objeción jurídica ni formal alguna que formular para que se proceda a incorporar los nuevos listados modificando los Anexos II y III de la Resolución Nº 269/10 por la que se aprobaran los listados de productores ganaderos y trigueros afectados por sequía en el marco del Decreto Nº 61/10.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 61/10, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 564/10;

RESOLUCION N 394

Córdoba, 12 de noviembre de 2010.-

Córdoba, 26 de noviembre de 2010.-

VISTO: El expediente Nº 0165-085999/2010 y sus agregados N 0165-085203/2010 y N 0165-086289/2010 en que la Secretaria General de la Gobernación propicia modificar el Presupuesto Gene ral en vigencia de la Administración Provincial.

VISTO: El expediente Nº 0034-068999/2010, por el que se gestiona el llamado a Licitación Nº 24/10, con el objeto de contratar un servicio de Impresión, Clasificación, Distribución y Rendición de Cedulones correspondiente a la Cuota 50 año 2011 de los Impuestos Inmobiliario Urbano y Rural y a la Propiedad Automotor, administrados por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que puede disponerse el mencionado llamado, aprobando los Pliegos de Especificaciones Técnicas, Condiciones Generales y de Condiciones Particulares.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 106 de la Ley Nº 7631, 13 de la Ley Nº 5901 T.O. Ley Nº 6300, en concordancia con lo previsto en el artículo 29 de la Ley Nº 9702, la Nota de Pedido Nº 2010/000156 realizada por el Área Contrataciones de este Ministerio y su informe de fs. 28 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico del mismo Ministerio al Nº 685/10, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:

Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario de diversos programas para contar con saldo suficiente para atender gastos de funcionamiento, publicidad oficial y para afrontar el aporte comprometido por el Gobierno de la Provincia con la Empresa Provincial de Energía Eléctrica, en el marco de los Acuerdos Nº 36, 37 y 6 celebrados en calidad de préstamo a largo plazo y ratificados por Decretos Nº 1324/10 y 1554/10.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 680/10, EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla que como Anexo I con tres 3 fojas útiles forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Artículo 1º AUTORIZAR el llamado a Licitación Nº 24/10, con el objeto de contratar un servicio de Impresión, Clasificación, Distribución y Rendición de Cedulones correspondiente a la Cuota 50 año 2011
de los Impuestos Inmobiliario Urbano y Rural y a la Propiedad Automotor, administrados por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2º APROBAR en todos sus términos los Pliegos de Especificaciones Técnicas, Condiciones Generales y Condiciones Particulares que regirán la Licitación autorizada por el Artículo anterior, los que como Anexos I, II y III con dieciséis 16, cuatro 4 y una 1 fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º: El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS
VEINTE MIL $ 2.520.000.- se imputará como Importe Futuro para el Ejercicio 2011.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS

RESOLUCION N 442 A/10

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

Córdoba, 15 de Octubre de 2010.-

RESUELVE
Artículo 1º: MODIFICAR los Anexos II y III de la Resolución N 269/10, incorporando en los mismos los listados de productores ganaderos y trigueros con afectación mayor al setenta por ciento 70% los que como Anexo I, con dos 2 fojas útiles y II, con una 1
foja útil, respectivamente, forman parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º: EL señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos y el señor Secretario de Agricultura podrán emitir certificaciones conforme el modelo aprobado oportunamente.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria, a la Dirección de Rentas Córdoba, demás que correspondan y archívese.
CARLOS MARIO GUTIERREZ
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA
A LIMENTOS

3

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 26 de enero de 2011

Y

VISTO: El Expediente Nº 0007-086611/2010 mediante el cual la Municipalidad de la ciudad de Córdoba, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO HIPOLITO IRIGOYEN, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4 y concordantes de la Ley Provincial N 9420 y Decreto Reglamentario N 1769
Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Departamento Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos 5, 9 y concordantes de la Ley Provincial N 9420, Decreto Reglamentario N 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652, EL DIRECTOR DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO HIPOLITO IRIGOYEN, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.DR. RUBEN OMAR DI FIORE
DIRECTOR DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha26/01/2011

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4157

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/06/2024

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