Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 121

Martes, 28 de mayo de 2019

Página 17188

IV. Administración Local Yecla 3299

Aprobación y puesta al cobro de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública del ejercicio 2019.

Por medio de la presente, se pone en conocimiento de los obligados al pago que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de mayo de 2019, ha sido aprobado el Padrón Fiscal de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública Vados del Ejercicio 2019.
Dicho padrón permanecerá expuesto al público en el departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento por plazo de un mes, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el B.O.R.M., donde podrá ser examinado por las personas interesadas.
Contra la inclusión en dicho padrón o contra las cuotas que en él aparecen, puede interponerse Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública, previo al Contencioso-Administrativo a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Anuncio de cobranza Los recibos se encontrarán al cobro en período voluntario durante los días hábiles comprendidos entre el 15 de mayo y el 31 de julio de 2019, ambos inclusive y en todo caso en el plazo de 2 meses mínimo desde la publicación del presente anuncio, pudiendo hacerse efectivos por los siguientes medios:
A través de las siguientes Entidades Colaboradoras en la Recaudación Municipal: Bankia, Banco Santander, BBVA, Banco Sabadell, Caixabank, Caja Rural Central, C.R. Albacete - Globalcaja, Ibercaja, Banco Popular y Cajamar.
En la propia Oficina de Recaudación Municipal en horario de atención al público.
En la oficina virtual del Ayuntamiento a través de la web municipal www.yecla.es.
Los recibos domiciliados se enviarán para su cobro a las entidades financieras el día 28 de mayo de 2019.
Transcurrido el período voluntario, los recibos impagados serán exigidos por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Yecla, 15 de mayo de 2019.El Alcalde, Marcos Ortuño Soto.

NPE: A-280519-3299

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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha27/05/2020

Nro. de páginas286

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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